Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2009 (28/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de mayo de 2009 396578 concordante con los Artículos 11º y 54º de dicho texto legal, corresponde al Concejo Municipal aprobar el Balance y la Memoria Anual; Que mediante Informe Nº 060-2009-GPP/MDB referido a la Memoria Anual del Ejercicio 2008, que se aprueba, como documento referencial refl eja los resultados alcanzados por la Administración Municipal desde el punto de vista de los Objetivos Estratégicos y Prioridades que se fi jaron para el año 2008; así como los retos a futuro que son interdependientes entre sí; en una organización como la nuestra que tiene como característica principal la planifi cación participativa y sostenida de su desarrollo, bajo un diseño de administración gerencia, tal como lo ordena la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, es necesario dar cumplimiento a las normas precitadas, y asimismo dar a conocer el estado situacional de este gobierno local a través de la Memoria Anual, correspondiente al fenecido Año Fiscal 2007; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º inciso 17), y Artículo 54º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y a lo dispuesto por la Ley Nº 27312; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Balance General, el Estado de Gestión y la Memoria Anual del Año Fiscal 2008 de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Contabilidad de esta Corporación Edil, la remisión de la documentación aprobada en el artículo precedente a la Contaduría Pública de la Nación, Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Contraloría General de la República de acuerdo a la forma que establece la Ley, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Contabilidad realizar las acciones pertinentes a fi n de dar cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad y a la Secretaria General notifi car el presente Acuerdo al Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 352534-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban bases de sorteos públicos para contribuyentes del distrito, a realizarse el 30 de mayo y 31 de julio de 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 - 2009-A/MC Comas, 15 de mayo de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 286-C/MC de fecha 24 de abril de 2009 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 06.05.2009 se autorizó la realización de dos sorteos públicos tributarios para los días, sábado 30 de mayo de 2009 y viernes 31 de julio de 2009 denominados: “AHORA POR EL DÍA DE LA MADRE, MÁS PREMIOS A TU PUNTUALIDAD TRIBUTARIA” y “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PAGANDO PUNTUALMENTE TUS TRIBUTOS, ENFRENTA LA CRISIS Y PON TU NEGOCIO PROPIO” respectivamente, para los contribuyentes del distrito de Comas, afectos al impuesto predial y arbitrios de limpieza pública, parques y jardines. Que, el Artículo Décimo de la Ordenanza indicada en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dichos sorteos. Que, estando a lo indicado y con las visaciones de los Gerentes de Administración Tributaria, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia Municipal; y, En uso de las atribuciones que confi ere el numeral 6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 así como el Artículo Décimo de la Ordenanza Nº 286-C/MC. DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar las bases de los sorteos públicos a realizarse los días sábado 30 de mayo de 2009 y viernes 31 de julio de 2009 denominados: “AHORA POR EL DÍA DE LA MADRE, MÁS PREMIOS A TU PUNTUALIDAD TRIBUTARIA” y “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PAGANDO PUNTUALMENTE TUS TRIBUTOS, ENFRENTA LA CRISIS Y PON TU NEGOCIO PROPIO” que en anexo al presente, forma parte integrante de este Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Las Gerencias de Administración y Finanzas, Planifi cación y Presupuesto, Administración Tributaria, Sub Gerencia de Informática y Estadística y la Unidad de Comunicación Municipal, son los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 352736-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Fijan tasa de interés aplicable a tributos ORDENANZA Nº 080-2009/MLV La Victoria, 27 de mayo de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 005-2009-CPRDE-CPPPAL/MDLV emitido por las comisiones permanentes de Rentas y Desarrollo Económico; y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 -, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del texto Único Ordenado - TUO - del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y con el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, a través del Concejo Municipal; Que, de acuerdo al artículo 33º del Texto Único Ordenado - TUO - Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y demás normas modifi catorias, compete a los gobiernos locales fi jar, mediante ordenanza municipal, la tasa de interés moratorio (TIM) respecto a