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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de mayo de 2009 396539 Cap EP Jorge ALBARRACIN ÑIQUEN, para participar como Observador Militar de la Misión de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas en la República de Sudán (UNMIS), por el período de un (01) año, a partir del 09 de junio de 2009; Que, la participación del Ejército de Perú, en la Misión de las Naciones Unidas en la República de Sudán (UNMIS) es beneficiosa, por cuanto contribuye a incrementar los niveles de capacitación y entrenamiento de nuestro personal de Oficiales, acorde con los avances doctrinarios y tecnológicos de planeamiento y conducción de las Operaciones de Paz en zonas de conflicto, como es el caso de la Misión de Observador Militar de las Naciones Unidas en la República de Sudán, la misma que permitirá que el Oficial adquiera valiosos conocimientos y experiencia profesional en provecho de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación, transporte y otros, serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU); no irrogando gastos al Tesoro Público; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 – Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004, y el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009; y, Estando a lo recomendado por el Señor General de División Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del País en Comisión de Servicio al Cap EP Jorge ALBARRACIN ÑIQUEN, identifi cado con CIP Nº 120339800 y DNI Nº 43590070, para participar como Observador Militar de la Misión de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas en la República de Sudán (UNMIS), por el período de un (01) año, a partir del 09 de junio de 2009. Artículo 2°.- La Organización de las Naciones Unidas (ONU), solventará los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación, transporte y otros; no irrogando gastos al Tesoro Público; el costo de la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto será asumido por el personal nombrado en el artículo precedente. Artículo 3°.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004 y el Decreto Supremo Nº 004-2009 del 03 de febrero de 2009. Artículo 4°.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización de viaje que se refi ere en el Artículo 1º, sin exceder el período total establecido. Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneraciones, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ÁRAOZ E. Ministro de Defensa 353428-2 Designan representantes del Ministerio ante el CEPLAN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 477-2009/DE/SG Lima, 26 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se creó el Centro Nacional del Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como organismo de Derecho Público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que el artículo 13º de la Directiva Nº 001-2009- CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010 -2021”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 009-2009/CEPLAN/PCD, establece como responsabilidad del titular de cada entidad pública, la designación de dos funcionarios, un titular y un alterno, que lo representará ante el CEPLAN; Que, en ese sentido resulta necesario designar a los responsables titular y alterno que representarán al titular del Ministerio de Defensa ante el CEPLAN; Estando a la propuesta del Viceministerio de Recursos para la Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29075, Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes del Ministerio de Defensa ante el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, a los siguientes funcionarios: - Director de Planifi cación de la Dirección General de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones para la Defensa, como representante titular; y, - Director de Política y Planeamiento Estratégico de la Dirección General de Política y Estrategia, como representante alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 353428-3 ECONOMIA Y FINANZAS Constituyen Equipo Técnico de Apoyo a las Inversiones Públicas en las zonas comprendidas en el ámbito del VRAE DECRETO SUPREMO Nº 117-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-DE, se declara de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene – Plan VRAE”, aprobado por el Consejo de Ministros del 20 de diciembre del 2006, el mismo que tiene como objetivo, alcanzar la pacifi cación, combatir el narcotráfi co y otros ilícitos, así como la promoción del desarrollo económico y social del Valle, a fi n de mejorar las condiciones de vida de esa población e incentivar la participación activa de las autoridades locales y de la sociedad organizada; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 003-2007- DE, constituye el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE conformado por el Presidente del Consejo de Ministros; los Ministros de Defensa; Economía y Finanzas; Interior; Educación; Salud; Agricultura; Energía y Minas; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Mujer y Desarrollo Social y el Presidente de DEVIDA, con el propósito de propiciar una intervención articulada de los distintos sectores y entidades del Estado, con enfoque territorial, visión estratégica y responsabilidad compartida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2009-PCM, se prorroga por el término de sesenta (60) días, a partir del 14 de mayo del 2009, el Estado de Emergencia en las provincias