Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2009 (26/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2009

a la Licenciada MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sabogal, representante del Colegio de Traductores Publicos del Peru, con efectividad al 01 de MORDAZA de 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 352043-1

VIVIENDA
Prorrogan plazo para la aprobacion de procesos y procedimientos referidos a las Unidades Organicas del Programa Agua Para Todos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2009-VIVIENDA MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA, se crea el Programa "Agua Para Todos", en el Viceministerio de Construccion y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que integra las acciones administrativas y otras requeridas para el desarrollo de las actividades que se ejecuten en el ambito del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA, de la Unidad de Gestion PRONASAR, del Programa de Inversion Social en Saneamiento ­ INVERSAN, de la Unidad Tecnica FONAVI, asi como de los otros Proyectos y Programas en materia de saneamiento, que se integren al Programa "Agua Para Todos"; Que, el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 087-2009-VIVIENDA, de fecha 24 de febrero de 2009, aprobo el Manual de Operaciones del Programa Agua Para Todos, en adelante PAPT, y el articulo 2º de la misma, dispone que el Director Ejecutivo del PAPT, en un plazo de sesenta (60) dias habiles, contados a partir de la vigencia de la Resolucion Ministerial citada, debera aprobar los correspondientes procesos y procedimientos referidos a sus Unidades Organicas para la operatividad del Programa; Que, asimismo, el Manual de Operaciones del PAPT, senala en su Tercera Disposicion Complementaria Final, que el Director Ejecutivo del PAPT, en un plazo de sesenta (60) dias habiles, contados a partir de la entrada en vigencia del indicado Manual, es decir, al dia siguiente de su aprobacion, debera aprobar los correspondientes procesos y procedimientos referidos a sus Unidades Organicas para la operatividad del Programa, los mismos que formaran parte integrante del Manual de Operaciones; disposicion tambien regulada en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 087-2009-VIVIENDA; Que, a traves de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 103 y 117-2009-VIVIENDA, publicadas el 10 y 20 de marzo de 2009, respectivamente, se resuelve transferir al PAPT, el Programa de Medidas de Rapido Impacto (PMRI), el Programa de Proyectos Integrales de Saneamiento ­ KFW, e integrar todas las acciones para continuar los estudios y proyectos de saneamiento que se ejecutan en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007 con el financiamiento de los recursos provenientes del Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007­ FORSUR; los cuales deben ser incorporados en la estructura organica del PAPT; Que, mediante Memorandum Nº 786-2009-VIVIENDA/ OGPP de fecha 20 de MORDAZA de 2009, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, remite a la Direccion Ejecutiva del PAPT, MORDAZA fedateada del Acta de Discusiones del "Proyecto de Reforzamiento Institucional del Suministro de Agua y Saneamiento en la MORDAZA Norte, suscrita entre

la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon - JICA, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Gobierno Regional de MORDAZA y el Gobierno Regional de Lambayeque; proyecto, que sera incorporado al Programa "Agua para Todos", cuyo numeral 1 de la Clausula Cuarta, establece expresamente que el Director Ejecutivo del PAPT del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asumira la responsabilidad general de la administracion e implementacion del Proyecto citado; Que, a efectos de incluir la conformacion de los equipos y los proyectos que se han incorporado al PAPT, a que se refieren los considerandos precedentes, asi como, culminar con la elaboracion y aprobacion de los procesos relacionados a los Organos de Apoyo y de Linea del PAPT, se requiere prorrogar el plazo previsto en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial No. 0872009-VIVIENDA, lo cual permitira al PAPT contar con los documentos tecnicos normativos de gestion institucional, idoneos para el cumplimiento de sus objetivos; asi como dejar sin efecto la Tercera Disposicion Complementaria Final del citado Manual de Operaciones, conforme a lo indicado en el tercer considerando; Con las visaciones del Viceministro de Construccion y Saneamiento, del Secretario General y de las Directoras de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; y De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los Decretos Supremos Nros. 006-2007-VIVIENDA y 043-2006-PCM, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por sesenta (60) dias habiles, el plazo previsto en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 087-2009-VIVIENDA, que aprobo el Manual de Operaciones del Programa "Agua para Todos"; para que el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, apruebe los correspondientes procesos y procedimientos referidos a sus Unidades Organicas para la operatividad del Programa, los mismos que formaran parte integrante del Manual de Operaciones. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Tercera Disposicion Complementaria Final del mencionado Manual de Operaciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0872009-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento 352425-1

Designan miembro titular de la Sociedad Geografica de MORDAZA, en representacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 154-2009-VIVIENDA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Sociedad Geografica de MORDAZA, de acuerdo a su Estatuto aprobado por Decreto Supremo No. 00488-ED, modificado por el Decreto Supremo No. 025-88ED, es una academia cientifica, con personeria juridica, autonoma en el ramo de geografia, dirigida por el Consejo Directivo, cuyos miembros natos representan a los distintos Sectores, entre ellos, al Ministerio de Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Resolucion Ministerial No. 053-

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