Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2009 (08/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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POR TANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de marzo de 2009

La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA a los treinta dias del mes de enero del ano 2009 y mando que se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 319121-1

31 de Marzo del 2009 el pago del primer bimestre de los Arbitrios Municipales 2009 aprobados por la Ordenanza Nº 207-MDS. Articulo 3º.- Organos Competentes.- La Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional quedan encargadas del adecuado cumplimiento y difusion del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 320495-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan fechas de del Impuesto Predial Municipales 2009 vencimiento y Arbitrios

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Disponen la incorporacion del uso del lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones y documentos que emitan los organos de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 185-MVES MORDAZA El MORDAZA, 26 de febrero de 2009 Visto: El Dictamen de la Comision de Participacion Ciudadana e Integracion Social relacionado al uso del lenguaje inclusivo en MORDAZA El MORDAZA y en todas las comunicaciones que emita la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2, del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y, que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole; Que, el Peru ha suscrito y ratificado varios compromisos internacionales, tales como la "Convencion sobre la Eliminacion de todas las formas de Discriminacion contra la Mujer" (CEDAW 1979), el "Consenso de Mexico de la IX Conferencia Regional de la Mujer de MORDAZA Latina y El Caribe" (2003) y, las "Metas del Milenio para el ano 2015", a traves de los cuales se acordo la promocion de la igualdad entre los sexos y la autonomia de la mujer, el compromiso de consagrar en su constitucion politica y en cualquier otra legislacion apropiada el MORDAZA de la igualdad del hombre y de la mujer y garantizar por ley u otros medios apropiados la realizacion practica de ese MORDAZA y asegurar el pleno desarrollo de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y goce de sus derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre; Que, el Gobierno Peruano, mediante el Acuerdo Nacional, en su decimo primera politica de estado: "Promocion de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminacion", se ha comprometido a dar prioridad efectiva a la promocion de la igualdad de oportunidades, reconociendo que en nuestro MORDAZA existen diversas expresiones de discriminacion e inequidad social, en particular contra la mujer, la infancia, las personas adultas mayores, las personas integrantes de comunidades etnicas, las personas discapacitadas y las personas desprovistas de sustento, entre otras; y, que la reduccion y posterior erradicacion de estas expresiones de desigualdad requieren de acciones afirmativas por parte del Estado y de la Sociedad, aplicando politicas y estableciendo mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades economicas y sociales para toda la poblacion; Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, adopto como politica institucional el uso del lenguaje inclusivo, que es un indicador de avance en cuanto a equidad y se sustenta que el lenguaje y las imagenes inducen a la formacion de entornos e influyen en el comportamiento como actitudes y decisiones que emponderan a las personas;

DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2009-MDS Surquillo, 27 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO el Informe Nº 019-09/GR-MDS del 27/02/2009 emitido por la Gerencia de Rentas mediante el cual solicita se prorrogue la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Impuesto Predial podra cancelarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo la primera cuota pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el tercer parrafo del articulo 8º de dicho cuerpo legal, que asigna a esta Municipalidad Distrital la recaudacion, administracion y fiscalizacion del impuesto predial, resulta conveniente disponer la prorroga del plazo descrito en el parrafo anterior; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 207-MDS se establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de Surquillo para el Ejercicio Fiscal 2009, ratificada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 615, ambos publicados el 31/12/08 en el Diario Oficial, senalandose en el articulo 14º que la obligacion de pago del primer bimestre vence el 27 de Febrero de 2009, disponiendo al MORDAZA, en su Primera Disposicion Complementaria y Final, extender las fechas de vencimiento mediante Decreto de Alcaldia; Que, en atencion a dichas disposiciones, y conforme al Informe de Vistos, resulta conveniente brindar al contribuyente surquillano las facilidades del caso para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias evitandoles asi mayores recargas impositivas; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: PRORROGA FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2009 Articulo 1º.- Prorroga del pago del Impuesto Predial.Prorroguese hasta el 15 de Marzo del 2009 el pago al contado o el pago de la primera cuota, en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2009. Articulo 2º.- Prorroga del pago del Primer Bimestre de los Arbitrios Municipales 2009.- Prorroguese hasta el

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