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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de marzo de 2009 391659 Con el debido respeto por la decisión de la mayoría, emito el siguiente voto: VOTO EN DISCORDIA DE LA CONSEJERA DRA. SONIA TORRE MUÑOZ VISTOS, el expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud de su menor hija presentada por el magistrado Luis Alberto Garzón Castillo, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de Tarapoto, Corte Superior de Justicia de san Martín; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, el magistrado recurrente, viene ejerciendo función jurisdiccional en el distrito judicial de San Martín, desde el veinticinco de abril del año dos mil cinco, al haber sido nombrado Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Penal, mediante resolución Nº 624-2005-CNM del 05 de abril del referido año; Segundo: Que, su ejercicio funcional, se ha visto opacado por la enfermedad de su menor hija V.G.C.; quien casi desde la fecha de su instalación en dicha sede judicial, comenzó a sufrir constantes problemas bronquiales y alérgicos; aparejando su dicho con los informes médicos de folios diez y once, emitidos por el Ministerio de Salud – Hospital de Apoyo I - Banda de Shilcayo, donde se evidencia que la menor fue tratada en el Hospital Banda de la citada localidad en el servicio de pediatría, al presentar un cuadro asmático, con bronco dilatadores y corticoesteroides; precisándose que por las condiciones climatológicas y entorno no se permite una mejora total, sugiriéndose a su mérito tratamiento por alergista en un Centro de Mayor Complejidad así como cambio de clima, concordante ello con el Informe Médico de Essalud de Tarapoto inserto a folios doce; Tercero: El reglamento de traslados de magistrados, aprobado por resolución Administrativa número 052-93-CE-PJ establece en su artículo tercero, que por razones de salud, se entiende cuando la atención de una dolencia del magistrado, su cónyuge o hijos menores requiera tratamiento especializado permanente que no se pueda obtener en la sede de origen, o cuando su clima o ubicación geográfica les sean perjudiciales a su salud; sin embargo en el caso materia de pronunciamiento, nos encontramos que el articulante no ha colmado las exigencias formales para sustentar válidamente su traslado, pues sólo corre en Autos el informe médico sustentatorio favorable del IPSS de su lugar de origen, obviándose presentar el correspondiente al lugar de destino, omisión que genera en inviable por ahora el petitorio; Por tales consideraciones, de conformidad a lo previsto en el artículo 82º, inciso - 12 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, MI VOTO, es como sigue: Artículo Primero.- Declarar infundada la solicitud de traslado por motivos de salud de su hija presentada por el magistrado Luis Alberto Garzón Castillo, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de Tarapoto, Corte Superior de Justicia de San Martín. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al señor Presidente de la Corte Superior de San Martín y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Lima, 4 de setiembre de 2008 SONIA B. TORRE MUÑOZ Consejera Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 317720-1 Cesan por límite de edad a Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 060-2009-CE-PJ Lima, 27 de febrero de 2009 VISTO: El informe Nº 005-2009-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del señor Nilo Raúl Palacios García, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Suprema Nº 179-90-JUS, de fecha 28 de junio de 1990, se nombró al señor Nilo Raúl Palacios García Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; Segundo: Que, el artículo 245º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantía o jubilación; Tercero: Al respecto, del informe Nº 005-2009- GPEJ-GG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de la partida de nacimiento y de la fotocopia de la fi cha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el señor Nilo Raúl Palacios García nació el 1 de marzo de 1939, y en consecuencia el 1 de marzo del año en curso cumplirá setenta (70) años de edad; por ende corresponde disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en el inciso a) del artículo 35º del Decreto Legislativo Nº 276, concordado con el artículo 186º, inciso a), del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 1 de marzo del año en curso, al señor Nilo Raúl Palacios García en el cargo de Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 317720-2