Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2009 (17/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

397702

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de junio de 2009

Articulo 4º.- Disponer que las mascarillas quirurgicas deben ser usadas adecuada y obligatoriamente, por el personal que tiene contacto directo con los pasajeros en los casos siguientes: a) Personal que labora en MORDAZA de arribo internacional: migraciones, aduanas, trabajadores de apoyo en transporte de equipaje, personal de apoyo o servicio a pasajeros. b) Personal de establecimientos comerciales. c) Personal policial y seguridad del aeropuerto. d) Personal de CORPAC, MORDAZA Airport Partners y de las lineas aereas que brindan atencion directa a los pasajeros." DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Provision de insumos y materiales Extiendase por treinta (30) dias calendario adicionales, el plazo dispuesto en el primer parrafo de Articulo 6º del Decreto Regional Nº 009 del 20 de MORDAZA de 2009, referido a la provision de insumos y materiales para el personal del Estado que labora en el Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. Segunda.- Vigencia del Decreto Regional Nº 009 La Gerencia Regional de Salud determinara la fecha en la cual quedaran sin efecto las disposiciones contenidas en el Decreto Regional Nº 009 del 20 de MORDAZA de 2009, comunicando dicha situacion a la Presidencia Regional para la expedicion del correspondiente Decreto Regional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente
361229-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban el "Plan de Electrificacion Rural Regional 2008 - 2017"
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional San MORDAZA, mediante Oficio Nº 618-2009-GR-SM/DREM, recibida el 15 de junio de 2009)
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2008-GRSM/CR

Moyobamba, 26 de MORDAZA de 2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, y Ley Nº 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA, y demas normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y

administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; Que, el literal a), del articulo 59º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece funciones en materia de energia, minas e hidrocarburos, refiriendose a formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de energia y minas e hidrocarburos de la region, en concordancia con las politicas nacionales y planes sectoriales, asimismo en el literal e) del articulo MORDAZA mencionado, esta referido a conducir, ejecutar, supervisar y cooperar en programas de Electrificacion Rural Regionales, en el MORDAZA del Plan Nacional de Electrificacion Rural; Que, el articulo 10º, del Decreto Supremo Nº 0252007-EM, establece la descentralizacion en materia de Electrificacion Rural, en cuanto a la elaboracion de planes, proyectos y ejecucion de obras, el Ministerio a traves de sus Unidades Ejecutoras, en coordinacion con la Presidencia del Consejo de Ministros, desarrollara actividades de capacitacion, talleres de trabajo y de asistencia tecnica dirigidas a consolidar la capacidad de gestion de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el presupuesto correspondiente podra ser financiado por la DEP y/o Gobiernos Regionales y/o Locales; Que, el articulo 15º de la MORDAZA MORDAZA citada, establece que, el Ministerio a traves de la DEP, es el encargado de formular el PNER, el mismo que se actualizara anualmente, en concordancia con las politicas sectoriales del Sector Energia y Minas y teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Regional y Local concertados, asi como las iniciativas de los entes, programas, proyectos, instituciones e inversionistas privados que contribuyan a elevar el coeficiente de electrificacion rural, incrementar la intensidad energetica y utilizar la energia electrica para usos productivos; Que, mediante Oficio Nº 399-2008-GR-SM/DREM, la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, remite el Plan de Electrificacion Rural Regional 2008 ­ 2017 a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de San MORDAZA, esta a su vez, con Oficio Nº 113-2008-GR-SM/GRDE, de fecha 29 de MORDAZA del presente ano, remite a la Direccion de Energia y Minas de San MORDAZA , su conformidad, por tal motivo mediante Oficio Nº 439-2008-GR-SM/DREM, de fecha 5 de MORDAZA del presente ano, la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, remite el Plan de Electrificacion Rural Regional 2008 ­ 2017 a la Oficina Regional de Asesoria Legal para su opinion legal respectiva; Que, mediante Informe Legal Nº 192-2008-GRSM/ CR, de fecha 12 de MORDAZA del presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal, emite su opinion de la siguiente manera: "...que el Plan de Electrificacion Rural Regional 2008 ­ 2017, sea sometido a Sesion de Consejo Regional para su discusion..."; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA y el Ministerio de Energia y Minas, teniendo en cuenta el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, que implica transferencia de los Proyectos de Electrificacion Rural a las Regionales, ha firmado un acuerdo de gestion, con el compromiso de elaborar el Plan de electrificacion rural para la Region San MORDAZA en forma periodica; Que, en merito a ello, se ha formulado dicho Plan, teniendo en cuenta las normas vigentes, con aportes y sugerencias de empresas Concesionarias, Gobiernos Locales y otras entidades; Plan que contiene lineamientos, estrategias y criterios de priorizacion que permitiran definir la eficiencia en funcion a los resultados propuestos; Que, el objetivo general del referido Plan es ampliar la Frontera Electrica Regional, para elevar el coeficiente de electrificacion del 60% al 94% en el periodo 2008 al 2017. Cambiar la matriz energetica con tecnologias adecuadas, priorizando el desarrollo de energias renovables que minimicen costos de inversion y operacion, como un medio para acelerar el desarrollo y mejorar la calidad de MORDAZA de los habitantes, en MORDAZA con el Medio Ambiente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.