Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2009 (28/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2009

o temeraria. Vencido el plazo sin que se produzca la subsanacion, se rechazara el recurso. Articulo 388º.- Requisitos de procedencia Son requisitos de procedencia del recurso de casacion: 1. Que el recurrente no hubiera consentido previamente la resolucion adversa de primera instancia, cuando esta fuere confirmada por la resolucion objeto del recurso; describir con claridad y precision la infraccion normativa o el apartamiento del precedente judicial; demostrar la incidencia directa de la infraccion sobre la decision impugnada; indicar si el pedido casatorio es anulatorio o revocatorio. Si fuese anulatorio, se precisara si es total o parcial, y si es este ultimo, se indicara hasta donde debe alcanzar la nulidad. Si fuera revocatorio, se precisara en que debe consistir la actuacion de la Sala. Si el recurso contuviera ambos pedidos, debera entenderse el anulatorio como principal y el revocatorio como subordinado.

corresponda a la naturaleza material o procesal de este. Si la infraccion de la MORDAZA procesal produjo la afectacion del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva o del debido MORDAZA del impugnante, la Corte MORDAZA la resolucion impugnada y, ademas, segun corresponda: 1. 2. Ordena a la Sala Superior que expida una nueva resolucion; o anula lo actuado hasta la foja que contiene la infraccion inclusive o hasta donde alcancen los efectos de la nulidad declarada, y ordena que se reinicie el proceso; o anula la resolucion apelada y ordena al juez de primer grado que expida otra; o anula la resolucion apelada y declara nulo lo actuado e improcedente la demanda.

2. 3. 4.

3. 4.

En cualquiera de estos casos, la sentencia casatoria tiene fuerza vinculante para el organo jurisdiccional respectivo. Articulo 400º.- Precedente judicial La Sala Suprema Civil puede convocar al pleno de los magistrados supremos civiles a efectos de emitir sentencia que constituya o varie un precedente judicial. La decision que se MORDAZA en mayoria absoluta de los asistentes al pleno casatorio constituye precedente judicial y vincula a los organos jurisdiccionales de la Republica, hasta que sea modificada por otro precedente. Los abogados podran informar oralmente en la vista de la causa, ante el pleno casatorio. El texto integro de todas las sentencias casatorias y las resoluciones que declaran improcedente el recurso se publican obligatoriamente en el Diario Oficial, aunque no establezcan precedente. La publicacion se hace dentro de los sesenta dias de expedidas, bajo responsabilidad. Articulo 401º.- Objeto El recurso de queja tiene por objeto el reexamen de la resolucion que declara inadmisible o improcedente un recurso de apelacion. Tambien procede contra la resolucion que concede apelacion en efecto distinto al solicitado. Articulo 403º.- Interposicion La queja se interpone ante el superior que denego la apelacion o la concedio en efecto distinto al pedido. El plazo para interponerla es de tres dias, contado desde el dia siguiente a la notificacion de la resolucion que deniega el recurso o de la que lo concede en efecto distinto al solicitado. Tratandose de distritos judiciales distintos a los de MORDAZA y Callao, el peticionante puede solicitar al juez que denego el recurso, dentro del plazo anteriormente senalado, que su escrito de queja y anexos sea remitido por conducto oficial. El juez remitira al superior el cuaderno de queja dentro de MORDAZA dia habil, bajo responsabilidad. Articulo 511º.- Competencia de grado El Juez Especializado en lo Civil, o el Juez Mixto, en su caso, es el competente para conocer los procesos de responsabilidad civil de los jueces, inclusive si la responsabilidad fuera atribuida a los Vocales de las Cortes Superiores y de la Corte Suprema." Articulo 2º.- Incorporacion del articulo 392º-A al Codigo Procesal Civil Incorporase el articulo 392º-A al Codigo Procesal Civil, en los terminos siguientes: "Articulo 392º-A.- Procedencia excepcional Aun si la resolucion impugnada no cumpliera con algun requisito previsto en el articulo 388º, la Corte puede concederlo excepcionalmente si considera que al resolverlo cumplira con alguno de los fines previstos en el articulo 384º. Atendiendo al caracter extraordinario de la concesion del recurso, la Corte motivara las razones de la procedencia."

Articulo 391º.- Tramite del recurso Recibido el recurso, la Corte Suprema procedera a examinar el cumplimiento de los requisitos previstos en los articulos 387º y 388º y resolvera declarando inadmisible, procedente o improcedente el recurso, segun sea el caso. Declarado procedente el recurso, la Sala Suprema actuara de la siguiente manera: 1. 2. En caso de que el recurso MORDAZA sido interpuesto ante la Sala Superior, fijara fecha para la vista de la causa. En caso de que el recurso MORDAZA sido interpuesto ante la Sala Suprema, oficiara a la Sala Superior ordenandole que remita el expediente en el plazo de tres dias. La Sala Superior pondra en conocimiento de las partes su oficio de remision, a fin de que se apersonen y fijen domicilio procesal en la sede de la Corte Suprema. Recibido el expediente, la Sala Suprema fijara fecha para la vista de la causa. Las partes podran solicitar informe oral dentro de los tres dias siguientes de la notificacion de la resolucion que fija fecha para vista de la causa.

Articulo 392º.- Improcedencia del recurso El incumplimiento de cualquiera de los requisitos previstos en el articulo 388º da lugar a la improcedencia del recurso. Articulo 393º.- Suspension de los efectos de la resolucion impugnada La interposicion del recurso suspende los efectos de la resolucion impugnada. En caso de que el recurso MORDAZA sido presentado ante la Sala Suprema, la parte recurrente debera poner en conocimiento de la Sala Superior este hecho dentro del plazo de cinco dias de interpuesto el recurso, bajo responsabilidad. Articulo 394º.- Actividad procesal de las partes Durante la tramitacion del recurso, la actividad procesal de las partes se limita a la facultad de presentar informes escritos y un solo informe oral durante la vista de la causa. El unico medio de prueba procedente es el de documentos que acrediten la existencia del precedente judicial, o de la ley extranjera y su sentido, en los procesos sobre derecho internacional privado. Si se nombra o cambia representante procesal, debe acreditarse tal situacion. Articulo 396º.- Sentencia fundada y efectos del recurso Si la Sala Suprema declara fundado el recurso por infraccion de una MORDAZA de derecho material, la resolucion impugnada debera revocarse, integra o parcialmente, segun corresponda. Tambien se revocara la decision si la infraccion es de una MORDAZA procesal que, a su vez, es objeto de la decision impugnada. Si se declara fundado el recurso por apartamiento inmotivado del precedente judicial, la Corte procedera conforme a lo indicado en el parrafo anterior, segun

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