Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2009 (18/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de junio de 2009

por Actualizacion Catastral. Asimismo, agrega que la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro a traves del Informe Nº 236-2009-SGPUC-GDU-MSS de fecha 26.03.2009 da cuenta que no se han presentado observaciones y/o consultas a la propuesta normativa publicada a traves del MORDAZA Web, habiendose dado cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS; Que, con Memorandum Nº 480-2009-GAT-MSS de fecha 08.04.2009 de la Gerencia de Administracion Tributaria, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Memorandum Nº 482-2009-GDU-MSS de fecha 15.04.2009, indica que habiendo efectuado coordinaciones con la Gerencia de Administracion Tributaria respecto a modificaciones y correcciones al presente proyecto de Ordenanza, remite la correspondiente propuesta normativa debidamente visada; Que, con el Informe Nº 415-2009-GAJ-MSS de fecha 16.04.2009, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que el presente proyecto de Ordenanza esta dirigido a la ejecucion de una MORDAZA de actualizacion catastral, que permitira una interaccion entre la administracion y los contribuyentes quienes se encontraran incentivados a participar en atencion a las facilidades y beneficios tributarios como son la reduccion de intereses moratorios y multas, para quienes permitan la inspeccion de sus predios durante el MORDAZA de verificacion correspondiente y para quienes voluntariamente soliciten la inspeccion de sus predios a efectos de regularizar sus obligaciones de declaracion y pago de tributos omitidos, amparados en lo establecido en el Articulo 41º del TUO del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que permite a los gobiernos locales establecer a traves de MORDAZA expresa, condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que se administran; Que, asimismo senala la Gerencia de Asesoria Juridica que, en concordancia con lo dispuesto por el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS - "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", se ha cumplido con la prepublicacion del presente proyecto de Ordenanza conforme al Memorandum Nº 148-2009-GSPMSS de fecha 08.04.2009 de la Gerencia de Sistemas y Procesos; Que la Gerencia de Asesoria Juridica concluye considerando procedente el proyecto de Ordenanza de Regularizacion Tributaria y Administrativa por Actualizacion Catastral, elaborado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Administracion Tributaria, el cual resultara beneficioso para los vecinos del distrito y a la vez permitira la actualizacion del Catastro Municipal, por lo que recomienda elevar el mismo ante el Concejo Municipal, para su aprobacion conforme a las facultades establecidas en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, mediante el Articulo Tercero del Acuerdo de Concejo Nº 45-2009-ACSS del 27.05.2009, se encargo al MORDAZA MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gambirazio MORDAZA, el despacho de la Alcaldia, desde el 04 al 12 de junio del 2009; Estando al Dictamen Conjunto Nº 004-2009-CDLCAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 415-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades establecidas en los Articulos 9º numeral 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el MORDAZA MORDAZA, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA POR ACTUALIZACION CATASTRAL Articulo Primero.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar beneficios tributarios y administrativos de caracter temporal y extraordinario, a los contribuyentes del distrito de MORDAZA de MORDAZA que, durante la MORDAZA de

Actualizacion del Catastro MORDAZA Municipal, permitan la inspeccion y levantamiento de informacion de oficio en sus predios o lo soliciten voluntariamente. Asimismo puedan efectuar el tramite de regularizacion de las edificaciones que no cuenten con licencia de construccion y que existan fisicamente a la entrada en vigencia de la presente norma; siempre y cuando dichas edificaciones no contravengan los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al inmueble. En las edificaciones a regularizar en las Areas de Tratamiento Normativo II y parte del I y III indicados en la Ordenanza Nº 328-MSS, se aplicara lo dispuesto en la mencionada norma. Articulo Segundo.REQUISITOS DE ACOGIMIENTO Podran acogerse a la presente ordenanza, los contribuyentes que, durante la MORDAZA de Actualizacion del Catastro MORDAZA Municipal, cumplan los siguientes requisitos: 1. Permitir la inspeccion y levantamiento de informacion catastral, que de oficio se realice en sus predios; o, solicitar por escrito, la inspeccion a su predio, brindando las facilidades del caso para su realizacion. 2. En caso de inspeccion a solicitud de parte, la respectiva solicitud debera presentarse a partir de la vigencia de la presente Ordenanza y hasta el 31 de MORDAZA del 2010, a efectos de realizar las respectivas inspecciones hasta el 31 de agosto de 2010, fecha de finalizacion de la MORDAZA de Actualizacion Catastral. 3. Firmar las fichas de actualizacion catastral. 4. Presentar en cualquiera de los Centros de Atencion Surcana, la MORDAZA de la Ficha de Actualizacion Catastral y la correspondiente declaracion jurada tributaria, conforme a los datos verificados en la inspeccion, debidamente firmada por el contribuyente o su representante acreditado; hasta el ultimo dia habil del mes siguiente de realizada la inspeccion de su predio. 5. Cancelar o fraccionar el tributo omitido a partir de su declaracion jurada, dentro de los SIETE (07) dias habiles siguientes a la MORDAZA de la misma. Articulo Tercero.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los contribuyentes que cumplan con los requisitos mencionados en al articulo precedente, gozaran de los siguientes beneficios: a) Condonacion del 100% de las multas tributarias correspondientes a las infracciones referidas en los Articulos 176º, Numeral 1 y 178º, Numeral 1 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-EF y modificatorias. b) Condonacion del 100% de intereses correspondientes al tributo omitido. La deuda liquidada con aplicacion de los beneficios de condonacion MORDAZA mencionados, no esta sujeta al Regimen de Gradualidad de Sanciones por Infracciones Tributarias aprobado por Ordenanza Nº 331-MSS, ni al Regimen de Incentivos relacionados con el cumplimiento de Obligaciones tributarias aprobado por Ordenanza Nº 311-MSS; los cuales permaneceran vigentes y aplicables en todos los demas casos, no acogidos a la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS Condonacion del 100% de las multas administrativas derivadas solamente de la ejecucion de las edificaciones sin la respectiva licencia de construccion. Los beneficios establecidos en el presente articulo se aplicaran a las edificaciones construidas y no declaradas, que se encuentren concluidas a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza; asimismo, las edificaciones a regularizar deben cumplir con lo establecido en la normatividad sobre edificaciones. Articulo Quinto.- PERDIDA DE BENEFICIOS 1. No MORDAZA de Declaracion Jurada Los contribuyentes que no presenten la correspondiente Declaracion Jurada Tributaria en el plazo estipulado en el numeral 4 del ARTICULO MORDAZA, perderan la

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