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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2009 (26/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de mayo de 2009 396465 Reglamento de Organización y Funciones de nuestra Entidad; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 275-2009- JNAC/RENIEC, (21MAY2009) se modifi có el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, defi ne al Presupuesto Analítico de Personal – PAP, como el documento de gestión que considera las plazas y el presupuesto para los servicios específi cos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal; Que, la Gerencia de Recursos Humanos, con Ofi cio Nº 1798-2009/GRH/RENIEC, (21MAY2009) solicitó a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, emita el correspondiente informe de la disponibilidad presupuestal respecto de la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), de acuerdo a las plazas contenidas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 275-2009-JNAC/RENIEC; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante Ofi cio Nº 0001245-2009/GPP/RENIEC (21MAY2009) traslada el Informe Nº 000843-2009/SGP/GPP/RENIEC (21MAY2009) de la Sub Gerencia de Presupuesto, otorgando la disponibilidad presupuestaria para fi nanciar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP); Que, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, la Gerencia de Recursos Humanos ha procedido a elaborar el Presupuesto Analítico de Personal de la Entidad para el año fi scal 2009; Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 3) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde la publicación obligatoria de las resoluciones administrativas cuando su contenido se relacione con la aprobación de documentos de gestión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 273-2009-JNAC/ RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), para el año fi scal 2009 del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, el mismo que, como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural y será publicado en la página web del RENIEC, www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 352315-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Declaran de interés público regional la optimización de resultados productivos e indicadores de rendimiento de los recursos naturales y económicos asignados para el Proyecto Especial Majes Siguas - Primera Etapa ORDENANZA REGIONAL Nº 081-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Majes Siguas – Primera Etapa, fue creado el 21 de febrero de 1973 a través del Decreto Supremo Nº 252-73-AG. Posteriormente, el 29 de diciembre de 1981 a través de la Ley 23350 se crea la Autoridad Autónoma de Majes (AUTODEMA). Que, desde la concepción inicial del Proyecto y durante sus más de treinta y cinco años de ejecución, el Proyecto Especial Majes Siguas fue conceptuado bajo el propósito de que se convierta en un proyecto integral de desarrollo agrícola regional y de propósitos múltiples; Que, dentro de la estructura orgánica del Estado, por Decreto Supremo Nº 020-2003-VIVIENDA de 16 de agosto de 2003, se aprobó la transferencia y en consecuencia la incorporación de este Proyecto Especial dentro de la estructura organizacional del Gobierno Regional de Arequipa; Que, dada su trascendencia, el Gobierno Regional de Arequipa ha identifi cado la necesidad impostergable de optimizar en forma integral y sistemática tanto los resultados productivos como los indicadores de rendimiento de los recursos naturales y económicos asignados para el desarrollo sostenible del Proyecto Especial Majes Siguas – Primera Etapa. Que, en ese sentido, no sólo se han merituado los resultados que vienen produciendo los contratos y addendas contractuales suscritas bajo la estructura normativa anterior a la presente Norma Regional; sino que además, estos resultados han sido contrastados con las fi nalidades u objetivos que originaron y que inexorablemente necesita desarrollar el Proyecto Especial; Que, al comprender y signifi car el desarrollo regional, la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas, proyectos y/o estrategias, que necesariamente deben estar orientados a la generación de condiciones que permitan el crecimiento económico en armonía con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional; luego entonces, por estas consideraciones, al amparo de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010- AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; SE ORDENA: TÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º.- Declaración de Interés Regional Declárese de interés público regional la necesidad de optimizar tanto los resultados productivos como los indicadores de rendimiento de los recursos naturales y económicos asignados para el desarrollo sostenible del Proyecto Especial Majes Siguas – Primera Etapa (PEMS – I Etapa). Para este propósito, a partir de la vigencia de la presente norma regional deberán mejorarse y/o modernizarse: ((a)) los procesos de información agropecuaria, ((b)) los procesos de asociatividad y organización, ((c)) los procesos de conversión productiva, ((d)) la tutela del recurso hídrico, y, ((e)) la efi cacia y/o la culminación defi nitiva de los procesos de adjudicación de parcelas. Artículo 2º.- Objetivos La optimización de los resultados productivos y de los indicadores de rendimiento de los recursos naturales y económicos asignados para el desarrollo sostenible del PEMS – I Etapa, a través del mejoramiento y/o modernización de los procesos señalados en el artículo anterior, deberá cumplir con los siguientes objetivos y/o metas: