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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de febrero de 2009 391395 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 919-2008- VIVIENDA de fecha 31 de diciembre de 2008, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2009 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se aprueban por Resolución Ministerial del titular del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las transferencias fi nancieras para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS, SENCICO, SEDAPAL y BANMAT; Que, con fecha 23 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional Pasco y la Municipalidad Distrital de Chacayan, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco (en adelante el Convenio Específi co) con el objeto de fi nanciar, entre otros, la ejecución del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Desagüe de los Barrios Asunción y San Pedro de Chango - Chacayan”, con Código SNIP Nº 37678; asimismo, se establece que la vigencia del Convenio Específi co es hasta la liquidación, transferencia y recepción de la obras del Proyecto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 300-2007- VIVIENDA de fecha 20 de Julio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 621 673,00 (Seiscientos Veintiún Mil Seiscientos Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional Pasco, para fi nanciar, entre otros, la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 37678; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial estableció que la transferencia fi nanciera se realizaría con cargo al Presupuesto del ejercicio fi scal 2007 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; Que, con fecha 18 de marzo de 2008, se suscribió la Addenda al Convenio Específi co, por el cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con Código SNIP Nº 37678, hasta por el monto de S/. 86 000,00 (Ochenta y Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles); por Resolución Ministerial Nº 177-2008-VIVIENDA de fecha 19 de mayo de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional Pasco, hasta por la suma antes mencionada, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del citado Proyecto; Que, posteriormente con Resolución Ministerial Nº 401- 2008-VIVIENDA de fecha 30 de julio de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 593 508,94 (Quinientos Noventa y Tres Mil Quinientos Ocho y 94/100 Nuevos Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional Pasco, para continuar con el fi nanciamiento, entre otros, del Proyecto con Código SNIP Nº 37678; Que, mediante el Informe Técnico Nº 018-2009/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 04 de febrero de 2009, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional Pasco, hasta por la suma de S/. 214 081,56 (Doscientos Catorce Mil Ochenta y Uno y 56/100 Nuevos Soles) para fi nanciar la culminación de la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 37678, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, del año fi scal 2009; asimismo, informa que los desembolsos de la transferencia fi nanciera aprobada por la Resolución Ministerial Nº 300-2007-VIVIENDA, por la suma de S/. 621 673,00 (Seiscientos Veintiún Mil Seiscientos Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), no se efectuaron dentro del ejercicio presupuestario 2007 por razones de orden administrativo, por lo que recomienda se deje sin efecto la citada Resolución Ministerial en el extremo correspondiente al proyecto con Código SNIP Nº 37678; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional Pasco, hasta por el monto de S/. 214 081,56 (Doscientos Catorce Mil Ochenta y Uno y 56/100 Nuevos Soles), así como dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 300-2007- VIVIENDA, en el extremo correspondiente al proyecto con Código SNIP Nº 37678; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor del Gobierno Regional Pasco, hasta por la suma de Doscientos Catorce Mil Ochenta y Uno y 56/100 Nuevos Soles (S/. 214 081,56), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Desagüe de los Barrios Asunción y San Pedro de Chango - Chacayan”, con Código SNIP Nº 37678, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del citado Proyecto, el cual se ejecuta bajo la modalidad de Administración Indirecta, por lo que el Gobierno Regional Pasco queda prohibido de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2009 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los desembolsos de los recursos de la transferencia financiera aprobada por la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que el Gobierno Regional de Pasco presente al Programa Agua Para Todos, las valorizaciones e informes del avance de ejecución de obras, según corresponda. El cronograma de desembolsos establecidos en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, quien por parte del Ministerio queda autorizado para la modifi cación del citado cronograma. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 23 de julio de 2007 y Addenda suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional Pasco y la Municipalidad Distrital de Chacayan, para la ejecución del Proyecto. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 300-2007-VIVIENDA de fecha 20 de julio de 2007, en el extremo de la transferencia fi nanciera correspondiente al proyecto con Código SNIP Nº 37678, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 6º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución,