Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2009 (16/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2009

a consecuencia de dicha enfermedad, segun lo informado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), Direccion General de Salud de las Personas (DGSP), la Direccion General de Epidemiologia y el Instituto Nacional de Salud (INS), se requiere la adquisicion de equipos, insumos, productos y materiales para el afianzamiento de la capacidad resolutiva y las intervenciones sanitarias necesarias del Ministerio de Salud a fin de procurar una respuesta inmediata y efectiva ante el grave peligro de la llegada del virus de la Nueva Influenza A (H1N1) al territorio nacional; Que, en ese sentido, mediante Memorandum Nº 13752009-OGA/MINSA, del 29 de MORDAZA de 2009, el Director General de Administracion dispone que la Oficina de Logistica realice las adquisiciones mediante compras directas en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 128º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, con Informe Nº 038-2009-OL/MINSA e Informe Nº 040-2009-OL/MINSA, el Director General de la Oficina General de Administracion ha solicitado la exoneracion de los procesos de seleccion para la adquisicion de equipos, insumos, productos y materiales para la atencion de la eventual llegada del virus de influenza en territorio nacional, al haberse configurado la causal de situacion de emergencia tipificada en el inciso b) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 128º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatoria. Que, al respecto, el articulo 23º de la MORDAZA MORDAZA senalada, define a la situacion de emergencia como "aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional. En este caso, la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales del presente Decreto Legislativo. El Reglamento establecera los mecanismos y plazos para la regularizacion del procedimiento correspondiente (...)"; Que, por otro lado, el articulo 128º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que "En virtud de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional, la Entidad debera contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir y atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes. Posteriormente, debera convocar los respectivos procesos de seleccion. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva; Que, adicionalmente, dispone que "toda contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del inicio de la prestacion del servicio o del inicio de la ejecucion de la obra, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion o acuerdo correspondientes y los informes tecnico y legal sustentatorios en el SEACE, debiendo remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones", lo cual es concordante con lo senalado en el ultimo parrafo del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, el cual senala que esta prohibida la aprobacion de exoneraciones en via de regularizacion, a excepcion de la causal de situacion de emergencia; Que, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes y teniendo presente la declaratoria de Alerta Amarilla, publicada el 28 de MORDAZA de 2009, nos encontramos ante la inminente llegada de una epidemia de Influenza que pone en peligro la salud de la poblacion peruana, tomando en consideracion las consecuencias graves que vienen aconteciendo en diversos paises; y, ante dicha situacion, el Ministerio de Salud se encontraba

facultado a realizar compras directas e inmediatas de los insumos, medicinas y equipos que permitan afrontar un brote de dicho virus en territorio nacional, las cuales se encuentran justificadas por la situacion coyuntural que viene atravesando la salud mundial; Que, estando a lo informado por el Director General de la Direccion General de Epidemiologia, el Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, el Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, el Jefe del Instituto Nacional de Salud, el Director General de la Oficina General de Administracion, la Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud mediante los documentos del visto; Con el visado del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, el Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, el Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, el Jefe del Instituto Nacional de Salud, el Director General de la Oficina General de Administracion, la Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica, la Secretaria General del Ministerio de Salud y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatoria, asi como el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de emergencia por el plazo de noventa (90) dias calendario, a partir del 29 de MORDAZA de 2009, la adquisicion de equipos, insumos, productos y materiales para el afianzamiento de la capacidad resolutiva y operativa del Ministerio de Salud a fin de procurar una respuesta inmediata y efectiva como prevision ante una posible presencia del virus de la Nueva Influenza A H1N1; conforme a lo establecido por el literal b) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, con fondos de Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Salud de los procesos de Menor Cuantia, Adjudicacion Directa y Licitacion Publica, segun corresponda, para la adquisicion de equipos, insumos, productos y materiales para el afianzamiento de la capacidad resolutiva y operativa del Ministerio de Salud; hasta por el monto de S/. 29 999 999.56 (Veintinueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve con 56/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; por un plazo de hasta noventa (90) dias calendario; segun se indica:
ITEM 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 DESCRIPCION OSELTAMIVIR 75 MG/TAB OSELTAMIVIR 12 MG/SUSP BOTAS DESCARTABLES P/CIRUJANO CUBRE CALZADO MANDILON DESCARTABLE TALLA ESTANDAR GUANTE DESCARTABLE PARA EXAMEN X 100 UNIDAD MASCARILLA DESCARTABLE X 50 UNIDADES MASCARILLA DESCARTABLE Nº 95 X 20 LENTE PROTECTOR ANTIEMPANABLE TRANSPARENTE ALCOHOL GEL X 1 L PAPEL TOALLA DE 25.10 CM X 24.5 CM X 175 HOJAS X 20 JABON GERMICIDA LIQUIDO X 800 ML SERVICIO DE IMPRESION DE MATERIALES INFORMATIVOS TOTAL HASTA EL MONTO DE S/. 2 962 882,00 39 674,60 758 690,72 6 991 960,00 687 314,20 2 797 977,20 6 339 477,20 3 920 715,00 1 328 000,00 2 279 994,64 1 805 784,00 87 530,00 29 999 999,56

Articulo 3º.- Aprobar las acciones y contrataciones ejecutadas por la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion a fin de paliar la situacion de emergencia declarada en la presente Resolucion.

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