Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2009 (20/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 20 de junio de 2009

Declaran dia no laborable en la MORDAZA de Chimbote el sabado 27 de junio de 2009
DECRETO SUPREMO Nº 008-2009-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 16597 del 22 de junio de 1967, se declaro oficialmente la Semana Civica en la MORDAZA de Chimbote, capital de la provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, a la comprendida entre el 23 al 29 de junio de cada ano; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 2º de la acotada Ley, corresponde al Poder Ejecutivo senalar anualmente un dia feriado no laborable en la MORDAZA de Chimbote, el sabado correspondiente a la Semana Civica a que se refiere el considerando precedente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Declarar dia no laborable en la MORDAZA de Chimbote, el dia sabado 27 de junio de 2009, fecha central de las celebraciones de su Semana Civica. Articulo 2º.- Las horas dejadas de laborar por el dia no laborable a que se refiere el articulo precedente, seran compensadas en la semana posterior al dia declarado no laborable o en la oportunidad que acuerden las partes. A falta de acuerdo, decidira el empleador. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 363499-6

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de MORDAZA, departamento de Amazonas
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 199-2009-MTC/03 MORDAZA, 1 de junio de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2007-031174 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Huambo, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por

Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 078-2004MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03 y modificada por Resolucion Viceministerial Nº 070-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Amazonas, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA, la misma que incluye al distrito de Huambo, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de Amazonas; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 1.0 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun la Resolucion Ministerial Nº 2072009-MTC/03, que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango de 0.5 Kw. a 1.0 Kw de e.r.p., se clasifican como una Estacion de Servicio Primario Clase D4, de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, ya que al operar una estacion de radiodifusion considerada de baja potencia esta exonerado de la MORDAZA de dicho estudio, segun se establece en el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC que modifica el Decreto Supremo 038-2003-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 826-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Huambo, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de Amazonas; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y modificado por Resolucion Ministerial Nº 6442007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de MORDAZA, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 078-2004-MTC/03, ratificado mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resolucion Viceministerial Nº 070-2009-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

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