Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2009 (28/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2009

de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, en ese contexto, se ha determinado la necesidad de constituir en el Ministerio de Economia y Finanzas, un Equipo Tecnico de Apoyo a las Inversiones Publicas en las zonas comprendidas en el ambito del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene ­ VRAE; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion del Equipo Tecnico de Apoyo a las Inversiones Publicas en las zonas comprendidas en el ambito del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene VRAE 1.1. Crease en el Ministerio de Economia y Finanzas, un Equipo Tecnico de apoyo a las inversiones publicas en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE, integrado por representantes de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (DGPM) y de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico (DNPP) del Ministerio de Economia y Finanzas y un representante del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). 1.2. La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (DGPM) actua como Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico senalado en el numeral precedente, y es la encargada de coordinar las acciones del Equipo Tecnico. 1.3. La instalacion del Equipo Tecnico se realizara en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias calendario contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Encargos del Equipo Tecnico de Apoyo a las Inversiones Publicas en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE 2.1. El Equipo Tecnico tiene los encargos siguientes: - Apoyar a las entidades publicas que lo soliciten, en la identificacion de proyectos prioritarios para ser ejecutados en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE. - Dar asistencia tecnica en la formulacion, evaluacion y ejecucion de proyectos de inversion publica, asi como en las contrataciones publicas que MORDAZA necesarias para la ejecucion de los proyectos, en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE. - Hacer seguimiento a la ejecucion financiera de los proyectos de inversion publica que se ejecuten en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE, sobre la base de la informacion a que hace referencia el articulo 3º de la presente MORDAZA, para efectos de determinar los niveles de ejecucion financiera en las zonas MORDAZA mencionadas. 2.2 El Equipo Tecnico informa mensualmente, a traves de la Secretaria Tecnica, al Ministro de Economia y Finanzas, sobre el cumplimiento de los encargos senalados en el numeral precedente, a efectos de informar al Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Obligacion de las entidades Las entidades, bajo responsabilidad, deberan mantener actualizado el registro de la informacion en el SIAF-SP, sobre los proyectos de inversion publica que ejecuten en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE. Articulo 4º.- Del financiamiento de los proyectos de inversion publica El financiamiento de la ejecucion de los proyectos de inversion publica en las zonas comprendidas en el ambito del VRAE, se realiza con cargo a los creditos presupuestarios aprobados a las respectivas entidades. Articulo 5º.- Suspension de disposiciones Dejese en suspenso las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente norma.

Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa, Ministro de Economia y Finanzas, Ministra del Interior, Ministro de Educacion, Ministro de Salud, Ministro de Agricultura, Ministro de Energia y Minas, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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Aprueban otorgamiento de garantia del Gobierno Nacional a Bonos de Reconocimiento y otros
DECRETO SUPREMO Nº 118-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda a S/. 2 510 272 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), que incluye la emision de Bonos ONP hasta por S/. 174 667 000,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad a ley, el Gobierno Nacional otorgara su garantia a los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los Bonos Complementarios de Pension Minima y los Bonos Complementarios de Jubilacion Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 de la Oficina de Normalizacion Previsional ­ONP-, que se emitan durante el ano 2009, hasta por la suma de S/. 174 667 000,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, la mencionada operacion ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 20º de la Ley Nº 28563,

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