Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2009 (18/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de junio de 2009

lo que existe escaso recurso hidrico; siendo necesario que el consumo se restrinja a necesidades vitales; sea para el consumo humano y uso agricola. En ese sentido, el Gobierno Regional de Tacna promulgo la Ordenanza Regional Nº 015-2007-CR/ GOB.REG.TACNA, por la cual se declaro en emergencia los recursos hidricos de la Region Tacna; y como consecuencia juridica ante la solicitud regional, el Gobierno Central emitio el Decreto Supremo Nº 004-2009-AG que Declara agotado los recursos hidricos superficiales de las cuencas de los MORDAZA Caplina, Sama y Locumba; Que, actualmente el riego de los predios agricolas se realizan por sistemas de MORDAZA (gravedad), las cuales en su discurrir ocasiona perdidas, mermas y erosion de los terrenos de riego, originando disminucion economica a los agricultores. Al optar el cambio por un sistema de riego tecnificado (sea por aspersion y/o goteo u otros) se determinara el ahorro sustancial del agua, por lo que se beneficiaran la poblacion y los agricultores de la Region Tacna, todo esto, generara incremento de la economia y ampliacion de las areas de cultivo; Que, el Informe Nº 339-2008-ORAJ/G.R.TACNA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y el Informe Nº 580-09GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, asi como el Oficio Nº 386-2009-SGPLAT-GRPPAT/GOB. REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; senalan que resulta viable legal y tecnicamente la aprobacion de la propuesta normativa regional; asi se remarca, con el Dictamen Nº 003-2009-CR-CORRNNyGMA de la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional, se aprueba la propuesta normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en sesion ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DISPONER LA PLANIFICACION Y PROMOCION DE LA SUSTITUCION PROGRESIVA DE LOS SISTEMAS DE RIEGO TRADICIONALES, POR SISTEMAS DE RIEGO TECNIFICADO EN EL AMBITO DE LA REGION TACNA. Articulo Segundo: DISPONER que todo proyecto de inversion publico o privado, que comprenda ampliacion de la frontera MORDAZA en el ambito de la Region Tacna, incorpore obligatoriamente la utilizacion de Sistemas de Riego Tecnificado. Articulo Tercero: DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, Direccion Regional Sectorial de Agricultura y demas entes regionales implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintiocho de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia dos de Junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 362161-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen regimen de excepcion para el pago voluntario de las deudas tributarias y no tributarias
ORDENANZA Nº 147-2009-MDPP MORDAZA MORDAZA, 12 de junio del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza. "ORDENANZA QUE ESTABLECE SINCERAMIENTO Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS Y BENEFICIOS DE INSCRIPCION PARA REGISTRO DE CONTRIBUYENTES" Articulo 1º.- Establecer un regimen de excepcion para el pago voluntario de las deudas tributarias y no tributarias, cuyo acreedor es la Municipalidad de MORDAZA Piedra. El regimen de excepcion comprende a las deudas tributarias generadas hasta el 31 de MORDAZA del ano 2009, en cualquier instancia administrativa o judicial. Articulo 2º.- DEUDAS MATERIA DE ACOGIMIENTO Y FORMA DE PAGO. La deuda materia del acogimiento se podra pagar de la siguiente forma: 1.- En caso de Arbitrios Municipales
Arbitrios Pago al Contado De los ano 2006 al 2009 (*) - Condonacion del 90% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2009. - Condonacion del 80% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2008. - Condonacion del 70% del interes, gastos y costas procesales del ano 2007 y 2006. - Condonacion del 100% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales hasta el ano 2004. - Condonacion del 50% del insoluto, interes, gastos y costas procesales, con el acogimiento al beneficio del pago al contado de los anos 2006 al 2008 y a la cancelacion del 50% del total de dicho ejercicio. Pago Fraccionado De los anos 2006 al 2009 (*) - Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. - Condonacion del 60% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2005, 2006 y 2007. - Condonacion del 50% del interes, gastos y costas procesales del ano 2008. - Condonacion del 100% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales hasta el ano 2003. Condonacion del 50% del insoluto, interes, gastos y costas procesales, con el acogimiento al beneficio del fraccionamiento de los anos 2006 al 2008 y a la cancelacion del 50% del total de dicho ejercicio.

Deuda Generada hasta el 31 de MORDAZA del 2009.

Solo por la deuda del ano 2005

- (*) Si la regularizacion se produce desde el inicio de la vigencia de la presente Ordenanza hasta el 30 de junio, la condonacion de los intereses, gastos y costas procesales de los anos 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009 sera de un 100%.

2.- En caso de Impuesto Predial
Impuesto Predial Pago al Contado De los ano 2006 al 2009 (*) Pago Fraccionado (*) - Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. - Condonacion del 80% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2009. - Condonacion del 70% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2007 y 2008. - Condonacion del 60% del interes, gastos y costas procesales hasta el ano 2006.

- Condonacion del 90% del interes, gastos y costas procesales de los Deuda anos 2009. Generada - Condonacion del 80% del interes, hasta el 31 gastos y costas procesales de los de MORDAZA del anos 2008 y 2007. 2009. - Condonacion del 70% del interes, gastos y costas procesales hasta el ano 2006.

- (*) Si la regularizacion se produce desde el inicio de la vigencia de la presente Ordenanza hasta el 30 de junio, la condonacion de los intereses, gastos y costas procesales hasta el ano 2009 sera de un 100%.

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