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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de mayo de 2009 396462 Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, según lo dispone el articulo 184 inciso 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, siendo la Ofi cina de Control de la Magistratura la encargada de su administración, conservación, archivo y publicación de la parte pertinente en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la remisión de los originales a la Contraloría General de la República; Que, esta labor de Control Patrimonial y Financiero de las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas es desarrollada por esta Jefatura Suprema de Control, a través de la Unidad de Sistemas de la OCMA, que comprende la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera de conformidad con el artículo 57 del nuevo ROF-OCMA, repartición administrativa encargada de llevar a cabo los procesos técnicos para la recopilación de la información, automatización, administración, archivo y control posterior de la misma; 2.- Sistema Informático de Control Judicial. Que, con la fi nalidad de facilitar la presentación de las Declaraciones Juradas periódicas por parte de los magistrados de todo el país, a partir de junio de 2007 se inicio la elaboración del “Sistema Informático de Control Judicial”, herramienta tecnológica desarrollada en plataforma de Internet, que facilita el acceso de los usuarios (magistrados), a través de un sistema de claves de ingreso y password, con el propósito de garantizar la confi dencialidad de la información, donde el magistrado ingresa su Declaración Jurada de manera remota, desde cualquier parte del país, las 24 horas del día y realiza la presentación de la misma dentro de los plazos que la ley señala para este efecto. Para ello, se ha elaborado un breve protocolo de presentación, por el cual se realiza la revisión preliminar de la Declaración Jurada, vía electrónica con la asistencia de personal especializado de la OCMA, para evitar se registren errores en el ingreso y llenado de este documento. Simultáneamente, al proceso de construcción de este Sistema, se desarrolló la digitalización de todo el acervo documentario de las Declaraciones Juradas del Poder Judicial a cargo de la OCMA, las mismas que obran en versión electrónica y forman parte de la data del Sistema antes descrito, llegándose a procesar más de quince mil Declaraciones Juradas; Que, el “Sistema Informático de Control Judicial” empezó a funcionar ofi cialmente a partir de enero de 2008, previa aprobación del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y mediante disposición de esta Jefatura Suprema de Control por Resolución N° 002-2008-J-OCMA/PJ de fecha 04 de enero de 2008. Desde su implementación a la fecha, se ha podido evaluar una mejora sustantiva en los mecanismos de registro, archivo y análisis de esta información, situación que constituye un avance tecnológico en esta materia. Es importante destacar que este Sistema Informático se encuentra acompañado de otro tipo de información importante, que interactúa con el Sistema de Declaraciones Juradas, como son los Datos Personales (trayectoria judicial, información personal y familiar, estudios realizados, experiencia laboral, publicaciones y méritos) y la Información Disciplinaria del magistrado donde se muestra de manera numérica y gráfi ca las sanciones y procesos disciplinarios que pudiera tener. Todo ello, hace de este “Sistema Informático de Control Judicial” una herramienta indispensable para las labores contraloras, así como para la toma de decisiones en el campo administrativo y de gobierno; 3.-Necesidad de optimizar el funcionamiento de la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera de la OCMA mediante la implementación del Programa Umbral Anticorrupción. Que, la OCMA a partir de octubre de 2008, viene implementando las actividades correspondientes al Programa UMBRAL-Anticorrupción, importante contribución no reembolsable de la cooperación técnica internacional del Gobierno de los Estados Unidos de América, que se ejecuta a través de USAID y que entre sus principales líneas de trabajo se encuentra la implementación de mecanismos informáticos para el control judicial a nivel nacional, dentro de los cuales se considera la creación de los software para las interfaces de conexión del Sistema Informático de Control Judicial con las instituciones vinculadas al Sistema de Declaraciones Juradas, con la fi nalidad de realizar la verifi cación automatizada de los datos considerados en las Declaraciones Juradas con la información de las entidades ofi ciales públicas o privadas encargadas de registrar y administrar originalmente esta data (SUNAT, SUNARP, RENIEC, SBS, UIF, INFOCORP, entre otros); Que, la Sub Unidad de Investigación Patrimonial deberá implementar las acciones necesarias para el aprovechamiento integral de los benefi cios que incorpore el Programa UMBRAL en materia de difusión, intercambio tecnológico, mejoramiento de los recursos técnicos y humanos, así como el desarrollo de las plataformas informáticas correspondientes; 4.- Implementación de la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera Que, mediante Resolución Nº 064-2009-J-OCMA/PJ, de fecha 08 de mayo de 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 14 de mayo de 2009, se dispuso la nueva conformación de los Órganos de Línea y Unidades de Apoyo de la OCMA, donde en su artículo cuarto se establece que la Unidad de Sistemas a la que pertenece la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera, estará a cargo de un Vocal Superior. Igualmente, en esta misma Resolución se designa al funcionario de la OCMA a cargo de la mencionada Sub Unidad, con lo cual queda determinada su composición, siendo necesario establecer sus principales políticas de trabajo y líneas de acción para el inmediato y corto plazo; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial y de los incisos 1 y 13 del artículo 17 del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ y por los fundamentos expuestos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER mediante la presente Resolución las principales políticas de trabajo y líneas de acción para el inmediato y corto plazo de la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera de la OCMA, cuya estructura y responsabilidades han sido determinadas por el artículo cuarto de la Resolución Nº 064-2009-J-OCMA/PJ, de fecha 08 de mayo de 2009. Artículo Segundo.- CONSTITUYEN las principales políticas de trabajo de la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera de la OCMA, la verifi cación de posibles situaciones de desbalance patrimonial y comprobación de la veracidad de la información contenida en las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, a través de la interconexión automatizada con las diversas instituciones públicas y privadas vinculadas u otros mecanismos de comprobación. Asimismo, deberá proponer los proyectos de desarrollo tecnológico y normativo que se requieran. Constituyen las principales líneas de acción inmediata de la Sub Unidad de Investigación Patrimonial y Financiera de la OCMA: a) Organizar los mecanismos de trabajo y composición interna según los alcances del nuevo ROF-OCMA. b) Analizar y proponer las normas correspondientes para la incorporación del personal auxiliar jurisdiccional y demás funcionarios del Poder Judicial en el Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, a efectos de su fi scalización y con el propósito de mejorar los mecanismos de transparencia de todos los servidores de este Poder del Estado. c) Coordinar con los Órganos Desconcentrados de Control de la Magistratura (ODECMAs) de todo el país, la información de su competencia respecto a situaciones de omisos a la presentación de Declaraciones Juradas, cruce de información relevante para las investigaciones que se dispongan en esta materia.