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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de marzo de 2009 391671 participación de los diferentes actores sociales del distrito en la programación, formulación, aprobación, gestión, evaluación y vigilancia del Presupuesto Participativo Municipal que permita planifi car, identifi car y priorizar los proyectos de inversión pública ha ser incorporados en el Presupuesto Institucional de cada Año Fiscal y así alcanzar los objetivos de desarrollo para el Distrito de San Juan de Lurigancho de acuerdo al Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado 2005-2015, 2.2. Declarar de interés y de necesidad pública el fomento de acciones de participación, concertación y desarrollo planifi cado para el logro de los objetivos comunes de la población a través del Presupuesto Participativo Municipal. Artículo 3º.- MARCO LEGAL.- 3.1. Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 3.2. Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización del Estado 3.3. Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización y Modifi catorias 3.4. Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y Modifi catorias 3.5 Ley Nº 28056 Ley Marco de Presupuesto Participativo y Modifi catorias 3.6. Decreto Supremo Nº 171-2003-EF Reglamento de la Ley Marco de Presupuesto Participativo 3.7. Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano y Modifi catorias 3.8. Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto y Modifi catorias 3.9. Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y Modifi catorias Artículo 4º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- La aplicación de la presente Ordenanza comprende el ámbito geográfi co distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo 5º.- DEFINICIONES GENERALES.- Las defi niciones generales en el contexto de la presente Ordenanza son: 5.1. PROCESO PARTICIPATIVO.- Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo integral de nuestro distrito, que incluye la participación de la población, en el proceso de toma de decisiones. Los productos más importantes del Proceso Participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. 5.2. PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO.- Es un instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso de presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad. 5.3. PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL.- Es un instrumento orientador de la gestión o q u e h a c e r institucional del Local, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la Visión del Desarrollo, los Objetivos Estratégicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, y los lineamientos establecidos en los PESEM. Contiene los Objetivos Institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el marco de sus competencias. En el caso de los Gobiernos Locales, el PEI equivale al Plan de Desarrollo Institucional señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades. 5.4. SISTEMA DE PLANIFICACION PARTICIPATIVA.- Sistema integrado de planifi cación y participación ciudadana, como sistema local participativo permite articular las instancias para la participación y concertación entre el Gobierno Local, las Organizaciones Sociales de Base y los vecinos, en las acciones y procesos de planifi cación y de gestión pública para el Desarrollo Integral de nuestro Distrito. 5.5. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- El Presupuesto Participativo es el espacio y proceso de concertación de la inversión entre la población y las autoridades, para promover el desarrollo local con una visión de futuro concertada y es el mecanismo de realización del Plan de Desarrollo Concertado. Contribuye al mejoramiento de la Gobernabilidad Local, la efi ciencia y transparencia en la gestión pública, el control social de los recursos y empoderamiento de la ciudadanía en las decisiones del Gobierno Local, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de objetivos estratégicos. 5.6. AGENTES PARTICIPANTES.- Entiéndase por agentes participantes a quienes participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones en el proceso del presupuesto participativo. Están integrados por los miembros de las instancias del Sistema de Planifi cación Participativa: CCLD, Juntas Vecinales, comité de vigilancia ciudadana, el Concejo Municipal, funcionarios de los sectores públicos que desarrollen acciones en el ámbito del distrito, los representantes de la sociedad civil debidamente acreditados de acuerdo al artículo 5° del reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y los ciudadanos que se inscriban en el proceso. 5.7. TALLERES O ASAMBLEAS DE TRABAJO.- Reuniones convocadas por el Alcalde o su representante con la fi nalidad de identifi car desde una perspectiva temática y territorial, los problemas y potencialidades de nuestro distrito, las acciones a implementarse y también se defi nen los criterios de priorización para las acciones propuestas. 5.8. SOCIEDAD CIVIL: Comprende alas organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a organismos e instituciones privadas dentro de la jurisdicción del distrito. CAPITULO II DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL Artículo 6º.- PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- El proceso del Presupuesto Participativo se inspira y fundamenta en los principios de participación, transparencia, gestión moderna y por objetivos, rendición de cuentas, inclusión social, efi cacia, efi ciencia, equidad e igualdad, tolerancia, lucha contra la pobreza, sostenibilidad, imparcialidad, competitividad, respeto a los acuerdos, neutralidad, subsidiaridad entre los niveles de gobierno, consistencia de las políticas locales y concordancia de las mismas con las políticas metropolitanas, regionales y nacionales, especialización de las funciones, competitividad, cooperación, integración y respeto de los acuerdos. Artículo 7º.- CARACTERISTICAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- El proceso del Presupuesto Participativo se caracteriza por ser un proceso competente, programable y articulado, coordinado, concertado, sostenible y multianual y participativo. Artículo 8º.- OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- Los objetivos del Presupuesto Participativo Municipal son: 7.1. Generar el uso efi ciente del gasto Municipal en función a la planifi cación del desarrollo local. 7.2. Propiciar una cultura de responsabilidad fi scal, concertación y paz en la sociedad. 7.3. Promover la democracia participativa y la descentralización de las decisiones de la gestión Municipal en la inversión. 7.4. Fortalecer la participación ciudadana y a las Organizaciones Sociales de Base. 7.5. Generar los mecanismos de control y vigilancia ciudadana. 7.6. Consolidar los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas así como el programa municipal informativo sobre los derechos de participación y control ciudadano.