Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2009 (17/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de junio de 2009

Articulo Sexto.- CUMPLASE con notificar al administrado conforme lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, para los fines de ley. Registrese, comuniquese, y cumplase. MORDAZA ECHAZU MORDAZA Gerente General de Desarrollo MORDAZA Gerencia General de Desarrollo MORDAZA
360564-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OMIA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de area de terreno para el proyecto "Construccion del Relleno Sanitario en el Distrito de Omia"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006 -2009-MDO/PRDM/R.AMAZONAS

Omia, 4 de junio del 2009 VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 20, de la fecha, 04 de Junio del 2009, el Informe Tecnico Nº 001-2009CEP-MDO/PRDM/RA, de fecha 26 de MORDAZA y el Informe Legal Nº 001-2009-ALE-MDO/PRDM/RA, de fecha 27 de MORDAZA que se tiene a la vista; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que el Art. 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, elArt. 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, senala que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 22º de la Ley; asimismo, indica que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, uno de los objetivos fundamentales, de la administracion publica municipal, es contar y proveer de manera eficaz, oportuna, eficiente y con criterios de equidad, los bienes y servicios publicos que requiere la poblacion, y estando dentro de sus atribuciones y facultades de los Gobiernos Locales, la competencia acerca de saneamiento ambiental, salubridad y salud, estipulados en el TITULO V, capitulo I de lo prescrito en el numeral 2.1, del articulo 73 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y siendo prioritario de conformidad con su plan de desarrollo concertado y su presupuesto participativo, dentro del MORDAZA de la gobernabilidad y de comun acuerdo, de tal modo que el presupuesto municipal, se convierta en

el MORDAZA orientador y principal instrumento de programacion economica y financiera para el logro de las funciones de la asignacion, distribucion y estabilizacion, la construccion de un relleno sanitario y el tratamiento de los residuos solidos a traves del mismo, para velar por la salud de la poblacion y cuidar del medio ambiente, considerando que la ejecucion de este proyecto no causa molestia ni peligro para la salud y seguridad publica; tampoco perjudica el ambiente durante su operacion ni despues de terminado y siendo esta la alternativa mas conveniente por los bajos costos de operacion y mantenimiento, y ademas contribuira a la descontaminacion de las aguas del rio que recorre los valles de este distrito, que actualmente esta siendo objeto de recepcion de los residuos solidos que produce dia a dia los pobladores del Distrito de Omia. Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2009-CEPMDO/PRDM/RA, de fecha 26 de MORDAZA del 2009, se especifica, que resulta urgente y necesario, llevar a cabo un MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva, para la adquisicion de un Area de terreno de 6.25 hectareas, donde se ejecutara el proyecto "Construccion del Relleno Sanitario en el Distrito de Omia". Que, mediante Informe Legal Nº 001-2009-ALE-MDO/ PRDM/RA, de fecha 27 de MORDAZA del 2009, se especifica, que resulta procedente convocar a un MORDAZA de Seleccion, por Exoneracion, bajo la causal de Desabastecimiento Inminente y que se sintetiza en el Articulo VIII de la Ley Nº 27972, el Articulo 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, concordante con el Articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, entre otros. Que, el Art. II de la Ley Nº 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru y los Art. 8º y 9º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, senalan que los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Informes Tecnico y Legal senalados en el Visto; el Concejo Municipal por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta. ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente, por la causal de Desabastecimiento Inminente, referente a la Adquisicion de un Area de terreno de 6.25 hectareas, donde se ejecutara el proyecto "Construccion del Relleno Sanitario en el Distrito de Omia", Provincia de MORDAZA de MORDAZA, Departamento de Amazonas. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, al Comite Especial Permanente de la Entidad, conducir el presente MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de un Area de terreno de 6.25 hectareas, donde se ejecutara el proyecto "Construccion del Relleno Sanitario en el Distrito de Omia", Provincia de MORDAZA de MORDAZA, Departamento de Amazonas, por el monto de S/. 50,000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y con cargo a la Fuente de Financiamiento Cuenta Central de Recursos Determinados. Articulo Tercero.- DISPONER, que el Despacho de Alcaldia curse las comunicaciones a la Contraloria General de la Republica, y OSCE a traves del SEACE, dentro del termino de 10 dias habiles, de conformidad con los articulos 21º y 45º del Decreto Legislativo Nº 1017 y 134º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y sus modificatorias. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria de la Municipalidad la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, asi como las demas acciones correspondientes para su ejecucion de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA J. DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA
361250-1

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