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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392819 Rafael Giorffi no Cunibertti, como Cónsul General del Perú en La Plata, República Argentina. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha de término de funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 326905-6 Nombran Cónsules Generales del Perú en Buenos Aires y La Plata, República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2009-RE Lima, 20 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático, cualquiera sea su categoría, sirven indistintamente en la Cancillería, Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares o Representaciones Permanentes, de conformidad con los requerimientos de la Política Exterior del Estado; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a), 26º, 27º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Cónsul General del Perú en Buenos Aires, República Argentina, al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gino Rafael Giorffi no Cunibertti. Artículo 2º.- La jurisdicción consular está establecida en la Resolución Suprema Nº 172-1988-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4º.- La fecha en la que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 5º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 326905-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 115-2009-RE Lima, 20 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente en la Cancillería, Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares o Representaciones Permanentes, de conformidad con los requerimientos de la Política Exterior del Estado; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a), 26º, 28º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Cónsul General del Perú en La Plata, República Argentina, al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock. Artículo 2º.- La jurisdicción consular está establecida en la Resolución Suprema Nº 172-1988-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4º.- La fecha en la que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 5º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 326905-7 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Directiva Nacional “Gestión de los Observatorios Socio Económicos Laborales Regionales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 085-2009-TR Lima, 20 de marzo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 450-2009-MTPE/3/11.2 de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, y el Informe Nº 88-2009-MTPE/9.110 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los Observatorios Socio Económicos Laborales (OSEL) sustentan su labor en el rol del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en lo referente a la provisión de información actualizada sobre el comportamiento del mercado laboral, y se definen como instrumentos de producción, análisis y difusión de la situación socio económica laboral en un ámbito regional determinado, brindando a las instituciones y empresas la información oficial sobre el mercado laboral;