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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (18/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de junio de 2009 397786 a los Alcaldes Distritales y Regidores Municipales por no encontrarse estos comprendidos en el primer párrafo del Artículo 9º numeral 9.3 de la Ley Nº 29142; Que, la Ley Nº 27619 regula la Autorización de Viajes al Exterior de servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su Artículo 2º establece que “la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución”, en este caso el viaje de la Señorita Regidora a la ciudad de Santa Cruz – Bolivia se sustenta en lo señalado por la Gerencia de Obras Públicas; Que, igualmente se acredita que los gastos para la participación de la Srta. Regidora cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, según Memorando Nº 371-2009-GPP-MSS de fecha 02.06.09; Que, mediante Informe Nº 652-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se autorice en Comisión de Servicios, el viaje de la Señorita Regidora Maria Hortencia Gayoso Vargas a la ciudad de Santa Cruz – Bolivia para participar en el denominado “Gira Internacional de Capacitación sobre Gestión Pública y Desarrollo Local Sostenible” que se llevará a cabo en dicha ciudad, entre los días 22 al 26 de junio 2009; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se autorice a la Srta. Regidora la asignación de los viáticos, gastos y otros en que se incurran en el viaje a la ciudad de Santa Cruz – Bolivia, durante los días 21.06.09 al 27.06.09, con cargo al Centro de Gestión 1101 - Concejo Municipal, en las específi cas de gasto 232111 (Pasajes y gastos de transporte) por la suma de S/. 1,785.25 Nuevos Soles, 232112 (Viáticos y Asignaciones) por la suma de S/. 915.00 y 23271199 (Servicios Diversos) por la suma de S/. 4,060.00 Nuevos Soles, en el rubro 8 – Otros Impuestos Municipales; debiendo elevarse los autos al Concejo Municipal a efectos que se apruebe mediante Acuerdo de Concejo con el quórum correspondiente; Que, mediante el Artículo Tercero del Acuerdo de Concejo Nº 45-2009-ACSS del 27.05. 2009, se encargó al Teniente Alcalde señor Gonzalo Antonio Martín Gambirazio Marquina, el despacho de la Alcaldía, desde el 04 al 12 de junio del 2009; Estando al Informe Nº 652-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Autorizar en Comisión de Servicios, el viaje de la Señorita Regidora María Hortencia Gayoso Vargas a la Ciudad de Santa Cruz – Bolivia, durante los días 21 al 27 de junio del 2009, para participar en el evento denominado “Gira Internacional de Capacitación sobre Gestión Pública y Desarrollo Local Sostenible” que se llevará a cabo en dicha ciudad, entre los días 22 al 26 de junio 2009, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Autorizar la Asignación de los viáticos, gastos y otros en que incurran la Señorita Regidora en el viaje a la Ciudad de Santa Cruz – Bolivia, del 21 al 27 de junio del 2009, con cargo al Centro de Gestión 1101 - Concejo Municipal, en las específi cas de gasto 232111 (Pasajes y gastos de transporte) por la suma de S/. 1,785.25 Nuevos Soles, 232112 (Viáticos y Asignaciones) por la suma de S/. 915.00 y 23271199 (Servicios Diversos) por la suma de S/. 4,060.00 Nuevos Soles, en el rubro 8 – Otros Impuestos Municipales. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencias de Administración y la de Finanzas y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo. Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GONZALO GAMBIRAZIO MARQUINA Teniente Alcalde Encargado de Alcaldía 361288-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Amplían vigencia del Grupo Técnico Local de Rehabilitación de los Pasivos Ambientales de las Zonas Contaminadas por el Plomo en el Cercado Callao DECRETO DE ALCALDIA N° 000005 Callao, 8 de junio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en los artículos 2º inciso 22) y 67º establecen que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida y que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por la Ley Nº 27972, en el artículo 9 numeral 7, dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el Sistema de Gestión Nacional y Regional; Que, la Ley General del Ambiente Nº 28611 artículo 113 inciso 1) precisa que toda persona natural o jurídica, pública o privada, tiene el deber de contribuir a prevenir, controlar y recuperar la calidad del ambiente y de sus componentes, defi niendo, en el inciso 2 literal c), como uno de los objetivos de la gestión ambiental, el recuperar las áreas o zonas degradadas o deterioradas por la contaminación ambiental; Que, la Ley General del Ambiente Nº 28611 en el artículo 8 inciso 2, establece que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, mediante Resolución Directoral Nº 126-2001-SA- DS-CALLAO/DE, la Dirección de Salud I – Callao resuelve declarar en estado de emergencia la zona del Cercado del Callao por la contaminación e intoxicación por el plomo; Que, según Acuerdo N° 0016-2003 del Gobierno Regional del Callao, declara en Emergencia Ambiental por Contaminación e Intoxicación por plomo a diversos asentamientos humanos, urbanizaciones y zonas aledañas de la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Decreto Regional Nº 003-2007- REGION CALLAO/PR en su artículo primero se amplía el plazo a cuatro (04) años, previsto para el cumplimiento de los objetivos planifi cados del Grupo Técnico Regional para la prevención, reducción y control de la intoxicación por plomo en el Callao; Que, la Ley Nº 28256 – Ley que Regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, en el artículo 4º - de las Competencias de las Autoridades Sectoriales – establece que son los sectores responsables de la regulación y control de la actividad económica que emplean materiales peligrosos se encarga de regular, fi scalizar y sancionar las actividades procesos y operaciones en lo referente a la producción, almacenamiento, embalaje, manipulación, utilización y reutilización de estos materiales y residuos peligrosos; Que, el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos – Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, en su artículo 6º - de las Autoridades Competentes – establece que son autoridades