Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2009 (08/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 017-2009-CE-PJ MORDAZA, 16 de enero de 2009 VISTOS:

392009

Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1,535 habitantes, conjuntamente con el Centro Poblado de Ligahuasi, Anexo de Cucuya, Anexo de Pichccahuasi, Anexo de Ccollpapata, Barrio de Pallccapampa, Barrio de MORDAZA MORDAZA de Llillinta, Barrio La Mar, Barrio de Pueblo MORDAZA, Barrio de Paria, Barrio de Agua MORDAZA y Barrio de Telepata; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a 67 kilometros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse en acemila o a pie por MORDAZA de herradura durante un minimo de 8 horas, o en camioneta rural; lo cual significa gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, los Informes Nº 004-2008-LFMF-CE/PJ y Nº 187-2008-SEP-GP-GG-PJ, de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y de la Gerencia General de Poder Judicial, concluyen que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Llillinta, Distrito de Pilpichaca, Provincia de Huaytara, y Departamento de Huancavelica; asimismo, en dichos informes aparecen los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe 56 a 58, sin la intervencion de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA Minano y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Llillinta, con competencia ademas en el Centro Poblado de Ligahuasi, Anexo de Cucuya, Anexo de Pichccahuasi, Anexo de Ccollpapata, Barrio de Pallccapampa, Barrio de MORDAZA MORDAZA de Llillinta, Barrio La Mar, Barrio de Pueblo MORDAZA, Barrio de Paria, Barrio de Agua MORDAZA y Barrio de Telepata; Distrito de Pilpichaca, Provincia de Huaytara, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen en el informe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 320615-1

El Oficio Nº 904-2008-P-CSJAY/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 192-2008-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Totorabamba, Distrito de Vinchos, Provincia de Huamanga, y Departamento de MORDAZA, presentada por autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1,080 habitantes; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a 18 kilometros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse durante aproximadamente una hora en camioneta por trocha carrozable; lo cual significa gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 192-2008-SEP-GPGG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Totorabamba, Distrito de Vinchos, Provincia de Huamanga, y Departamento de Ayacucho; asimismo, en dicho informe aparecen los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 101 a 103, sin la intervencion de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA Minano y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Totorabamba, Distrito de Vinchos, Provincia de Huamanga, Departamento y Distrito Judicial de Ayacucho. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a

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