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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398244 El 31 de julio del 2009, en Acto Público, se efectuará el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del ejercicio 2009. Dicho acto deberá contar con la presencia de un Notario Público y del representante del Ministerio Público, quienes tendrán la calidad de observadores, a efectos de certifi car la validez del mismo. Artículo 2º.- Requisitos para participar en el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009. Los requisitos para participar en el Primer Sorteo del Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009 1. No mantener deudas pendientes de pago con la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores al 31 de diciembre del 2008 2. Encontrarse al día en el pago de sus tributos del ejercicio 2009 3. Desistir de cualquier medio impugnatorio sobre obligaciones tributarias que hubiera interpuesto al momento de la entrada de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Contribuyentes que podrán participar en el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009. Podrán participar en el Primer Sorteo de premios a los vecinos VSJP, para el Ejercicio Fiscal 2009, todos aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo segundo de la presente Ordenanza, para ser considerados “Vecinos San Juanino Puntuales - VSJP”. Excepcionalmente, tendrán opción de participar en el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009, aquellos vecinos cuyo predio sea uso Casa-Habitación, que logren regularizar su situación tributaria hasta el 18 de Julio del 2009, quienes podrán cancelar sus deudas con un descuento del 100% por multas tributarias, así como la condonación del 100% de las costas y gastos originadas por deudas que se encuentren en Procedimiento de Ejecución Coactiva, con excepción de las originadas por las pericias realizadas a los bienes embargados. De otro lado, podrán acogerse aquellos contribuyentes que hayan suscrito convenios de Fraccionamiento, antes de la entrada de la vigencia de la presente Ordenanza, dentro del Marco de incentivos del acogimiento al “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP”, quienes deberán encontrarse al día en las cuotas pendientes de dichos fraccionamientos. Para tal efecto, la Gerencia de Rentas deberá publicar el 25 de julio del 2009 la relación de los Contribuyentes que se encuentran aptos para participar en el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009”. Dicha publicación deberá efectuarse en el Palacio Municipal y en la Página Web de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores. Artículo 4º.- Sistema de Opciones para participar en el “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009. Para efectos del primer sorteo “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009, se aplicará el siguiente sistema de opciones: Tres Opciones: Aquellos contribuyentes que hayan cancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales acotados hasta el 31 de diciembre del 2009. Dos Opciones: Aquellos Contribuyentes que hayan cancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales acotados y que durante el Ejercicio Fiscal 2009 hayan cancelado sus deudas dentro de la fechas de vencimiento de dicho ejercicio. Una Opción: Aquellos Contribuyentes que, excepcionalmente, hayan cancelado el total de sus deudas tributarias, por concepto del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales hasta el 18 de Julio del 2009. Así mismo, con respecto aquellos contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus cuotas del Convenio de Fraccionamiento, suscrito con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, hasta el 18 de Julio del 2009. Artículo 5º.- Premio Para el Primer Sorteo “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009, mediante la presente Ordenanza se dispone que, como premio se otorgue un automóvil cero kilómetros, para tal efecto se deberá efectuar la adquisición correspondiente conforme a Ley, debiéndose cargar el gasto en el Presupuesto Institucional 2009 al rubro de fi nanciamiento 08 Impuestos Municipales - Fuente de fi nanciamiento 05 – Recursos Determinados. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera Disposición Final.- FACÚLTESE al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue el plazo de vencimiento establecido en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza con respecto a la opción excepcional de participar en el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del Ejercicio Fiscal 2009, de aquellos vecinos cuyo predio sea de uso casa habitación, que logren regularizar su situación tributaria hasta el 18 de Julio del 2009, y a la fecha de realización del sorteo de ser el caso. Asimismo, a través de dicho dispositivo legal podrá disponer las normas reglamentarias de la presente ordenanza. Segunda Disposición Final.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal y demás Gerencias que conforman la Entidad. Tercera Disposición Final.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 365670-1 Aprueban Beneficio Tributario para el Fomento a la Inversión Privada en el distrito de San Juan de Miraflores, para predios destinados como uso de mercados y/o centros de abastos y comercios I y II ORDENANZA N° 000111–2009-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 20 de junio del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: VISTO, en Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, y de acuerdo al Informe N° 083-2009-MDSJM-GR, de la Gerencia de Rentas, Informe N° 518-2009-MDSJM/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Benefi cio Tributario para el Fomento de la Inversión Privada del Distrito de San Juan de Mirafl ores; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º y 192º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y; pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción; Que, el Artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135 99-EF,