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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (27/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398243 Aprueban Ordenanza de rebaja del pago por derecho de Carné de Sanidad ORDENANZA N° 000109-2009-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 18 de junio de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe No. 0179-2009-GDS-SGSPSLCP de la Sub Gerencia de Salud, Promoción Social y Lucha Contra la Pobreza; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194° de la constitución Política del Perú modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política económica y administrativa en los asunto de su competencia; Que, artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, señala que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos de contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, es competencia de los Gobiernos Locales el promover y organizar acciones de salud preventiva como lo establece el Artículo 80° Incisos 3.2, 3.4, 3.5 y 4.5 de la misma norma, sobre funciones específi cas exclusivas, de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales, siendo necesario tomar medidas preventivas en resguardo de la Salud Pública, sobre alteraciones climatológicas de la atmósfera y el medio ambiente, especialmente en los actuales momentos de la propagación del virus de la infl uenza tipo A H1N1, como también el rebrote de la TBC, en Nuestro Distrito; Que, resulta necesario por lo ante expuesto reducir los costos por derecho de carné, en benefi cio de los vecinos de San Juan de Mirafl ores, ya que el Carné de Salud ha demostrado ser un medio efi caz para la prevención y control de la salud e higiene de las personas que prestan diferentes servicios de atención al público y manipulación de alimentos en resguardo de la salud pública; Que, sobre el tema de reducción de los costos administrativos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativo, el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley de Procedimientos Administrativos General, señala que: una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derecho de tramitación o requisitos, se debe realizar según el nivel de gobierno respectivo; Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con el artículo 9° numeral 8, 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, y con el voto UNANIME de los señores regidores y con dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA DE REBAJA DEL PAGO POR DERECHO DE CARNÉ DE SANIDAD Artículo 1º.- REBAJAR el derecho de pago del trámite por Carné de Sanidad, debiéndose establecer en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, el nuevo porcentaje es de 0.281% de la U.I.T. vigente, esta ordenanza surtirá efectos solo para aquellos usuarios que cumplan con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA institucional. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, a la Sub Gerencia de Salud Promoción Social y Lucha Contra la Pobreza, a la Gerencia de Imagen Institucional, y demás áreas competentes. Artículo 3º.- la presente ordenanza empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 365662-1 Aprueban realización del Primer Sorteo del Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP del año 2009 ORDENANZA N° 000110-2009-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 18 de junio del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Informe N° 080-2009-MDSJM-GR de fecha 09 de Junio del 2009, evacuado por la Gerencia de Rentas y el informe Legal Nº 0497-2009-MDSJM/GAJ de fecha 08 de junio del 2009, evacuado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado y su modifi catoria dispuesta por Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es confi rmado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, conforme a los dispositivos legales vigentes, se establece que la Recaudación, Administración y Fiscalización de los tributos Municipales corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio; Que, dentro de la política de incentivo en el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias sustanciales y formales del contribuyente, a fi n de proveerse de los recursos necesarios para asegurar el fi nanciamiento de los servicios públicos a favor de la comunidad, mediante la Ordenanza Nº 000046- 2007-MDSJM, se aprobó la creación del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP”; Que, mediante lo dispuesto por el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 000046-2007-MDSJM, se creó el sistema de Premiación y Reconocimiento al “Vecino San Juanino Puntual” - VSJP, por el cual a los vecinos seleccionados como tal tendrán la opción de participar en los sorteos que organizará la Municipalidad para promover la conciencia tributaria e incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias del distrito de San Juan Mirafl ores; Que, continuando con el reconocimiento a la puntualidad de los vecinos de nuestro Distrito, a través del “Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP”, procede la realización del primer sorteo de Premios para el ejercicio 2009; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Estando a lo establecido por el Artículo 9° inciso 8) 38° y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el voto UNANIME de sus miembros, y con dispensa de la lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REALIZACIÓN DEL PRIMER SORTEO DEL PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO AL VECINO SAN JUANINO PUNTUAL - VSPJ DEL AÑO 2009 Artículo 1º.- Primer sorteo del “Programa de Reconocimiento al Vecino Puntual VSJP para el Ejercicio Fiscal 2009”