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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de marzo de 2009 392105 Otorgan autorización a la Escuela Robert Bosh S.R.L. para impartir cursos de capacitación y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 968-2009-MTC/15 Lima, 27 de febrero de 2009 VISTO: Las Solicitudes con Registros Nºs. 003867, 003868, 003869 y 003870 recibidos el 12.02.09, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 31.10.2008 se emitió la Resolución Directoral Nº 10907-2008-MTC/15 mediante la cual se otorgó a la Escuela de Conductores Profesionales Robert Bosh Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - Escuela Robert Bosh SRL, en adelante Escuela Robert Bosh SRL, autorización como Escuela de Conductores Profesionales Especializados, a fi n de brindar únicamente instrucción a los postulantes a licencias de conducir de la clase A categoría III Profesional Especializado; Que, con fecha 26.01.09 se emitió la Resolución Directoral Nº 353-2009-MTC/15 mediante la cual se otorgó a la Escuela Robert Bosh SRL la modifi cación de los términos de su autorización aprobada mediante Resolución Directoral Nº 10907-2008-MTC/15 a fi n de ser autorizada como Escuela de Conductores Integrales para que pueda impartir los conocimientos teórico - prácticos, las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c; Que, con fecha 12.02.09 la Escuela Robert Bosh SRL presenta 4 documentos mediante los cuales: a. Con Solicitud de Registro Nº 003867 pide se le autorice la incorporación a su plana docente del señor Javier Delgado Mamani, quien se desempeñará como Instructor de Seguridad Vial, b. Con Solicitud de Registro Nº 003868 pide se registre la designación del nuevo Director de la Escuela de Conductores, señor Iván Arias Sevillano, c. Con Solicitud de Registro Nº 003869 pide ampliación del horario de atención de la Escuela de Conductores el cual pasará a ser de Lunes a Viernes de 7:30 AM a 10:00 PM y los Sábados y Domingos de 8:00 AM a 8 PM y c. Con Solicitud de Registro Nº 003870 pide se le autorice a impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I; Que, el artículo 149º de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la autoridad responsable de la instrucción, por propia iniciativa, dispone mediante resolución irrecurrible la acumulación de los procedimientos en trámite que guarden conexión; Que, el numeral 43.2 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, en adelante el Reglamento, establece que las escuelas de conductores deben contar como mínimo, entre otros, con un Director y un Instructor Teórico de Tránsito; Que, el artículo 61º del Reglamento, establece que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º del reglamento en mención; Que, el artículo 60º del Reglamento, establece que la autorización como Escuela de Conductores, así como su modifi cación, suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos, serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comentario y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certifi cados que éstas emitan tendrán validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluación teórica sobre las normas de tránsito; Que, el Reglamento establece el número mínimo de personal con el que debe contar toda Escuela de Conductores mas no establece limitación para designar, de considerarlo pertinente, más de un Instructor Teórico de Tránsito siempre y cuando éste cumpla con los requisitos establecido para ejercer dicha función; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27791. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Acumular los procedimientos de incorporación de instructor a plana docente tramitado bajo el Expediente Nº 003867, de designación del nuevo Director tramitado bajo el Expediente Nº 003868, de ampliación de horario de atención tramitado bajo el Expediente Nº 003869, todos iniciados por la Escuela de Conductores Profesionales Robert Bosh Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - Escuela Robert Bosh al procedimiento de autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I tramitado bajo el Expediente Nº 003870 iniciado también por la Escuela de Conductores Profesionales Robert Bosh Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - Escuela Robert Bosh al guardar estos procedimientos una íntima conexión. Artículo Segundo.- Otorgar a la Escuela de Conductores Profesionales Robert Bosh Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - Escuela Robert Bosh SRL, autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I en consecuencia, procédase a la inscripción RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 10 AL 23 DE MARZO DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 056-2009-MTC/12.04 Y Nº 080-2009-MTC/12 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 317-2009-MTC/12.04 10-Mar 19-Mar US$ 1,800.00 US$ 30.25 Lan Perú S.A. Rondón Rondón, Moisés Santiago Chile Chequeos técnicos de profi ciencia y habilitación Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo A-319/320 a tripulantes técnicos. 1419-1422 318-2009-MTC/12.04 11-Mar 14-Mar US$ 600.00 US$ 30.25 Lan Perú S.A. León Lasheras, Rolando R. Santiago Chile Chequeos técnicos de profi ciencia y habilitación Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo B-767 a tripulantes técnicos. 1420-1423 319-2009-MTC/12.04 19-Mar 23-Mar US$ 800.00 US$ 30.25 Lan Perú S.A. Pazos Raygada, Ricardo Rafaél Santiago Chile Chequeos técnicos de profi ciencia y habilitación Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo A-319/320 a tripulantes técnicos. 1419-1422 321212-1