Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2009 (18/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, el primer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley 26920, aprobado por Decreto Supremo 003-98PE, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0032000-PE, por el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 0042002-PRODUCE, y por el Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE publicado con fecha 21 de febrero del 2007, establece que la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 146-2002CTAR PIURA/DIREPE-DR del 31 de diciembre de 2002, la Direccion Regional de Pesqueria CTAR MORDAZA otorgo permiso de pesca a los armadores IGINIO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera MORDAZA EN CRISTO II de matricula Nº PT-19876-CM con 34.31 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 4942007-PRODUCE/DGEPP del 12 de noviembre del 2007, se caduco los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el Consumo Humano Directo e Indirecto; consignandose en el numeral 56 de dicha relacion de embarcaciones a la embarcacion MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM; Que, a traves del articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 110-2009-PRODUCE/DGEPP del 18 de febrero del 2009, se dejo sin efecto lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 666-2008-PRODUCE/DGEPP y restituyo el derecho de permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 146-2002-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR, a favor de los armadores IGINIO MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA titulares de la embarcacion pesquera MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM; Que, a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHONG, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM, en concordancia con el procedimiento administrativo Nº 6 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE del 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que el administrado posee el dominio sobre la embarcacion MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por Registros Publicos de MORDAZA del 12 de enero del 2009, asi como ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y sus modificatorias; por lo que resulta procedente atender la solicitud del administrado;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 186-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98, y modificado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHONG, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM otorgado por Resolucion Directoral Nº 1462002-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 31 de diciembre del 2002, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo, y en los demas terminos y condiciones otorgados. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que entre otros, el recurso sardina, sera destinado al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 146-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR a favor de los armadores IGINIO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM. Articulo 4º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHONG como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA EN CRISTO II de matricula PT-19876-CM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; excluyendo a los senores IGINIO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consignado en dicho Anexo. Articulo 5.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 324317-2 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 147-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de marzo del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00031174 de fecha 10 de setiembre del 2008 presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE SANCHEZ.

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