Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2009 (27/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de junio de 2009

tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en Registros Publicos. Asimismo, la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de diseno MORDAZA y diseno de vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A 120 de accesibilidad para personas discapacitadas. Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, se tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales, tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a disposicion un instrumento de gestion de ordenamiento del territorio mediante Planeamientos Integrales por sectores, motivo por el cual se intervienen en terrenos que forman parte del Sector Catastral Nº 26 y 27, cuya finalidad es el acondicionamiento progresivo en donde se han detectado terrenos rusticos, asi como ocupaciones y construcciones irregulares, debido al crecimiento desordenado de la poblacion, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar normas urbanisticas dentro del Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia que inserte los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente, determinando una estructura basica, promoviendo las gestiones de desarrollo y la promocion de la inversion, asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, es la encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas de la MORDAZA a pedido de los interesados que conforman parte del Sector Catastral Nº 26 y 27, por lo que se requiere mediante la presente Ordenanza la definicion de modulos viales locales, siendo la Municipalidad Distrital de Ate, la que deba aprobar la modificacion del Planeamiento Integral, por ser su competencia. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DE LA MODIFICACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES DE LA VIA PRINCIPAL Y SECUNDARIA DEL TERRENO UBICADO EN PARTE DEL SECTOR 26 Y 27 (EX FUNDO LA ESTRELLA) DE MORDAZA MORDAZA ENTRE LAS COORDENADAS 295,200E ­ 296,300E Y 8´670,500N ­ 8´671,300N Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del Planeamiento Integral de los modulos viales de la via principal y secundaria del terreno ubicado en parte del Sector 26 y 27 del ex Fundo La MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, que comprende el diseno de la via y sus componentes viales, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano signado con Nº 006-2009-PI-SGPUCGDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica, correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo

MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal y la Secretaria de Imagen Institucional, se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion para su conocimiento y fines. Articulo Quinto.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la modificacion del Planeamiento Integral de los modulos viales de la via principal y secundaria del terreno ubicado en parte del Sector 26 y 27 del Ex Fundo La MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes, una vez aprobados tendra caracter obligatorio debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 365454-3

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Ordenanza que establece el respeto y uso correcto de la zonificacion
ORDENANZA N° 316-2009-MDJM MORDAZA MORDAZA, 23 de junio del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, a los gobiernos locales les viene reconocida autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, los organos de gobierno local, promueven el desarrollo integral, armonico y sostenible de sus circunscripciones, constituyendo parte de sus funciones, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos publicos y privados de acuerdo con la zonificacion; Que, la Ley N° 28976 MORDAZA de Licencia de Funcionamiento establece en su articulo 3 que las instituciones, establecimientos o dependencias, incluidas las del sector publico, que se encuentren exoneradas de la obtencion de una licencia de funcionamiento, se encuentran obligadas a respetar la zonificacion vigente y

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