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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (24/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de febrero de 2009 391383 pública del ámbito nacional. La aplicación de las pruebas y su califi cación es responsabilidad de los docentes del área de Comunicación de 2do, 3er y 4to grados de Educación Secundaria. 6.31. Los resultados de las evaluaciones, consignados en los registros de logros, servirán como insumos para la primera fase del Concurso de Comprensión Lectora. VII. DISPOSICIONES FINALES 7.1 Los órganos competentes del Ministerio de Educación y las instancias de gestión educativa descentralizadas, en sus respectivos ámbitos, adoptarán las medidas pertinentes y necesarias para la adecuada aplicación de las acciones de implementación de la Movilización Nacional por la Comprensión Lectora y la aplicación de los módulos de comprensión lectora en todas las instituciones educativas de Educación Secundaria. San Borja, 19 de febrero de 2009. 315834-1 Aprueban “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0045-2009-ED Lima, 23 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del artículo 13° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, sobre la calidad de la educación, establece como uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad, la inversión mínima por alumno que comprenda la atención de salud, alimentación y provisión de materiales educativos; Que, conforme a lo dispuesto en los incisos k) y m) del artículo 30° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias, son funciones de la Dirección General de Educación Básica Regular, proponer una política de textos y material educativo coherente con las necesidades de cada uno de los niveles y en un marco de descentralización; asimismo, regular los procesos de diseño, producción, distribución y uso de los materiales educativos asegurando su coherencia y concordancia con la articulación entre los niveles educativos; Que, el inciso d) del artículo 31º del citado Reglamento, establece dentro de las funciones que le corresponde a la Dirección de Educación Inicial, la de orientar, monitorear y evaluar los procesos de adecuación, diversifi cación, implementación y evaluación curricular, así como la producción, adquisición, uso y distribución de materiales educativos para el nivel; Que, el inciso c) del artículo 32º del Reglamento mencionado, establece entre otras funciones de la Dirección de Educación Primaria, la de orientar, monitorear y evaluar los procesos de adecuación, diversifi cación, implementación y evaluación curricular, la adquisición, producción, uso y distribución de materiales educativos, así como la producción a nivel nacional; Que, el inciso d) del artículo 33º del citado Reglamento, establece como de las funciones que le corresponde a la Dirección de Educación Secundaria, la de normar, orientar, monitorear y evaluar los procesos de adecuación, diversifi cación, implementación y evaluación curricular, así como la producción, adquisición, uso y distribución de materiales educativos para el nivel; Que, en tal sentido, las Direcciones de Inicial, Primaria y Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, de manera conjunta, elaboraron el Informe Nº 020-2009-DEI/DEP/DES, mediante el cual remiten las “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular”, integrándose a los tres niveles educativos de la Dirección General de Educación Básica Regular, lo que permitirá asegurar la oportuna distribución de los referidos materiales; Que, en virtud de ello, resulta necesario aprobar las “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular”; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25762, modifi cado por la Ley N° 26510 y en Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular”, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que la Dirección General de Educación Básica Regular dicte las normas complementarias que se consideren necesarias para la adecuada aplicación de las normas aprobadas en el artículo precedente. Artículo 3°.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación para que en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local supervisen y monitoreen el cumplimiento de las normas aprobadas en la presente Resolución. Artículo 4°.- Dejar sin efecto todas las disposiciones normativas que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación NORMAS PARA LA DISTRIBUCIÓN, RECEPCIÓN, CONSERVACIÓN Y SEGURIDAD DE MATERIALES EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR 1. FINALIDAD Proporcionar lineamientos para el proceso de distribución, recepción, conservación y seguridad de los Materiales Educativos de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria que son distribuidos gratuitamente desde el Ministerio de Educación a través de las UGEL, a fi n de asegurar su adecuada y oportuna recepción por las Instituciones Educativas Públicas, Programas No Escolarizados y Centros de Recursos para el Aprendizaje (CRAE) de Educación Básica Regular a nivel nacional. 2. OBJETIVO Brindar las orientaciones necesarias que garanticen una adecuada y oportuna distribución del Material Educativo de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, a las Instituciones Educativas Públicas, Programas No Escolarizados y Centros de Recursos para el Aprendizaje (CRAE), de Educación Básica Regular a nivel nacional. 3. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú; • Ley Nº 28044. Ley General de Educación; • Ley Nº 27783. Ley de Bases de la Descentralización; • Ley Nº 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; • Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y sus modifi catorias; • Decreto Supremo Nº 013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular; • Decreto Supremo Nº 009-2005-ED. Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; • Decreto Supremo Nº 006-2006-ED. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modifi catorias; • Resolución Ministerial Nº 0440-2008-ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular; • Resolución Ministerial Nº 0401-2008-ED. Normas y Procedimientos para la Gestión del Banco del Libro para de Educación Básica Regular; • Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG. Normas de Control Interno; 4. ALCANCES: a) Ministerio de Educación-Sede Central: • Dirección General de Educación Básica Regular- DIGEBR.