TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de febrero de 2009 391388 PRODUCE Aprueban transferencia de activos a favor de los Gobiernos Regionales de Ancash, Apurímac, Lambayeque, Loreto y Piura DECRETO SUPREMO Nº 005-2009-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece en su primer párrafo que las transferencias de funciones, programas y organismos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes. Las transferencias de recursos serán aprobadas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el referido dispositivo legal dispuso que dichas transferencias alcanzarían a los Consejos Transitorios de Administración Regional, Ministerios, Organismos Públicos Descentralizados, Proyectos Especiales y demás organismos y programas que desarrollan actividades y prestan servicios en el ámbito de las regiones y municipalidades. El ordenamiento y saneamiento de los activos, pasivos y patrimonio estará a cargo del respectivo gobierno regional en su oportunidad, para lo cual la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales brindará el apoyo correspondiente; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 175-2006- PRODUCE, se declaró que los Gobiernos Regionales de Apurímac, Lambayeque, Loreto y Piura, entre otros, concluyeron el proceso de transferencia de 8 funciones sectoriales en materia pesquera y 7 en materia de industria; y, mediante la Resolución Ministerial Nº 213- 2006-PRODUCE, se declaró que el Gobierno Regional de Ancash, entre otros, concluyó en su totalidad el proceso de transferencia de 8 funciones sectoriales en materia pesquera y 7 en materia de industria; Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2007-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, considerándose en calidad de Anexo, en lo que corresponde al Ministerio de la Producción, la transferencia de doce (12) Desembarcaderos Pesqueros Artesanales, seis (06) Centros de Acuicultura y otros activos incluidos en el Plan de Transferencia Sectorial 2007, a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 088-2007- PRODUCE, se aprobó el Plan de Transferencia Sectorial 2007, modifi cado mediante Resolución Ministerial Nº 315- 2008-PRODUCE; estableciéndose en el Anexo Nº 4.3 del mismo, la relación de diecisiete (17) activos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones sectoriales transferidas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 175 y 213-2006-PRODUCE; Que, respecto a los activos comprendidos en el anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, han sido suscritas las Actas de Entrega y Recepción por parte del Viceministro de Pesquería por delegación del Ministro de la Producción, mediante Resolución Ministerial Nº 379-2007-PRODUCE y los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Ancash, Apurímac, Lambayeque, Loreto y Piura; y, en los casos de los activos: Linderos del Complejo Pesquero de Paita “C” (Nº 03), C.P.P.A.R Santa Rosa, Lote Nº 02, Sector 3 y C.P.P.A.R Santa Rosa, Lote Nº 03, Sector 4 y 5, de propiedad de FONDEPES, las Actas de Entrega y Recepción cuentan adicionalmente con la suscripción del Presidente del Consejo Directivo de dicha entidad. Que, mediante el Decreto Supremo N° 083-2008- PCM, se dispuso que los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales, involucrados en el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos programados en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, realicen máximo hasta el 31 de diciembre de 2009, las acciones para culminar dichas transferencias, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las Directivas específi cas emitidas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus normas modifi catorias y complementarias, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación de transferencia de activos Aprobar la transferencia de diez (10) activos vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones sectoriales transferidas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 175 y 213-2006- PRODUCE, a favor de los Gobiernos Regionales de Ancash, Apurímac, Lambayeque, Loreto y Piura, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción ANEXO GOBIERNOS REGIONALES QUE RECIBEN LOS ACTIVOS DEL SECTOR PRODUCCION Gobiernos Regionales Tipo de Activo Denominación del Activo Valor del Activo (*) Ancash Terreno y Edifi cación Terreno - Av. Víctor Raúl Haya de la Torre Nº 347, Distrito Chimbote, Provincia Santa. S/. 263 888.66 (1) Terreno y Edifi cación Terreno - Malecón Grau 444, Distrito Chimbote, Provincia Santa. S/. 90 095.88 (1) Apurímac Terreno y Edifi cación Inmueble con área construida - Malecón Grau S/N Distrito y Provincia de Andahuaylas. US$ 24 864.00 (2) Frigorífi co Zonal Frigorífi co Pesquero Zonal de Abancay, Sub Dirección Regional de Pesquería - Recursos Naturales Medio Ambiente - Intersección de las Esquinas Jr. Wiracocha, Cahuide y Lloque Yupanqui de la Urbanización Patibamba; Distrito y Provincia Abancay. S/. 218 147.07 (3) Lambayeque Terreno y Edifi cación C.P.P.A.R. Santa Rosa Lote N° 2, Sector 3, - Calle Pachacútec S/N, Distrito Santa Rosa, Provincia Chiclayo. S/. 76 142.34 S/. 2 504 741.41 (4) (5) Terreno y Edifi cación C.P.P.A.R. Santa Rosa Lote N° 3, Sector 4 y 5 - Calle Los Pinos S/N, Distrito Santa Rosa, Provincia Chiclayo. S/. 220 687.06 (4) Loreto Terreno y Edifi cación Terreno y Edifi caciones - Calle Ramírez Hurtado Nº 645; Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas. S/. 1 076 600.44 (1) Piura Módulo de Manipuleo Módulo de Manipuleo La Tortuga - Caleta La Tortuga; Distrito Vice, Provincia Sechura. S/.18 600.00 (6) Módulo de Manipuleo Módulo de Manipuleo Constante - La Caleta Constante; Distrito Vice, Provincia Sechura. S/. 22 600.00 (6) Terreno y Edifi cación Linderos del Complejo Pesquero de Paita “C” (N° 03), ubicado en el Distrito y Provincia de Paita. S/. 28 060.88 (4)