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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de mayo de 2009 396376 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Precisan que la organización y funcionamiento de Programas de Maestría y Doctorado de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión cumplen con los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado” COMISION DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 520-2009-ANR Lima, 13 de abril de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Visto: La comunicación de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, de Cerro de Pasco; y, CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 286-95-ANR, su fecha 20 de enero de 1995, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, con sede en la ciudad de Pasco, en cuyo artículo 2º, precisa que la creación de nuevos Programas de Maestría, Doctorado y Segunda Especialización, requieren el cumplimiento del requisito previsto por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Que en mérito a lo previsto en el considerando anterior, la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, mediante comunicación de visto, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de los Programas de Maestría y Doctorado, con sus respectivos currículos, para su aprobación correspondiente; Que asimismo, habiéndose examinado la documentación que contiene resoluciones de creación y organización de los Programas de Maestría y Doctorado, con la descripción y proceso de implementación de su infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, personal docente, así como los currículos de estudios de cada uno de los citados programas, se desprende que cumplen con los requisitos académicos y de infraestructura para su funcionamiento; Estando a lo Informado; y, En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que la organización y funcionamiento de los Programas de Maestría con sus respectivas menciones, y de Doctorado que comprenden la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, con sede en Cerro de Pasco son: Maestrías en Odontología, Maestría en Educación, mención: Investigación y Tecnología Educativa, Maestría en Liderazgo y Gestión Educativa, Maestría en Docencia en el Nivel Superior, Maestría en Educación, mención: Didáctica y Tecnologías de la Información, Maestría en Evaluación y Acreditación de la Calidad en la Educación, Maestría en Educación Matemática, Maestría en Comunicación Social, mención: Periodismo y Comunicación Social, Maestría en Ingeniería, mención: Rocas Ornamentales y Minerales Industriales, Maestría en Ingeniería, mención: Minería y Medio Ambiente, Maestría en Ingeniería Química, Maestría en Ingeniería Gerencial, Maestría en Gestión del Sistema Ambiental, Maestría en Ciencias de Ingeniería Geológica, mención: Explotación y Desarrollo Sostenible de Yacimientos Minerales, Maestría en Ingeniería de Minas, Maestría en Ciencias, mención: Ingeniería Metalúrgica, Maestría en Ingeniería de Sistemas y Computación, Maestría en Ciencias de la Salud, mención: Salud Pública y Comunitaria, Maestría en Salud Pública y Comunitaria, mención: Gerencia en Salud, Maestría en Enfermería, Maestría en Ciencias, mención: Finanzas, Maestría en Planifi cación y Proyectos de Desarrollo; Maestría en Ciencias Contables mención: Auditoria Integral, Maestría en Gestión Empresarial, Maestría en Desarrollo Rural, Maestría en Agronegocios y Maestría en Ciencias Agrarias, mención: Sistemas Ecológicos y Agropecuarios; Doctorado en Ciencias de la Educación y Doctorado en Ciencias Contables; cumplen con los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado” aprobado por la Resolución Nº 394-2004-ANR, quedando en consecuencia aprobados para su funcionamiento. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General Asamblea Nacional de Rectores 350822-1 Precisan que la organización y funcionamiento de Programas de Maestría y Doctorado de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo” cumplen con los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado” COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 521-2009-ANR Lima, 13 de abril de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Visto: El ofi cio Nº 00289-2009-UNASAM/R, del Rector de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 050-99-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, en cuyo artículo 2º, precisa que la creación de nuevos Programas de Maestría, Doctorado y Segunda Especialización, requieren el cumplimiento del requisito previsto por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Que en mérito a lo previsto en el considerando anterior, el Rector de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, mediante oficio de visto, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización del Programa de Maestría en Educación con mención en Planificación y Gestión Educativa; y los Programas de Doctorado en Ciencias de la Salud, en Derecho y Ciencias Políticas; y en Administración, con sus respectivos currículos, para su aprobación correspondiente; Que habiéndose examinado la citada documentación, que contiene resoluciones de creación y organización de los Programas de Maestría y Doctorado, con la descripción y proceso de implementación de su infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, personal docente, así como los currículos de estudios de cada uno de los citados programas, se