Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2009 (05/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de julio de 2009 398649 Club de París, aprobada por Decreto Supremo Nº 092-2007- EF y sus modifi catorias, la República del Perú efectuará el prepago a la par de parte de las obligaciones pendientes con Italia y Francia, en los términos y condiciones establecidos en dicha Minuta; Que, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 2° del acotado Decreto Supremo y sus modifi catorias, la República del Perú efectuará una emisión externa de bonos destinada a fi nanciar tales prepagos, entre otros fi nes; Que, el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 092- 2007-EF y sus modifi catorias dispone que el Prospecto Suplementario, los contratos y documentos que se deriven de la operación de administración de deuda pública a que se refi ere dicha norma, serán aprobados por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, de otro lado, mediante el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 065-2009-EF, se aprobó una emisión externa de bonos hasta por US$ 2 000 000 000,00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) destinada a reembolsar al Tesoro Público los apoyos prestados en virtud a los Decretos de Urgencia N° 031- 2007 y N° 010-2008, entre otros fi nes; Que, el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 065-2009- EF dispuso que el Prospecto Suplementario, los contratos y documentos que se deriven de la emisión externa de bonos antes mencionada, entre otros, serán aprobados por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, conforme al Decreto Supremo N° 150-2009-EF, UBS Securities LLC y JP Morgan Securities Inc. son los Asesores Financieros y Colocadores de la emisión externa de bonos destinada a fi nanciar los prepagos a Italia y Francia, así como la devolución de los apoyos prestados por el Tesoro Público antes citados; Que, en tal sentido, para la implementación de la emisión externa de bonos indicada en los considerandos precedentes, se requiere aprobar el texto del contrato denominado “Underwriting Agreement” a ser suscrito con UBS Securities LLC y JP Morgan Securities Inc., así como el Prospecto Suplementario; De conformidad con lo dispuesto por Decreto Supremo N° 092-2007-EF y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 065-2009-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el texto del contrato denominado “Underwriting Agreement” a ser suscrito con UBS Securities LLC y JP Morgan Securities Inc., así como el texto del Prospecto Suplementario, para la implementación de la emisión externa de bonos indicada en la parte considerativa de esta norma legal. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 368578-2 Aprueban acuerdos bilaterales a ser suscritos por el Perú, con SACE S.p.A., y con Francia a efectos de formalizar los términos del prepago con dichos acreedores en el marco del D.S. Nº 092- 2007-EF y sus modificatorias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 311-2009-EF Lima, 3 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 058-2007-EF, se aprobó una operación de administración de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la República del Perú en el Club de París, habiéndose suscrito la respectiva Minuta con fecha 23 de mayo de 2007; Que, a través del Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y sus modifi catorias, se aprobó la Minuta antes mencionada y se dispuso que los acuerdos bilaterales que se requieran para la implementación de dicha Minuta, se aprueban por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, en el marco de la referida Minuta, SACE S.p.A., ha aceptado el citado prepago, cuyos términos serán formalizados en un acuerdo bilateral a ser suscrito con dicho acreedor; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el acuerdo bilateral a ser suscrito por la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, con SACE S.p.A., a efectos de formalizar los términos del prepago con dicho acreedor, en el marco del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y sus modifi catorias, por los montos de EUR 51 394 958,07 (CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 07/100 EUROS) y US$ 123 332 174,57 (CIENTO VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 57/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 368578-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 312-2009-EF Lima, 3 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 058-2007-EF, se aprobó una operación de administración de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la República del Perú en el Club de París, habiéndose suscrito la respectiva Minuta con fecha 23 de mayo de 2007; Que, a través del Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y sus modifi catorias, se aprobó la Minuta antes mencionada y se dispuso que los acuerdos bilaterales que se requieran para la implementación de dicha Minuta, se aprueban por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, en el marco de la referida Minuta, la República de Francia, ha aceptado el citado prepago, cuyos términos serán formalizados en un acuerdo bilateral a ser suscrito con dicho acreedor; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el acuerdo bilateral a ser suscrito por la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, con la República de Francia, a efectos de formalizar los términos del prepago con dicho acreedor, en el marco del Decreto Supremo Nº 092- 2007-EF y sus modifi catorias, por los montos de EUR 466 498 093,83 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y TRES Y 83/100 EUROS) y US$ 125 143,43 (CIENTO VEINTICINCO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES Y 43/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 368578-4