Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2009 (08/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392001

2006/DEMID/OEA/DISA-II-LS aprobada por Resolucion Ministerial Nº 505-06-DISA-II-LS/DG. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria constatar la subsanacion de las observaciones tecnicas existentes segun Acta de Inspeccion Nº 13-I-2005. Articulo Cuarto.- Notificar la presente Resolucion al Interesado, Direccion General, Direccion de Economia y Direccion de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria de la MORDAZA II MORDAZA Sur, a la Superintendencia de Administracion Tributaria SUNAT y a la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva de Medicamentos Insumos y Drogas Direccion de Salud II - MORDAZA Sur 320064-2 DIRECCION DE SALUD II MORDAZA SUR RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 021-2009-DEMID-DISAII-L.S./MINSA Barranco, 20 de enero del 2009

dicho documento que en un plazo de cinco (05) dias de recibido el documento se cumpla con las formalidades estipuladas en el TUPA/MINSA, de lo contrario seria sancionado por incurrir en infraccion y se procedera al cierre temporal por medida de Seguridad Sanitaria conforme lo establece el articulo 84º y 87º del D.S. Nº 021-2001-SA, con el fin de proteger y evitar que se cause riesgo o dano a la salud de la poblacion; no habiendo subsanado el defecto incurrido hasta la fecha, pues no se ha realizado la comunicacion respectiva con respecto al profesional Regente; Que, en el acto cometido el administrado ha incurrido en la infraccion numeral 37 de la R.M. Nº 304-2002-SA/ DM Escala de Multas por Infracciones al Reglamento de Establecimientos por lo que le corresponde una multa de 3 UIT por la infraccion cometida y el cierre temporal porque a la fecha el establecimiento farmaceutico no cuenta con Quimico Farmaceutico Regente; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26842 Ley General de Salud, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 021-2001SA Reglamento de Establecimientos Farmaceuticos y Resolucion Ministerial Nº 304-2002/SA/DM Escala de Multas por Infracciones al Reglamento de Establecimientos Farmaceuticos; Estando a lo propuesto por la Direccion de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria; En uso de las Facultades conferidas en la Resolucion Ministerial Nº 341-2006/MINSA; SE RESUELVE:

Visto el Informe Nº 042-2009-DFCVS- DEMID-DISA II L.S./MINSA formado a partir del Informe Tecnico Nº 02-2008DEMID-DFCVS-AREF-DISA II LS del 29 de diciembre del 2008; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26842 Ley General de Salud en su titulo Preliminar Articulo II establece que la proteccion de la salud es de interes publico, por tanto, es responsabilidad del estado regularla, vigilarla y promoverla; en su articulo 49º precisa que, la Autoridad de Salud es la encargada del control sanitario de los productos farmaceuticos y galenicos, asi como de velar por el cumplimiento de las disposiciones que sobre la materia se establecen en la presente Ley y el Reglamento; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 341-2006/MINSA en su articulo 30º inciso b) faculta a la Direccion Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas a controlar y vigilar los establecimientos farmaceuticos de dispensacion y expendio de productos farmaceuticos y afines publicos y no publicos, asi como aplicar las medidas de seguridad sanitaria y las sanciones que correspondan. Asi mismo el articulo 31º inciso i) faculta a la Direccion de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria a disponer el cierre temporal o definitivo de los establecimientos farmaceuticos de dispensacion por la aplicacion de sanciones o medidas de seguridad sanitaria; Que, el 19 de diciembre del 2008 fue notificado el oficio Nº 2044-08 AREF-DFCVS-DEMID-DISA II LS de fecha 09 de diciembre del 2008 a la botica Rowy, ubicada Av. MORDAZA MORDAZA Nº 549, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, cuyo propietario es don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con DNI Nº 41392053, con Registro en la Direccion Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas Nº 3277-08 del 26 de agosto del 2008 y RUC Nº 10413920537 del 06 de marzo del 2003; Que, en el mencionado oficio se pone atencion al expediente 4555-08/ DEMID del 03 de diciembre del 2008 donde se comunica la renuncia de la Quimico Farmaceutica MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la Regencia del establecimiento farmaceutico, sin que a la fecha de emision del oficio MORDAZA comunicado el nombre del profesional que asumiria la Regencia, sustrayendo de

Articulo Primero.- Sancionar con una multa equivalente a 03 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente a la fecha en que se le impone la multa a la botica Rowy, ubicada Av. MORDAZA MORDAZA Nº 549, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, cuyo propietario es don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con DNI Nº 41392053 y RUC Nº 10413920537 del 06 de marzo del 2003, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Aplicar como Medida de Seguridad Sanitaria el Cierre Temporal de las actividades a la botica Rowy, ubicada Av. MORDAZA MORDAZA Nº 549, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA hasta que subsane las observaciones, otorgandosele un plazo MORDAZA de 4 meses, MORDAZA del cierre definitivo, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria constatar la subsanacion de las observaciones tecnicas Articulo Cuarto.- El importe de la multa sera abonado en la Direccion de Economia de la MORDAZA II MORDAZA Sur, conforme lo establece el articulo 21º de la Directiva Nº 003-2006/DEMID/OEA/DISA-II-LS aprobada por Resolucion Ministerial Nº 505-06-DISAII-LS/DG, se pagara el 50% de la multa, si el pago se efectua solo dentro de los 10 dias habiles de notificada la Resolucion que impone la multa, pasado este termino se podra acoger a las demas facilidades enunciadas en los articulos del 22º al 27º de la Directiva MORDAZA citada, caso contrario se procedera conforme a los articulos 28º y 29º de la Directiva Nº 003-2006/DEMID/OEA/ DISA-II-LS aprobada por Resolucion Ministerial Nº 50506-DISA-II-LS/DG.; debiendo tener en cuenta que para acceder a los beneficios contemplados en los articulos MORDAZA mencionados, debera adjuntar por escrito con firma legalizada notarialmente el desistimiento de accionar cualquier recurso impugnatorio en contra de la presente Resolucion, conforme lo establece el MORDAZA y tercer parrafo del articulo 20º de la Directiva Nº 0032006/DEMID/OEA/DISA-II-LS aprobada por Resolucion Ministerial Nº 505-06-DISA-II-LS/DG. Articulo Quinto.- Notificar la presente Resolucion al Interesado, a la Direccion General, Direccion de Economia y Direccion de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria de la MORDAZA II MORDAZA Sur, a la Superintendencia de

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