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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de mayo de 2009 396544 Ministerial Nº 176-2008/MINSA, que no tiene la calidad de Unidad Ejecutora, se considera pertinente aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de la mencionada dirección; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para la Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana, el mismo que consta de seis (06) folios y setecientos setenta y nueve (779) cargos clasifi cados, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente resolución ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/ portada/transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Dejar sin efecto los dispositivos que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 352776-1 Modifican la R.M. Nº 244-2009/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 348-2009/MINSA Lima, 25 de mayo del 2009 Visto el Expediente Nº 09-032081-001, que contiene el Ofi cio Nº 024-2009-SJ/INEN del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, y el Informe Nº 452-2009- OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 244-2009/ MINSA, del 16 de abril de 2009, se conformó la “Comisión permanente de coordinación para la gestión de Hospitales e Institutos Nacionales”, integrado entre otros por el Director General del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas -INEN; Que, el INEN es un organismo público descentralizado adscrito al Sector Salud, creado por Ley Nº 28748, y que conforme al artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de dicho instituto, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, la Jefatura es el órgano de Alta Dirección que constituye la máxima autoridad; Que, con Ofi cio Nº 024-2009-SJ/INEN del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, el Sub-Jefe Institucional solicita disponer se proceda a precisar que dicha comisión la integra el Jefe del INEN; Que, es conveniente modifi car la Resolución Ministerial Nº 244-2009/MINSA con la con la fi nalidad de establecer que el Jefe del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas integra la “Comisión permanente de coordinación para la gestión de Hospitales e Institutos Nacionales”; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el literal p) del artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 244-2009/MINSA de fecha 16 de abril de 2009, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Conformar la “Comisión permanente de coordinación para la gestión de Hospitales e Institutos Nacionales”, la que estará integrada por: (...) p. El Jefe del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas” Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.gob. pe/portada/transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 352776-2 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 350-2009/MINSA Lima, 25 de mayo del 2009 VISTOS: El Informe Nº 043-2009-OL/MINSA de fecha 22 de mayo de 2009 e Informe Nº 045-2009-OL/MINSA, del 25 de mayo de 2009, emitido por la Directora Ejecutiva de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración, la Ficha de Autorización Nº 0207-2009, de fecha 22 de mayo de 2009, emitido por el Director Ejecutivo de Economía de la Ofi cina General de Administración y el Informe Nº 489- 2009-OGAJ/MINSA emitido por la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de enero de 2009, se suscribe el Contrato Nº 018/2009MINSA con la empresa LIDER SECURITY S.A.C. con una vigencia de cuatro (04) meses, el mismo que culmina indefectiblemente el 26 de mayo de 2009, derivado de la exoneración del proceso de selección aprobada con Resolución Ministerial Nº 036-2009/MINSA; Que, mediante Memorando Nº 1625-2009-OGA/ MINSA del 22 de mayo de 2009, el Director General de la Oficina General de Administración remite el Informe Nº 043-2009-OL/MINSA del 22 de mayo de 2009, mediante el cual solicita la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia debido a que el Ministerio de Salud se quedaría sin servicio de vigilancia durante el período comprendido entre la culminación del Contrato Nº 018/2009MINSA y la suscripción del contrato derivado de la Segunda Convocatoria del Concurso Público Nº 009-2008/MINSA, fijado para el 05 de junio de 2009; Que, el Director Ejecutivo de la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración, mediante Ficha de Autorización Nº 0207-2009, ha acreditado que se cuenta con la disponibilidad presupuestal suficiente para efectuar la contratación directa del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud y que es objeto de la autorización de exoneración de proceso de selección; Que, mediante Resolución Directoral Nº 189-2009- OGA-OL-SA del 25 de mayo de 2009, se modificó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud con la inclusión del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia, objeto de la solicitud de exoneración; Que, el artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada con Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, regula la situación de desabastecimiento inminente describiéndola como aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda;