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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2009 (08/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de julio de 2009 398778 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 030-2009-GPP/MDSMP de fecha 19 de marzo del 2009, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre aplicación del procedimiento administrativo de Independización de Terrenos Rústicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 021-2007- MDSMP de fecha 31 de diciembre de 2007, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Ordenanza Nº 114-MDSMP, publicado el 20 de marzo de 2005, se adecúo a la Ley del Silencio Administrativo – Ley Nº 29060, en donde se obvio adecuar y considerar el procedimiento administrativo de Independización de Terrenos Rústicos, situación que también se mantuvo en la adecuación de dicho instrumento de gestión al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, a la fecha existe una signifi cativa cantidad de pedidos vinculados al procedimiento administrativo de Independización de Terrenos Rústicos, siendo este último necesario incluir en el TUPA adecuado por los actos precisados en el párrafo precedente, para atender adecuadamente tales requerimientos; Que, de acuerdo a lo preceptuado en el Decreto Supremo Nº 169-2008-EF, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2009, asciende a S/. 3,550.00 (Tres Mil Quinientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), al cual se adecuará los derechos que corresponden al procedimiento administrativo de Independización de Terrenos Rústicos; Que, con Informe N° 340-2009-GAJ/MDSMP de fecha 13 de marzo del 2009, la Gerencia de Asesoría Jurídica precisa que el procedimiento administrativo de Independización de Terrenos Rústicos mantiene su vigencia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6) del artículos 20, y 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, así como en el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la aplicación del procedimiento administrativo de Independización de Terrenos Rústicos, previsto en la Ordenanza Nº 114- MDSMP, en función al Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- INCLUIR el procedimiento administrativo indicado en el artículo primero del presente Decreto, dentro de los alcances del Decreto de Alcaldía Nº 001-2009-MDSMP. Artículo Tercero.- ENCARGAR el estricto cumplimiento del presente Decreto a las áreas administrativas de la Entidad que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 369587-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI Autorizan viaje de alcalde a España para participar en la V Edición de Escuela de Gobierno y Políticas Públicas ACUERDO DE CONCEJO N° 071-2009-MPHi Huari, 25 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI – ANCASH POR CUANTO: El Concejo Municipal de Huari, en su Décima Segunda Sesión Ordinaria de fecha 24 de junio del 2009 trató y aprobó el Segundo Pedido del señor Alcalde Provincial de Huari, CPC Edwards Delfio Vizcarra Zorrilla, autorizar su viaje a España - Madrid con el objeto de participar a la V Edición – Escuela de Gobierno y Políticas Públicas, Organizado por la Fundación Internacional Iberoamericana de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP). Los Gastos de Pasajes y estadía serán cubiertos con fondos de la Municipalidad Provincial de Huari; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, determina que las municipalidades conforme a ley, son los órganos de gobierno local, que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades Provinciales o Distritales asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas en materia de educación, deporte y recreación; Que, la fundación Internacional Iberoamericana de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP) invita al señor Alcalde Provincial de Huari – Ancash, CPC EDWARDS DELFIO VIZCARRA ZORRILLA a la V Edición de Escuela de Gobierno y Políticas Públicas, a desarrollarse del 06 al 19 de Julio del 2009 en Madrid – España. Y que, siendo el evento a desarrollarse para los intereses y desarrollo de la Gestión y Administración, específi camente en el aspecto fi nanciero para el Gobierno Provincial de Huari. Los gastos de pasajes y estadía asume la Municipalidad Provincial de Huari, por Comisión Ofi cial del señor Alcalde Provincial de Huari; Que, los incisos 11) y 26) del Artículo 9º de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, determina como una atribución del Concejo Municipal aprobar autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realice el Alcalde; a fin de efectuar la celebración de Convenios de Cooperación Nacional e Internacional y Convenios Interinstitucionales y suscribir el Convenio y su participación en eventos; De conformidad con lo establecido en el inciso 26) del Artículo 9º, y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 3) del Artículo 20º de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la aprobación unánime de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde Provincial de Huari, Bachiller EDWARDS DELFIO VIZCARRA ZORRILLA, el viaje a Madrid - España del 05 al 19 de Julio del año 2009, con el objeto de participar en la V Edición de Escuela de Gobierno y Políticas Públicas a desarrollarse en Madrid - España. Artículo Segundo.- AUTORIZAR los gastos de Pasajes y Estadía del Alcalde con fondos de la Municipalidad Provincial de Huari, por ser gastos ofi ciales de representación. Artículo Tercero.- ENCARGAR la Alcaldía al señor Teniente Alcalde, Dr. Herberth Franco Solís Alcade y las acciones Administrativas al Gerente Municipal, mientras dure la Comisión del señor Alcalde Provincial, conforme la norma establecida, con este objeto. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. EDWARDS D. VIZCARRA ZORRILLA Alcalde 369136-1