Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2009 (13/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de marzo de 2009

y el empadronamiento eran de competencia del mencionado funcionario. Asimismo, senala que los Acuerdos tomados en las reuniones del 18.04.05 y 20.07.05 el suscrito no participo como Miembro del Vaso de Leche; toda vez, que ese periodo era don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien estaba a cargo de la Gerencia Municipal de la Entidad. Ademas, alega que en las Reuniones llevadas a cabo el 13.12.05, 28.08.06, 11.10.06 el Procesado tenia cargo de Miembro Secretario, y sobe las Resoluciones de Alcaldia Nº 00231 y Nº 00377, hecho que no le permitia ahondar en el estudio de la informacion, ni de las decisiones que se aprobaban en el Comite. En tal sentido, es preciso senalar que el Procesado cumple con adjuntar como medio probatorio, MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 0033 documento que establece era don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ostentaba el cargo de Secretario del Comite del Vaso de Leche, MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 00231 y MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 00377, actos administrativos que sustentan que el procesado cumplia la funcion solo de Secretario de Actas del mencionado Comite; por lo tanto, se colige que de acuerdo al Articulo 129º de la Ordenanza Nº 0172003-MDSJM, era funcion del Sub Gerente del Vaso de Leche, la seleccion y redistribucion de los insumos alimenticios a los beneficiarios empadronados. Que, el Procesado don: VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO, Ex Sub Gerente de Tesoreria en su Descargo contra la Observacion Nº 1, sobre los cheques que se giraron sin contar con disponibilidad Financiera al cierre de los periodos Fiscales 20052006; alega que, los procedimientos relacionados a los (03) cheques girados, han cumplido con la normatividad vigente en los aspectos presupuestales y financiero para recursos ordinarios; toda vez, que han cumplido con todas las fases que exige el SIAF -GL, como son: el compromiso, devengado, girado y pagado, fases que se encuentran en estado A que significa que el Ministerio de Economia aprobo todas las Fases. Al respecto, cabe mencionar que si bien el Procesado afirma que se ha cumplido con todas las fases; sin embargo, del analisis del informe emitido por el Organo de Control Institucional, se colige que el procesado es responsable de haber girado cheques sin contar disponibilidad financiera los cuales fueron consignados como partidas conciliatorias (cheques pendientes de cobro), informacion de caracter financiero que no fuera registrado en el pasivo corriente de la MDSJM; hecho, que contraviene lo el Articulo 51º inciso d) del reglamento de Organizacion de Funciones (ROF) aprobado por la Ordenanza Nº 0017-2003, que establece que era su funcion analizar la totalidad de los saldos de las cuentas corrientes de Entidades Financieras y Conciliar con los extractos bancarios mensualmente y el Inciso e) Implementar medidas de seguridad para el giro de cheques. Que, la Procesada dona: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Sub Gerente de Contabilidad presenta descargo en los siguientes terminos: Que se imponga la sancion de suspension sin goce de remuneraciones por treinta dias (35) dias, a don: VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO, Ex Sub Gerente de Tesoreria. OBSERVACION Nº 1.- Sobre los cheques que se giraron sin contar con disponibilidad Financiera; senala que se siguieron los pasos del programa SIAFGL proporcionado por el Ministerio de Economia y Finanzas, como son: El compromiso, que es una funcion netamente del area de Abastecimiento en el cual se compromete al monto a pagar y este se permite cuando en el sistema existe calendario y disponibilidad Presupuestal para la ejecucion, el sistema SIAF-GL verifica si existe disponibilidad y acepta el registro a traves de un expediente administrativo, para realizar la fase del compromiso y las de Devengado y Girado; por lo tanto, es funcion del area de Abastecimiento y presupuesto cumplir con la Fase del Compromiso, y es la Funcion del area de Contabilidad, realizar la Fase del Devengado y para ello debe estar debidamente aprobado

la Fase del Compromiso; puesto que, es el MEF quien es el encargado de llevar el control del gasto del Programa del Vaso de Leche. Finalmente manifiesta que si el sistema SIAF-GL no hubiera aprobado el compromiso de los ingresos, puesto que para aprobar la fase del compromiso el Ministerio de Economia y Finanzas verifica la Disponibilidad de los Recursos Ordinarios, que son manejados por el Tesoro Publico, y que dentro de sus funciones como Contadora ha sido la de realizar el Control Previo es decir que la documentacion cuente con el debido sustento para realizar el pago. En tal sentido, cabe precisar que si bien la procesada afirma que se siguieron los pasos del SIAF:GL; sin embargo, contrastando los hechos, se infiere que la procesada no cumplio con elaborar el estado financiero correctamente, al cierre de los periodos fiscales 2005 y 2006, motivando con ello la emision de los titulos valores (cheques) sin contar con disponibilidad Financiera, contraviniendo el Inciso b) del Articulo 49º del ROF aprobado a traves de la Ordenanza Nº 0017-03-MDSJM, que dispone que era su Funcion Producir informacion financiera sistematiza, integra, exacta, confiable, aplicando los principios y normas de contabilidad gubernamental, y el Inciso d) Conciliar los saldos de cuentas con el proposito de asegurar la concordancia de la informacion financiera con la situacion real. OBSERVACION Nº 2.- Sobre el costo de Operacion vinculados al Vaso de Leche; senala que, al area de Contabilidad la documentacion Fuente llega debidamente clasificada y registrada (Fase Compromiso) para su revision y registro (Fase de Devengado); asimismo, manifiesta que siempre puso a disposicion la documentacion requerida al area del Vaso de Leche, para que cumpla con remitir la informacion oportuna a la Contraloria General de la Republica. Al respecto, la procesada afirma que a su despacho llegaba la informacion fuente para su revision y registro; sin embargo, su descargo no desvirtua la imputacion vertida en su contra; toda vez, que no cumple con acreditar que la informacion relacionada a los Costos Operativos vinculados al Programa del Vaso de Leche remitidos a la Contraloria General de la Republica, contaron con la debida documentacion sustentatoria, no habiendose efectuado las conciliaciones de sus componentes previa a su inclusion en el reporte de ingresos y egresos del respectivo periodo fiscal, asi como el control previo y concurrente inherente a sus funciones contraviniendo el Inciso b) del Articulo 49º del ROF aprobado por la Ordenanza Nº 00017-03. OBSERVACION Nº 3.- Respecto a que no se efectuaron conciliaciones entre la Informacion mensual de gastos e ingresos remitidos a la Contraloria; manifiesta, que las aclaraciones ha sido elaborada por el area responsable del Programa de Vaso de Leche; sin embargo, como responsable del control de la documentacion fuente, siempre ha brindado las facilidades del caso poniendo a disposicion la documentacion que requiera el Vaso de Leche; asimismo, senala que desconoce el porque el area responsable del Programa, no ha considerado algunos ingresos y gastos al momento de informar a la Contraloria General de la Republica, y brindar la informacion al Programa de Vaso de leche es una forma de conciliar la informacion, a pesar que no existe ninguna MORDAZA que lo reglamente. En tal sentido, contrastando la presente observacion con el descargo de la procesada; se colige que, teniendo en cuenta que la procesada afirma que brindaba la informacion requerida por la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche; se advierte, que no ha verificado en el periodo 2006 contar con informacion relacionada a los costos operativos vinculados al Programa del vaso de leche, remitidos a la Contraloria General, consignados en el formato de informacion mensual de gastos e ingresos del Programa de Vaso de Leche, lo que trajo como

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