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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de marzo de 2009 392591 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación, Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 324941-5 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionario del Ministerio para asistir a la 18º Reunión del Comité de Flora de la CITES que se realizará en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2009-AG Lima, 17 de marzo de 2009 VISTA: La Notifi cación a las Partes Nº 2008/066 de fecha 5 de diciembre de 2008, de la Secretaría de la “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES”; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, el Perú aprobó la suscripción de la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES, cuyo objetivo principal es la conservación y utilización sostenible de las especies de fauna y flora silvestres incluidas en los Apéndices de dicha convención contra su explotación excesiva a través del comercio internacional; Que, el artículo 58º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre tiene como función ejercer la Autoridad Administrativa de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES; Que, mediante el documento de la referencia, la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), comunica a las Partes que la 18º Reunión del Comité de Flora se desarrollará en Buenos Aires, Argentina, del 17 al 21 de marzo de 2009; Que, en la citada reunión se tratarán temas relacionados al comercio significativo de especímenes de especies incluidas en el Apéndice ll, anotaciones, intercambio de especímenes de herbario, cuestiones sobre la madera especie caoba, dictámenes de extracción no perjudicial, definición de productos forestales distintos a la madera, propuesta para enmendar los apéndices para su posible consideración en la COP 15, entre otros; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, dispone la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto, entre otros, aquéllos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales; Que, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, constituye la Autoridad Administrativa CITES - Perú y como tal se ocupa de cumplir los compromisos que el Perú ha asumido en el marco de la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES, aprobado mediante Decreto Ley Nº 21080; Que, en tal sentido, la asistencia del representante de la Autoridad Administrativa CITES - Perú a la 18º Reunión del Comité de Flora, a fin de transmitir los avances y logros obtenidos en relación a los compromisos asumidos por el país, respecto de las recomendaciones formuladas por la CITES para la especie caoba (swietenia macrophylla) en la 55º Reunión del Comité Permanente, se hace prioritaria, la cual además se enmarca dentro de los alcances de un tratado comercial ambiental suscrito por el Gobierno Peruano y por tanto, exceptuado de los alcances de las prohibiciones establecidas en el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2009; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 - Ley que aprueba la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de Jorge Gustavo Suárez de Freitas Calmet, Director General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 18 al 22 de marzo de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: JORGE GUSTAVO SUÁREZ DE FREITAS CALMET Pasajes (Clase económica) US$ 843.66 Viáticos US$ 1000.00 Tarifa CORPAC US$ 30.25 ------------ Total US$ 1873.91 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, el referido funcionario deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado sobre los resultados de su participación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 324941-6