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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2009 (01/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de marzo de 2009 391652 información deberá ser alcanzada en los meses de febrero y agosto de cada año. 42.2.4 En los casos en que se determine que las toneladas en exceso no corresponden a una determinada embarcación pesquera, las toneladas en exceso serán pagadas por el establecimiento industrial pesquero que efectuó la declaración de dicha embarcación, teniendo como referencia el valor comercial de mercado del recurso por cada tonelada de exceso, dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de efectuada la comunicación. En caso de incumplimiento la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero procederá a suspender la respectiva licencia de operación, hasta que efectúe el pago correspondiente. 42.2.5 La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero vérificará semestralmente en los meses de febrero y agosto el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas mensuales. El incumplimiento en la presentación de las declaraciones juradas mensuales, conllevará la suspensión del permiso de pesca.” “Artículo 43°.- Incumplimiento del pago de derechos y caducidad del permiso de pesca 43.1. El incumplimiento del pago del derecho de pesca dentro del plazo establecido en el numeral 41.1 del artículo 41° del presente Reglamente conlleva la caducidad del permiso de pesca y faculta al Ministerio de la Producción al cobro del doble del valor impago. 43.2. La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero verifi cará semestralmente en los meses de febrero y agosto, el cumplimiento del pago de los derechos de pesca. 43.3. Verificado el incumplimiento, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero en los meses de marzo y setiembre de cada año iniciará el procedimiento de caducidad de los permisos de pesca. 43.4. Los pagos que se efectúen después del plazo establecido en el numeral 41.1 del artículo 41° del presente Reglamento, no impiden la caducidad del derecho de pesca ni el cobro establecido en el artículo 43.1 del presente Reglamento. 43.5. Declarada la caducidad del permiso de pesca se ofi ciará a la Autoridad Marítima a fi n de que impida el zarpe de dichas embarcaciones.” Artículo 2°.- Incorporación de los literales g) y h) al numeral 7.1 del Acápite VIl, del Anexo del Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, mediante el cual “Crean el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” Incorporar los literales g) y h) al numeral 7.1 del Acápite VIl, del Anexo del Decreto Supremo N° 027- 2003-PRODUCE, mediante el cual “Crean el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, en los términos siguientes: “g) Están obligadas a entregar a los armadores, bajo responsabilidad, copia de las “Actas de Inspección EIP” en el momento del desembarque y pesaje; suscribiendo con el representante del establecimiento industrial pesquero y el armador, representante legal o patrón de la embarcación pesquera, el Acta como medio de prueba de la cantidad desembarcada. h) Remitirán diariamente al Ministerio de la Producción las “Actas de Inspección EIP”. Dichas Actas se elaborarán por cada embarcación pesquera.” Artículo 3°.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de la Producción y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICION COMPLEMENTARIA El tratamiento administrativo de los derechos de pesca que aún se encuentren pendientes de pago, se efectuará con arreglo a la normatividad vigente en cada ejercicio anual y en base a las disposiciones complementarias que emitirá el Ministerio de la Producción para viabilizar el pago de los derechos de pesca adeudados y/o presentación de las declaraciones juradas mensuales que deben presentar los armadores pesqueros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 317995-2 Designan Directora General de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2009-PRODUCE Lima, 27 de febrero del 2009 VISTOS: el Memorando Nº 0969-2009-PRODUCE/ SG de la Secretaría General y el Informe Nº 064-2009- PRODUCE/OGAJ-NKICS de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 868-2008- PRODUCE del 30 de diciembre de 2008, se aceptó con efectividad al 31 de diciembre de 2008, la renuncia al cargo de Director General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto formulada por el señor Jorge Alberto Zapata Gallo; Que, con Resolución Ministerial Nº 001-2009- PRODUCE de fecha 5 de enero de 2009, se encargó, a partir de dicha fecha, el puesto de Director General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto al señor Gustavo Adolfo Morales Tarazona, Director de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la indicada Ofi cina General, en tanto se designe al titular; Que, mediante el Memorando Nº 0969-2009- PRODUCE/SG la Secretaría General solicita se designe a la ingeniera Rayda Ruth Jerónimo Zacarías en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, dándose por concluido el encargo de puesto a que se refi ere la Resolución Ministerial Nº 001-2009- PRODUCE; Que, en tal sentido debe dictarse el acto de administración por el cual se designe a la ingeniera Rayda Ruth Jerónimo Zacarías, en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, cargo que es considerado de confi anza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; Con el visto bueno de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la ingeniera RAYDA RUTH JERÓNIMO ZACARÍAS en el cargo de