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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de julio de 2009 398633 ECONOMIA Y FINANZAS Designan Director Ejecutivo del FONAFE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2009-EF Lima, 4 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2007-EF, se designó a don Martín Alfonso Sifuentes Palacios como Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), empresa del Estado con potestades públicas, regida por el Decreto Legislativo Nº 1031 y sus normas complementarias; Que, es conveniente dar por concluida la referida designación y encargar transitoriamente dicho cargo hasta la designación de su titular; Que, el literal 73.1 del artículo 73º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el desempeño de los cargos de los titulares de los órganos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justifi cada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquéllos; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, dispone que su Director Ejecutivo es nombrado mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27444, 27594, 29158, 27170, el Decreto Legislativo Nº 1031, y el Decreto Supremo Nº 072-2000-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Martín Alfonso Sifuentes Palacios al cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, de manera interina, al señor Daniel Eduardo Vásquez Zambrano, Gerente de Administración y Finanzas del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), en el cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE). Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 368576-6 ENERGIA Y MINAS Prorrogan plazo establecido en el D.S. N° 034-2007-EM para la suspensión de admisión de petitorios mineros en área comprendida entre las coordenadas UTM - zona 19 DECRETO SUPREMO N° 054-2009-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 034-2007-EM, publicado el 4 de julio de 2007, se aprobó el Plan de Acción dirigido a lograr la Recuperación de la Cuenca Río Ramis propuesto por la Comisión Multisectorial constituida por Resolución Ministerial N° 374-2006-PCM, el cual contiene la descripción de las acciones a corto y mediano plazo necesarias para lograr su objetivo; Que, considerando la gravedad de la situación originada por las actividades de minería informal, mediante el artículo 6° de la norma citada, se suspendió la admisión de petitorios mineros en la zona en tanto se implementa el plan de acción antes mencionado, durante el plazo de dos (2) años contados a partir de su vigencia, en el área comprendida entre las siguientes coordenadas UTM-zona 19: VÉRTICE ESTE NORTE 1 470 000 8370 000 2 416 000 8370 000 3 416 000 8403 000 4 430 000 8403 000 5 430 000 8399 000 6 446 000 8399 000 7 446 000 8388 000 8 470 000 8388 000 Que, a la fecha no se ha culminado las acciones a corto y mediano plazo descritas en el Plan de Acción dirigido a lograr la Recuperación de la Cuenca Río Ramis por lo que es necesario extender el plazo de suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área comprendida entre las coordenadas UTM – zona 19 señaladas en el considerando anterior; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- Prórroga de plazo Prorrogar, en dos (2) años adicionales, el plazo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 034- 2007-EM para la suspensión de admisión de petitorios mineros en el área comprendida entre las siguientes coordenadas UTM – zona 19: VÉRTICE ESTE NORTE 1 470 000 8370 000 2 416 000 8370 000 3 416 000 8403 000 4 430 000 8403 000 5 430 000 8399 000 6 446 000 8399 000 7 446 000 8388 000 8 470 000 8388 000 Artículo 2º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 368576-3 INTERIOR Designan representante de la DIGEMIN ante el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de evaluar la Cuenta Satélite de Turismo del Perú del Año 2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0448-2009-IN/1601 Lima, 2 de julio de 2009