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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2009 (01/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de julio de 2009 398356 designación en cargos de confi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente; Que, resulta necesario designar al titular que desempeñe el cargo de confi anza de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, en la Plaza 028, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 0027- 2009/DP, como con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), aprobado por la Resolución Administrativa Nº 0035-2006/DP y sus modifi catorias aprobadas mediante las resoluciones administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 0014-2007/DP, Nº 0030-2007/DP, Nº 0036-2007/DP , Nº 012-2008/DP, Nº 031-2008/DP y Nº 050-2008/DP, Nº 065- 2008/DP, Nº 0036-2009/DP y Nº 0042-2009/DP; Que, asimismo, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, a través de los memorandos Nº 405 y 406-2009-DP/OPPRE señala que la referida acción de personal se encuentra presupuestada, por lo que es procedente designar a su titular; Que, por otro lado, el artículo 7º de la Ley Nº 26520 establece que la Defensora del Pueblo estará auxiliada por Adjuntos que la representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le confi ere, quienes serán seleccionados mediante concurso público, según las disposiciones que señale el reglamento que se apruebe para este fi n; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 0018- 2009/DP se encargó a la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde, la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia, a partir del 1º de mayo del 2009 y hasta la designación de su titular; Que, en consecuencia, es necesario dar por concluida la encargatura de la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia a la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán- Zegarra de Belaúnde y encargar a la abogada Mayda Alejandrina Ramos Ballón las funciones de titular de la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia, correspondiente a la Plaza 255, con Nivel y Categoría D8, a partir del 1º de julio del 2009 y hasta la designación de su titular mediante concurso público; Que, el literal e) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP, modifi cada por la Resolución Administrativa Nº 025-2007/DP, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Así también, dispone que la aprobación del encargo corresponde a la Titular del pliego en caso de ausencia o vacancia del titular del cargo para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva de los niveles D7 y D8, quedando a criterio de la Defensora del Pueblo otorgar las remuneraciones y condiciones inherentes al cargo sólo mientras dure el encargo temporal, sin que ello genere derecho adquirido respecto a ese nivel remunerativo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 029-2008/ DP, modifi cado mediante la Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP; con el literal a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; con el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; con el literal b) del numeral 8.1 y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; con el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR y con el literal e) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP, modifi cada por la Resolución Administrativa Nº 025-2007/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la abogada Mayda Alejandrina RAMOS BALLÓN, en el cargo de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, Plaza 028, a partir del 1º de julio del 2009. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia a la abogada Luisa Nelly Eugenia FERNÁN-ZEGARRA DE BELAÚNDE, la que será efectiva a partir del 1º de julio del 2009, dándole las gracias por su importante desempeño en las funciones encomendadas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la abogada Mayda Alejandrina RAMOS BALLÓN las funciones de Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, a partir del 1º de julio del 2009 y hasta la designación de su titular mediante concurso público. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 366733-1 Designan Jefa de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0030-2009/DP Lima, 30 de junio de 2009 VISTO: El Memorando Nº 661-2009-DP/OGRH, que adjunta los memorandos Nºs. 268 y 243-2009-DP/PAD y Nº 351-2009-DP/OPPRE, mediante el cual se solicita la elaboración de la resolución que designe a la Jefa de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones, modifi cado por la Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que son trabajadores de confi anza aquellos que laboran con el empleador o con el personal de dirección, y cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección; Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que se considera empleado de confi anza a aquél que forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente, desempeñando un cargo técnico o político, distinto al de funcionario público; Que, el literal b) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, señala que está permitida la designación en cargos de confi anza, conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 0028-2009/ DP se aceptó la renuncia de la abogada Yolanda Carolina Falcón Lizaraso al actualmente denominado cargo de Jefa de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, en la actual Plaza 273, a partir del 1º de julio del 2009; Que, por convenir al servicio, es necesario designar a la licenciada Nora María Loredo de Ízcue en el cargo de Jefa de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, en la Plaza 273, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Defensoría del Pueblo, aprobado