Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2009 (18/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397779

- Prolongacion Av. MORDAZA s/n., distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, entre los dias 29 de MORDAZA al 7 de junio de 2009, en via de regularizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas (a.i.) 360556-1

Autorizan fusion por absorcion de la empresa Credito Leasing S.A. con el Banco de Credito del Peru
RESOLUCION SBS N° 5487- 2009 MORDAZA, 9 de junio de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru con el objeto que se le autorice la fusion por absorcion con Credito Leasing S.A., actuando la primera como empresa absorbente y la MORDAZA como empresa absorbida, extinguiendose sin liquidarse, y; CONSIDERANDO: Que, en juntas generales de accionistas celebradas separadamente el 31 de marzo de 2009, MORDAZA empresas acordaron la fusion mediante la modalidad de absorcion de Credito Leasing S.A. por parte del Banco de Credito del Peru, originandose la extincion de la personalidad juridica de la primera por efecto de la fusion; Que, el proyecto de fusion aprobado en las referidas juntas generales de accionistas, indica como fecha de entrada en vigencia de la fusion: i) el primer dia habil del mes siguiente a la fecha de resolucion que expida este organismo de control autorizando la fusion, si esta se da dentro de los primeros veinte (20) primeros dias del mes; o ii) el primer dia habil del mes subsiguiente a la fecha de resolucion que expida la Superintendencia autorizando la fusion, si esta se da con posterioridad a los primeros veinte (20) dias del mes, fecha en la cual cesaran las operaciones, derechos y obligaciones de Credito Leasing S.A. que se extingue por efecto de la fusion, los cuales seran asumidos en su totalidad por la sociedad absorbente, el Banco de Credito del Peru; Que, el Banco de Credito del Peru es el unico accionista de Credito Leasing S.A., y el MORDAZA de fusion por absorcion no ocasionara un aumento de capital, ni la emision de nuevas acciones a su favor como sociedad absorbente; Que, las referidas empresas han cumplido con presentar la documentacion requerida por el procedimiento Nº 41 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia aprobado por Resolucion SBS Nº 131-2002 y modificatorias, la misma que se encuentra conforme; Estando a lo opinando por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoria Juridica, de Riesgos y de Estudios Economicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por la Ley Nº 26702, y sus modificatorias y el procedimiento 41 del MORDAZA de esta Superintendencia. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la fusion por absorcion del Banco de Credito del Peru con la empresa Credito Leasing S.A., extinguiendose esta MORDAZA sin liquidarse, asumiendo la primera a titulo universal, como empresa absorbente, el bloque del patrimonio y los demas derechos y obligaciones

de la empresa absorbida Credito Leasing S.A. Asimismo, devuelvase la minuta que formaliza dicha fusion debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a escritura publica debiendose insertar en su contenido, el texto de esta resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado de Autorizacion de Funcionamiento extendido en su oportunidad a favor de Credito Leasing S.A., a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusion. Articulo Tercero.- Expedir a favor del Banco de Credito del Peru el certificado de autorizacion de funcionamiento correspondiente, quedando sin efecto la renovacion que fuera otorgada a dicha empresa mediante Resolucion SBS N° 544-80-EF/97-10 del 17 de junio de 1980, a la cual sustituye. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 361744-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Disponen la promocion de la sustitucion progresiva de los sistemas de riego tradicionales por sistemas de riego tecnificado en la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2009-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiocho de MORDAZA del ano dos mil nueve, en sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo en su articulo 192 numeral 7 establece como una de las Competencias de los Gobiernos Regionales: "Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a ley"; Que, el articulo 1 de la Ley 28585 ­ Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado: "Declara de necesidad y utilidad publica la creacion del Programa de Riego Tecnificado que promocione el reemplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector MORDAZA en general", asimismo el articulo 2 de la mencionada Ley prescribe: "Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales son responsables de planificar y promover la ejecucion del Programa de Riego Tecnificado en su jurisdiccion, coordinando con las organizaciones agrarias de riego y otras"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2006-AG se aprueba el Reglamento de la Ley 28585, con el cual se MORDAZA las iniciativas del Sector Publico en materia de riego tecnificado, asi como la creacion y funcionamiento del Programa de Riego Tecnificado; Que, la Region Tacna se encuentra ubicada en una de las zonas territoriales mas deserticas de Sudamerica, por

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