Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2009 (08/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de junio de 2009

MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario de Ia Comision Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Junin. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNOZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 357462-10

Imponen medida disciplinaria de destitucion a Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA N° 165-2008-LAMBAYEQUE MORDAZA, doce de marzo de dos mil nueve. VISTA: La Investigacion ODICMA numero ciento sesenta y cinco guion dos mil ocho guion MORDAZA seguida contra la senora MORDAZA Milagritos MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA, Distrito Judicial de Lambayeque; de conformidad con la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, obrante de fojas ciento cinco a ciento once; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura contra la senora MORDAZA Milagritos MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, se sustenta en los siguientes cargos: a) Seguir atendiendo en su condicion de Juez de Paz a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encajima, suscribiendo la peticion verbal de fecha trece de MORDAZA de dos mil siete a pesar de encontrase impedida de hacerlo por recaer sobre MORDAZA una medida cautelar de abstencion y, b) Participar como intermediaria en la entrega de una MORDAZA de la resolucion numero dos, con fecha doce de junio de dos mil siete a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encajima; la misma que supuestamente fue expedida por el Primer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a cargo del Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y especialista legal MORDAZA MORDAZA Gonzales; Segundo: De la compulsa probatoria acopiada en autos, se cuenta con elementos probatorios de cargo que crean conviccion de la responsabilidad funcional de la investigada por los cargos que se le atribuyen, los mismos que consisten en, respecto al cargo signado con la letra a): i) Documental de fojas uno, donde aparece que la investigada suscribio un Acta con fecha trece de MORDAZA de dos mil siete, ante un pedido de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encajima para que gestione el apoyo del Fiscal Superior a fin de recuperar su inmueble; ii) La declaracion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encajima, obrante a fojas treinta y ocho, quien refiere que el diecisiete de MORDAZA de dos mil siete se acerco al despacho de la investigada, a efectos de averiguar sobre una denuncia que interpusiera con fecha dos de febrero del mismo ano, siendo recibida por esta; iii) La resolucion de fecha cinco de junio de dos mil siete recaida en el Expediente N° 89-2007, suscrita por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura, la misma que fue notificada a la investigada con fecha dieciocho de junio del mismo ano, como consta en la documental de fojas once, mediante la cual se le impone la medida cautelar de abstencion en el ejercicio del cargo judicial. Por lo anotado, se colige que la investigada estuvo

interviniendo como Juez de Paz del Juzgado de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA, posteriormente a tomar conocimiento de que se encontraba impedida para ello, por encontrase abstenida del cargo. Respecto al cargo signado con la letra b): i) La declaracion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encajima, obrante a fojas trece, quien refiere que en el mes de enero de dos mil siete, cuando se constituyo al despacho de la Juez de Paz investigada, la investigada se comprometio a presentar ante la Fiscalia por medio de un abogado la denuncia contra los familiares del finado senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes la desalojaron de su casa; y en una tercera visita que le hizo, le entrego MORDAZA de la resolucion numero dos con fecha doce de junio de dos mil siete; ii) La declaracion de la investigada de fojas quince, quien reconoce que tramito el caso de la senora MORDAZA Encajima a traves de un estudiante de Derecho llamado MORDAZA MORDAZA, quien le entrego la referida resolucion; iii) La declaracion de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obrante a fojas doce, quien refiere que con fecha trece de MORDAZA de dos mil siete la senora MORDAZA Encajima se apersono al Primer Juzgado Especializado Civil de MORDAZA, donde labora como secretaria, portando MORDAZA de la resolucion MORDAZA indicada, a efectos de consultar sobre el estado de su MORDAZA y que previa verificacion en el sistema, se le informo no encontrarse ningun MORDAZA donde MORDAZA sea parte; por lo que ante dicha respuesta la indicada senora se retiro, regresando el dia dieciseis de MORDAZA del mismo ano, en compania de la investigada, indicando que esta fue quien le entrego dicha copia. Por lo expuesto, se desprende que la investigada, en efecto, ha actuado como intermediaria en la entrega de la referida resolucion y ademas ha estado asesorando a la senora MORDAZA Encajima, al menos desde el mes de enero de dos mil siete, cuando estaba en pleno ejercicio de su funcion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA, interviniendo como tal en la recepcion de las denuncias que hiciera en enero y MORDAZA de ese ano contra los familiares de su conviviente, version que se aprecia de su declaracion de fojas trece; Tercero: Por lo anotado, se colige encontrarse acreditada la responsabilidad disciplinaria de la investigada, contemplada en el articulo doscientos uno, incisos uno y seis, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, (dispositivo aplicado a los Jueces de Paz, en virtud del articulo 1 de la Ley N° 28545, el cual prescribe que estos se rigen por la Ley Organica del Poder Judicial); Cuarto: Las sanciones previstas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, se graduaran en atencion a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectacion institucional; por ello, al haberse acreditado que la conducta disfuncional atribuida a la investigada afecta gravemente la imagen del Poder Judicial, se subsume en los supuestos de hecho, contemplados para la imposicion de la medida disciplinaria de destitucion prevista en el articulo doscientos once del referido texto legal; por tales fundamentos el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haberse excusado de asistir, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a MORDAZA Milagritos MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA, Distrito Judicial de Lambayeque. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 357462-11

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