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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (27/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398230 Regional de Prevención y Atención a los Desastres de la Región Puno 2007-2010, como documento orientador de la política regional de prevención y atención de desastres y dicho documento forma parte del anexo de la presente Ordenanza Regional, presentado por la Sub Gerencia de Defensa Civil del Gobierno Regional Puno, con Ofi cio Nº 068-2007-GR-PUNO/GRRNMA-SGDC. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, el Plan Regional de Prevención y Atención a los Desastres en la Región Puno 2007-2010, como documento orientador de la política regional de prevención y atención de desastres; presentado por la Sub Gerencia de Defensa Civil del Gobierno Regional de Puno, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Implementar el Plan Regional de Prevención y Atención a los Desastres de la Región Puno 2007 – 2010 en todas las instituciones legales de Defensa Civil en el ámbito de la Región Puno. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Dispensar la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Puno para su promulgación. En Puno a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil siete. CARLOS BALDÁRRAGO ABARCA Consejero Delegado del Consejo Regional Puno POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la sede del Gobierno Regional Puno, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil siete. PABLO HERNAN FUENTES GUZMAN Presidente del Gobierno Regional de Puno 365858-1 Aprueban Plan de Operaciones de Emergencia de la Región Puno ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2009 POR CUANTO: El consejo Regional de Puno, en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de febrero del 2009, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, artículo15º literal a) de la norma señalada, es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; artículo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad al artículo 4º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regional indica “los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo” y el artículo 61º de la norma precitada, indica como función específi ca que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales; b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil; c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas; d) Promover y facilitar la formación y equipamiento de compañías de Bomberos Voluntarios en la región; e) Promover y apoyar la educación y seguridad vial; Que, la Subgerencia de Defensa Civil de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente y Defensa Civil, del Gobierno Regional de Puno, con Ofi cio Nº 033-2008-GR-PUNO/GRRNMA-SGDC, remite al Consejo Regional el Plan de Operaciones de Emergencia Regional Puno, para su aprobación; y la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional, emite el Dictamen Nº 001-2009-GR PUNO/CR-CORNMAyDC, señalando en la parte de conclusiones que el Plan de Operaciones de Emergencia Región Puno, se encuentra enmarcado dentro de la normatividad vigente y recomienda que el Consejo Regional, previo análisis y evaluación proceda aprobar; Que la Región Puno padece de fuertes variaciones climatológicas que han afectado los niveles de vida de la población del campo, principalmente, manifestándose en forma de sequías, heladas, inundaciones, granizadas, nevadas, vientos fuertes, tormentas eléctricas y otros peligros; que es una preocupación permanente para el Gobierno Regional de Puno y de la población en general; el Comité Regional de Defensa Civil, a través de su Secretaria de Defensa Civil, con apoyo del Proyecto OXFAM-PREDES, ha concluido elaborar el Plan Operativo de Emergencia de la Región Puno, con la fi nalidad de planifi car, direccionar y controlar las actividades de protección a la población en las etapas de prevención, emergencia y rehabilitación para mitigar los riesgos probables que originan situaciones de desastres que alteran la tranquilidad de la región; conforme al documento presentado y el Dictamen correspondiente, el Plan de Operaciones de Emergencia Regional Puno, ha sido elaborado teniendo como marco legal, el Decreto Ley Nº 19338, Ley del Sistema de Defensa Civil; y Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, Reglamento del SINADECI; Que el Plan de Operaciones de Emergencia de la Región Puno, está desarrollado en VI en seis (VI) partes; I. Situación actual y diagnóstico de riesgo de la región; II. Organización y misión del Comité Regional de Defensa Civil; III. Ejecución; IV. Instrucciones de coordinación; V. Administración y logística; VI. Control, coordinación y comunicaciones; y sus cinco Anexos, que contiene el expediente; que es conveniente uniformizar criterios en materia de Defensa Civil, para su ejecución dentro de la circunscripción del Gobierno Regional Puno, en tal virtud el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno aprueba el Plan de Operaciones de Emergencia Regional Puno, por unanimidad; Que en uso de las atribuciones conferidas por Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catoria Ley Nº 27902; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Operaciones de Emergencia de la Región Puno, que está desarrollado en seis (06) partes y cinco (05) Anexos; cuyos textos en calidad de Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que los Gobiernos Locales y sectores involucrados, formulen y aprueben sus Planes Subsidiarios en el marco del Plan de Operaciones de Emergencia de la Región Puno.