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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2009 (01/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de marzo de 2009 391666 Modifican o actualizan artículos del Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital ORDENANZA Nº 258-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 25 de febrero de 2009 los dictámenes Nº 010-2009-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Nº 01-2009-CCPV/ MSI de la Comisión de Comunicaciones y Participación Vecinal; y CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 160-MSI, publicada el 26 de julio del 2006, se aprobó el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro; Que, mediante Informe Nº 016-2009-0210-SGPV- GM/MSI, la Subgerencia de Participación Vecinal propone actualizar y/o modifi car algunas disposiciones de la citada ordenanza; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, Numeral 8, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ACTUALIZA Y/O MODIFICA ARTICULOS DEL REGLAMENTO DE CONFORMACION DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Artículo Primero.- Actualizar y/o modifi car los Artículos 9º, 12º, 14º, 17º, 19º, 32º, 33º y 36º del Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 160- MSI, en los términos siguientes: “Artículo 9º: Apertura del Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San Isidro.- (…) La Municipalidad Distrital de San Isidro, a través de la Subgerencia de Participación Vecinal abrirá un Libro de Registro para las Organizaciones del distrito de San Isidro. (…)” “Artículo 12º: Requisitos para solicitar inscripción.- Para inscribirse en el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San Isidro, se requiere presentar: -Formato de Solicitud equivalente a Declaración Jurada, otorgada por la Subgerencia de Participación Vecinal. (…)” “Artículo 14º: Recursos Administrativos.- Contra la denegatoria de la solicitud de inscripción procede opcionalmente el recurso de reconsideración que lo resuelve la Subgerencia de Participación Vecinal y el recurso de apelación lo resuelve la Gerencia Municipal en uso de sus facultades delegadas. (…)” “Artículo 17º: Convocatoria.- El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los representantes de las Organizaciones del distrito de San Isidro ante el Consejo de Coordinación Local, con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días calendarios antes del vencimiento del mandato de dichos representantes. (…)” “Artículo 19º: Conformación.- El Comité Electoral estará integrado por los siguientes miembros: TITULARES - El Subgerente de Participación Vecinal, quien lo preside. - El Secretario General, quien será el secretario, y - Un asesor de Gerencia Municipal quien realiza las funciones de vocal. SUPLENTE - El Subgerente de Cultura”. “Artículo 32º: Acto Electoral.- El acto electoral se realizará el día y hora señaladas en el Decreto de Convocatoria a que se refi ere el artículo 17º del presente Reglamento. (…)” “Artículo 33º: Instalación de la mesa:- Los miembros de mesa se reunirán una hora antes del inicio del acto electoral en el lugar establecido en la convocatoria, verifi cando que el material se encuentre conforme. (…)” “Artículo 36º: Culminación de la votación.- La votación concluirá a la hora señalada en la convocatoria, levantándose el Acta de Sufragio, salvo la excepción establecida en el último párrafo del artículo 32º que antecede. (...)” Artículo Segundo.- Incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Isidro, las actualizaciones y/o modifi caciones efectuadas al procedimiento de inscripción en el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San Isidro. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil nueve. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 317567-3 Otorgan facilidades para inscripción de Organizaciones de la Sociedad Civil en el Libro de Registro de Organizaciones creado por Ordenanza N° 160-MSI ORDENANZA Nº 259-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 25 de febrero de 2009 los dictámenes Nº 011-2009-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Nº 02-2009-CCPV/MSI de la Comisión de Comunicaciones y Participación Vecinal; y CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 160-MSI se aprobó el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local, en cuyo Título III se crea el Libro de Registro de Organizaciones del distrito de San Isidro como un instrumento público que acredita la representación de la organización social debidamente inscrita en el mismo;