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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (20/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de junio de 2009 397891 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195º numerales 4) y 10) de la Constitución Política del Perú modifi cada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, el artículo 60º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No. 776, Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No. 156-2004-EF y los artículos 248º y siguientes del Código Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, con el voto unánime de sus miembros y dispensa del trámite de comisiones y de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR 60° ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la disposición: Autorícese la realización de matrimonios civiles comunitarios para los días 12 de Julio y 25 de Julio de 2009 con ocasión de las celebraciones por el Sexagésimo Aniversario de Creación Política del Distrito de Surquillo. Artículo 2º.- Reducción y Exoneración de derechos: Establecer en S/.60.00 (Sesenta y 00/100 nuevos soles) el pago por todo concepto que deberán abonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada en el artículo 1º, dejándose en suspenso la tasa contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- para el presente caso. Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el otorgamiento de certifi cado médico pre nupcial y consejería preventiva. Artículo 3º.- Dispensa de publicación: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 252° del Código Civil, autorizar al Alcalde para que dispense a los contrayentes de la publicación del aviso por periódico del matrimonio civil a que alude el artículo 250° del Código Civil, siempre que se presenten todos los requisitos que exige el artículo 248º del Código Civil así como los requisitos que el TUPA exige para dicho fi n, correspondiendo, en todo caso, al área de Registro Matrimonial disponer la publicación del aviso respectivo en las vitrinas municipales y en el portal electrónico de la Municipalidad de Surquillo. Artículo 4º.- Órganos ejecutantes: Encargar al Señor Alcalde la adopción de las acciones administrativas que correspondan a efectos de la realización del matrimonio civil comunitario señalado en el artículo 1º, correspondiendo a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes su ejecución conforme a Ley. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 362526-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad para el Año 2009 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 066-MPHI-2009 Huari, 12 de mayo del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI POR CUANTO: El Concejo de le Municipalidad Provincial de Huari, en su Segunda Sesión Extraordinaria de fecha 15 de Abril del 2009, bajo la Presidencia del señor Alcalde, CPC Edwards Delfi o Vizcarra Zorrilla y la asistencia de los señores Regidores : Dr. Herberth Justino Solís Alcedo, Eco. Betty Amalia Bayona Romero, señor Prósculo Elías Sifuentes Huerta, Prof. Miguel Ángel Solís Nava, Prof. Yony Glicerio Márquez Domínguez, Prof. Perpetua Zerpa Baltazar, señor Otto Severo Valle Araujo y el Lic. Joel Beto Asencios, Martel, trató el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, para el Año 2009 de la Municipalidad provincial de Huari, presentado por Comisión Ordinaria de Economía, Planifi cación y Presupuesto, elaborado por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757, Ley marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establece para las entidades de la Administración Pública, incluida las Municipalidades de aprobar y publicar su correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 031-2004- MPHi, se aprobó el TUPA de la Municipalidad provincial de Huari, para el año 2004, el que se actualizado en el contexto de los lineamientos de mejoramiento y modernización administrativa establecidos por la Alcaldía; Que, con Ordenanza Nº 030-2004-MPHi, se aprobó el Nuevo Cuadro de Tasas de la Municipalidad Provincial de Huari, documento normativo específi co de los costos de recaudación fi nanciera del Gobierno Local; Que, habiéndose discutido y aprobado por el Concejo, en la Segunda Sesión Extraordinaria del día 15 de abril del 2009, el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, elaborado por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y presentado por la Comisión Ordinaria de Economía, Planifi cación y Presupuesto; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, el Decreto Legislativo Nº 757 - Ley. Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM y el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Huari, para el año 2009, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal y que comprende: Secretaria General de 04 ítems, Área de Personal de 05 ítems, Área de Rentas de 18 ítems, Área de Acondicionamiento Territorial de 35 ítems, Defensa Civil de 03 ítems, Área de Transporte Público y Seguridad Vial de 14 ítems, Área de Servicios Sociales de 01, Registro Civil de 12 ítems. Artículo Segundo.- El Texto Único de Procedimientos Administrativos de la presente Ordenanza entrará en vigencia, a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 031-2004-MPHi, así como todas las disposiciones Municipales que contravengan la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. EDWARDS D. VIZCARRA ZORRILLA Alcalde 362584-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe