Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2009 (28/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de junio de 2009

(10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 2 del titulo preliminar de la ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, concordantes con articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, los gobiernos locales, Gozan de Autonomia Politica, economica y administrativa de los asuntos de su competencia; promueven el desarrollo, la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas, planes Nacionales y Regiones de desarrollo. Que, al articulo 41 de la acotada Ley, expresa que los acuerdos son decisiones que toma el consejo, referida asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo del gobierno para practicar un determinado o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, el Art. 22 del D. Leg. N° 1017 considera situacion de desabastecimiento inminente, a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la entidad tiene a su cargo. Que, el Art. 129 del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 1842008-EF, establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendo invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que exceda el lapso de tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion y por cantidades que excedan lo necesario para atender el desabastecimiento. En ese sentido, teniendo en cuenta que la no ejecucion del proyecto denominado: "Construccion del Sistema de Desague del Sector Mapresa ­ Naranjillo , Distrito de Luyando ­ MORDAZA MORDAZA ­ Huanuco" afecta directamente el servicio publico como es la salud humana, por lo que consideramos que la contratacion de la ejecucion de la obra mediante exoneracion por causal de emergencia y desabastecimiento inminente, es de vitalidad y tiene el caracter de urgente; por lo que la "Construccion del Sistema de Desague del Sector Mapresa- Naranjillo, Distrito de Luyando ­ MORDAZA MORDAZA ­ Huanuco" es adecuada y conveniente en funcion a las metas tanto del Gobierno Local, como del Gobierno Regional y Nacional, MORDAZA si se cuenta con expediente tecnico concluido. Que, en sesion extraordinaria de concejo de fecha 22 de MORDAZA del 2009, los miembros del concejo acordaron por unanimidad exonerar el MORDAZA de seleccion por causal de situacion de emergencia y desabastecimiento inminente, la contratacion para la ejecucion y supervision de la obra denominada "Construccion del Sistema de Desague del Sector Mapresa - Naranjillo, distrito de Luyando ­ MORDAZA MORDAZA ­ Huanuco" . Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 23 del D. Leg. N° 1017 "Se entiende por situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional". Que, a su vez, el articulo 141° del reglamento de la citada Ley aprobada mediante Decreto supremo N°08942004-PCM, establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso requerido para paliar la situacion y satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion. Que, por Decreto Supremo N° 007-2009 ­ Vivienda, de fecha 01 de MORDAZA de 2009, se aprobo una transferencia financiera de partidas para financiar diversos proyectos de inversion del Programa Agua Para Todos y del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, correspondiendole a la Municipalidad

Distrital de Luyando, la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE Y TRES CON 00/100 Nuevos Soles. (S/. 5 551,623.00), de acuerdo al Convenio N° 066-2009VIVIENDA/VMCS. Correspondiendo al presente ejercicio economico, la suma de: TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 886,137.00). Consecuentemente el MORDAZA y los Regidores en pleno y por Unanimidad; ACUERDAN: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de emergencia la ejecucion y supervision de la obra denominada "Construccion del Sistema de Desague del sector Mapresa ­ Naranjillo, Distrito de Luyando ­ MORDAZA Prado- Huanuco". Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion por causal de situacion de emergencia y desabastecimiento inminente la construccion y supervision de la obra denominada "Construccion del Sistema de Desague del sector Mapresa - Naranjillo, Distrito de Luyando ­ MORDAZA MORDAZA ­ Huanuco". Articulo Tercero.- ENCARGAR el Cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Administracion y Finanzas y al Comite Especial de Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Luyando - Naranjillo. Unidad de Contabilidad, Tesoreria y demas areas competentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 365738-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la "Ampliacion del Plazo de Vigencia del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza, creado mediante el Acuerdo Amplio Peruano - Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad"
Entrada en vigencia de la "Ampliacion del Plazo de Vigencia del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza, creado mediante el Acuerdo Amplio Peruano - Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad", suscrito el 1 de junio de 2007, en la MORDAZA de Tumbes, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 058-2007-RE de 20 de noviembre de 2007, publicado el 21 de noviembre de 2007. Entro en vigencia el 3 de octubre de 2008. 365864-1

Entrada en vigencia del "Acuerdo de Cooperacion en el MORDAZA Veterinario entre el Ministerio de Agricultura de la Republica del Peru y el Ministerio de Agricultura y Ganaderia de la Republica del Paraguay"
Entrada en vigencia del "Acuerdo de Cooperacion en el MORDAZA Veterinario entre el Ministerio de Agricultura de la Republica del Peru y el Ministerio de Agricultura y Ganaderia de la Republica del Paraguay", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, el 5 de noviembre de 2002 y ratificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-RE de 21 de enero de 2003, publicado al igual que el texto del Acuerdo el 28 de enero de 2003. Entro en vigencia el 5 de noviembre de 2002. 365866-1

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