Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2009 (18/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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1) Ingenieria Agroindustrial, 2) Ingenieria Comercial, y 3) Ingenieria de Turismo; dejandose en suspenso la Autorizacion de Funcionamiento de la MORDAZA Profesional de Educacion Especial, en estricto cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 998, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el dia 31 de marzo de 2008; y se conforma la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad del Sur, integrada por: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Montanez y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por Resolucion N° 159-2008-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA de 2008, se resuelve modificar, solo, los articulos Primero y MORDAZA de la Resolucion Numero 106-2008CONAFU, quedando redactados de la siguiente manera: "ARTICULO PRIMERO.- Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad del Sur, presentado por la Promotora "Asociacion UNISUR Peruana"; con las siguientes carreras profesionales: 1) Ingenieria Agroindustrial, 2) Ingenieria Comercial, 3) Ingenieria de Turismo y 4) Educacion Especial. ARTICULO SEGUNDO.- Dejese en suspenso la Evaluacion de la MORDAZA Profesional de Educacion Especial; en estricto cumplimiento del Decreto Legislativo que Impulsa la mejora de la calidad de la Formacion Docente, Decreto Legislativo Nº 998."; Que, por Resolucion N° 011-2009-CONAFU de fecha 14 de enero de 2009, se resuelve NO APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad del Sur -UNISUR, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Promotora "Asociacion UNISUR Peruana"; Que, por Escrito s/n recibido con fecha 9 de febrero de 2009, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotora del Proyecto de Universidad del Sur -UNISUR, interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion N° 011-2009-CONAFU; por los fundamentos de hecho y de derecho que en su escrito impugnativo expone; Que, por Resolucion N° 085-2009-CONAFU de fecha 18 de febrero de 2009, se resuelve admitir a tramite el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion N° 011-2009-CONAFU, por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotora del Proyecto de Universidad del Sur ­UNISUR; Que, por Oficio Nº 203-2009-CONAFU-CDAA de fecha 6 de marzo de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos remite al Consejero de Asuntos Internacionales del CONAFU el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Nº 011-2009-CONAFU, que resuelve no aprobar el PDI presentado por la Promotora del Proyecto de Universidad del Sur "Asociacion UNISUR ­ Peruana", por ser quien MORDAZA la Comision Calificadora encargada de la evaluacion, para el respectivo pronunciamiento de fondo; Que, por Oficio Nº 034-2009-CONAFU-CAI de fecha 18 de marzo de 2009, el Consejero de Asuntos Internacionales, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, Presidente de la Comision Calificadora encargada de la evaluacion el PDI presentado por la Promotora del Proyecto de Universidad del Sur "Asociacion UNISUR ­ Peruana", remite el informe del pronunciamiento sobre el fondo del Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Nº 011-2009-CONAFU por la referida Asociacion; al respecto informa que tanto el Informe Preliminar como el Informe Final da a conocer las debilidades del PDI del referido Proyecto de Universidad, en cuyas conclusiones se reafirma es esta oportunidad, por lo que deja a la Presidencia del CONAFU dar cuenta a la Promotora en los terminos que se estime conveniente; Que, por Informe Legal Nº 143-2009-CONAFU-CJ de fecha 17 de MORDAZA de 2009, la Comision Juridica del CONAFU hace llegar el informe sobre el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Nº 011-2009-CONAFU presentado por la Promotora del Proyecto de Universidad del Sur "Asociacion UNISUR ­ Peruana", manifestando que el Informe Final de la Comision Calificadora encargada de evaluar el referido proyecto, esta basada unicamente en el numero de las observaciones advertidas y en el porcentaje respecto de aquellas que no fueron levantadas; sin embargo, no se ha indicado de manera expresa el puntaje final obtenido por dicho proyecto universitario

de acuerdo a las Tablas de Evaluacion que permitan determinar fehacientemente el porcentaje establecido en el articulo 30º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU, por lo que la Comision Juridica opina que la Comision Calificadora efectue un MORDAZA analisis respecto al informe final, a fin de determinar el puntaje obtenido por dicho proyecto universitario en relacion a las Tablas de Evaluacion; Que, por Oficio Nº 393-2009-CONAFU-CDAA de fecha 27 de MORDAZA de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, Presidente de la Comision Calificadora encargada de la evaluacion el PDI presentado por la Promotora del Proyecto de Universidad del Sur "Asociacion UNISUR ­ Peruana", remite el informe del pronunciamiento sobre el fondo del Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Nº 011-2009-CONAFU por la referida Asociacion; al respecto informa sobre el puntaje obtenido por el referido proyecto universitario, de conformidad con el articulo 30º del Reglamento aprobado por la Resolucion Nº 196-2004-CONAFU, indicando que el puntaje minimo para la aprobacion de Proyectos de Universidades establecido en las Tablas de Calificacion del CONAFU es para PDI: 240 y para las Carreras Profesionales es de: 90. El puntaje obtenido en el PDI del mencionado proyecto es: PDI 104.5 resultando un porcentaje de 43.54 %. En la MORDAZA Profesional de: 1) Ingenieria Agroindustrial puntaje obtenido 33.30, resultando un porcentaje de 37.00 %. 2) Ingenieria Comercial puntaje obtenido 33.00, resultando un porcentaje de 36.67 %. 3) Ingenieria en Turismo puntaje obtenido 30.00, resultando un porcentaje de 33.33 %. En conclusion dicho Proyecto Universitario obtuvo un porcentaje minimo en: El PDI 80.00 % y en las Carreras Profesionales: 80.00 %; por lo que la Comision Calificadora informa que el PDI del Proyecto de Universidad del Sur, no alcanzo el puntaje minimo para ser aprobado; Que, en sesion de fecha 12 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 207-2009-CONAFU aprobo: Declarar Infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion N° 011-2009-CONAFU, por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotora del Proyecto de Universidad del Sur ­ UNISUR, en consecuencia no aprobar el PDI del referido Proyecto de Universidad y archivarse el expediente en forma definitiva; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion N° 011-2009-CONAFU, por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotora del Proyecto de Universidad del Sur ­ UNISUR, en consecuencia NO APROBAR el PDI del referido Proyecto de Universidad y archivarse el expediente en forma definitiva. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General 361224-1

Rectifican error material contenido en la Res. N° 100-2009-CONAFU, sobre autorizacion definitiva de funcionamiento de la Universidad Peruana de las Americas
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCION Nº 274-2009-CONAFU MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009

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