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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de mayo de 2009 396534 dicha transferencia, hasta el 30 de junio de 2009, a fi n de permitir una adecuada articulación de las actividades y competencias de las entidades involucradas; Que, a mérito de lo dispuesto en dicho Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM; y, en la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006-2009-PCM/SD, por la cual se aprobó un procedimiento para culminar el proceso de transferencia de dicha función, se procedió a validar los primeros diez (10) Convenios Marco Intergubernamentales suscritos con los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Cajamarca, Ucayali, Pasco, La Libertad, Apurímac y Huancavelica, en la etapa de certifi cación, quedando facultado, COFOPRI, para continuar con la suscripción de los 15 convenios restantes, a fi n de facilitar su acreditación y culminar el proceso dentro del plazo establecido; Que, a la fecha se ha procedido a acreditar a los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Cajamarca, Ucayali, Pasco, La Libertad, Apurímac y Huancavelica, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 017-2009-PCM/SD; y, a los Gobiernos Regionales de Piura, Ancash, Callao, Cusco, Puno, Tumbes, Tacna, Junín, Amazonas y Lima, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 028-2009-PCM/SD, al haber suscrito con COFOPRI los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales; Que, de acuerdo a la normatividad vigente, COFOPRI ha presentado a la Secretaría de Descentralización, con el Ofi cio N° 431-2009-COFOPRI/SG, tres (03) Convenios Marco Intergubernamentales adicionales, suscritos con los Gobiernos Regionales de Arequipa, Lambayeque y Loreto; con los cuales se ha elaborado el Informe de Concordancia Nº 005-2009-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de dicha función; Que, en mérito a lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización deberá acreditar a los Gobiernos Regionales, antes mencionados, la transferencia de la mencionada función n), mediante la emisión de la norma correspondiente; Que, la Secretaría de Descentralización, luego de proceder a la acreditación correspondiente, debe notifi car a los Ministerios de Agricultura; y, Vivienda, Construcción y Saneamiento, a COFOPRI y a los Gobiernos Regionales involucrados, para que procedan a la efectivización de la transferencia de dicha función n), así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociado a dicha función, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Nº 006-2007- PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD: “Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/ SD, en lo que resulte aplicable; y, según lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, para la identifi cación y cuantifi cación de recursos presupuestales asociados a las funciones materia de transferencia, así como en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Vigésima Octava Disposición Transitoria Final; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273, 29158 y 29289; los Decretos Supremos Nº 074-2007-PCM, Nº 093-2007-PCM, Nº 049-2008-PCM, Nº 083-2008-PCM y Nº 088-2008-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, Nº 025-2007-PCM/SD, Nº 028-2008- PCM/SD, Nº 044-2008-PCM/SD y Nº 006-2009-PCM/SD. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de la función n), Art. 51º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria Certifi car que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Lambayeque y Loreto, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de la función n), Art. 51, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria, según el Informe de Concordancia Nº 005- 2009-PCM/SD-OTME, suscribieron los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007- PCM/SD; y, en tal razón, se ACREDITA a dichos Gobiernos Regionales para la transferencia de dicha función. Artículo 2º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución a los Ministerios de Agricultura; y, Vivienda, Construcción y Saneamiento, a COFOPRI y a los Gobiernos Regionales detallados en el artículo precedente, los cuales han acreditado para la transferencia de la función n), en materia agraria, materia del presente, a fi n de que procedan a la suscripción de las respectivas Actas de Entrega y Recepción, previstas en la etapa de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Sectoriales, para lo cual deberán tomar como referencia la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006-2009- PCM/SD; y, la Vigésima Octava Disposición Transitoria Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, el Informe de Concordancia Nº 005-2009-PCM/SD-OTME deberá ser publicado en la página Web de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL ALBERTO MOLINA MARTINEZ Secretario de Descentralización 353492-1 AGRICULTURA Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. Nº 031-2009-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0401-2009-AG Lima, 25 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2009-PCM se conformó la Comisión Multisectorial entre el Estado y los representantes de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP, cuya función general es abordar la problemática de Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana; Que, la citada Comisión Multisectorial está conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura; Que, según el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 031- 2009-PCM, cada entidad del Poder Ejecutivo, designará mediante Resolución de su Titular, a un representante titular y uno alterno; Que, se ha visto por conveniente efectuar la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG y el Decreto Supremo Nº 031-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a Jorge Gustavo Suárez de Freitas Calmet, Director General (e) de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre y a Eduardo Perochena Llerena, Asesor del Despacho Ministerial como representantes, titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo Nº 031-2009-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 352868-1