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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2009 (28/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de mayo de 2009 396576 POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º inciso 1) de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de sus planes de desarrollo y presupuestos en la gestión pública; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modifi catorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, establece en el artículo 10º, numeral 1, inciso a) que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, planifi car el desarrollo integral de la región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; asimismo señala en su artículo 11º- B, incorporado por la norma modifi catoria indicada, señala que los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión consultiva y de coordinación del gobierno regional con las municipalidades, concertando entre sí, sobre: inciso a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; y el Plan de Desarrollo Regional Concertado; y en el artículo 15º, inciso a) señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 60º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902, establece entre las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, las de formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; promover la participación ciudadana en la planifi cación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modifi catoria Ley Nº 29298, en su Artículo 1º defi ne el Proceso del Presupuesto Participativo como “un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil”; asimismo en su Artículo 4º, establece las instancias del presupuesto participativo, quienes deben formular su presupuesto participativo respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas, considerando para tal efecto criterios de alcance, cobertura de población, así como montos de ejecución o envergadura; Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01, de fecha 11 de Abril de 2008, se aprueba el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 denominado “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo”, en el cual se precisa que los Gobiernos Regionales aprobarán mediante Ordenanza Regional el Cronograma para el desarrollo del proceso; Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Regional, en donde se establece la secuencia del mismo; los contenidos mínimos; los mecanismos de identifi cación, acreditación y responsabilidad de los Agentes Participantes; Criterios para la conformación del Equipo Técnico y sus responsabilidades, así como las acciones de control para que el Consejo Regional pueda fi scalizar el proceso Participativo y facilitar la información a la población en el marco de transparencia y participación; Que, mediante Ley Nº 29298, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 17 de diciembre de 2008, se modifi can los artículos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, estableciéndose las fases del proceso participativo, señalando que la adecuación de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por Ordenanza, siendo los Titulares de Pliego los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que establece la Ley, su reglamento y directivas emitidos para dichos fi nes; Que, mediante el Comunicado Nº 026-2008-EF/76.01, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 24 de diciembre de 2008, la Dirección Nacional del Presupuesto Público, informa a los gobiernos regionales y locales que el Instructivo Nº 02-2008-EF/76.01, es de vigencia permanente y de cumplimiento obligatorio, asimismo, el inicio del Presupuesto Participativo correspondiente al año 2010 debe empieza en enero y concluye en junio de acuerdo al Cronograma de Ejecución de Actividades de las Fases del Presupuesto Participativo, las que deben ser adecuadas a la Ley Nº 29289; Que, con el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF del 30 de abril de 2009, se precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo, implementándose mediante esta norma la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28928; Que, el Equipo Técnico del Gobierno Regional, tendrá a cargo la preparación y suministro de la información, la evaluación técnica, la asesoría y el apoyo permanente al proceso de planeamiento; estará conformado por: El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial quien lo preside; Profesionales y Técnicos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de la Sede y los que hagan sus veces en las Gerencias Sub. Regionales Luciano Castillo Colonna y Morropón Huancabamba; además de profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto elegidos entre los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente acreditados; Que, mediante Informe Nº 284-2009/GRP-410000, del 21 de mayo de 2009, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Regional, actualizado y adecuado a la Ley Nº 29298, para lo cual solicita su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 05 - 2009, de fecha 25 de Mayo del 2009, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL Artículo Primero.- Dar por iniciado el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2010 del Gobierno Regional de Piura con la Sesión Extraordinaria Nº 01-2009 del Consejo de Coordinación Regional. Artículo Segundo.-Aprobar, el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Regional, conforme al texto integrado por cuarenta y cuatro artículos y cuatro disposiciones complementarias y fi nales que forman parte de la presente Ordenanza Regional como Anexo I. Artículo Tercero.- El Proceso Presupuestario Participativo se sujetará al siguiente Cronograma: ACTIVIDADES En Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic 1 PREPARACIÓN Aprobación y difusión de Ordenanza (multianual) Conformación del Equipo Técnico Preparación de Cronograma de Capacitación Preparación de material para talleres Convocatoria Pública Inscripción de agentes participantes Acciones de capacitación 2 CONCERTACIÓN Elaboración y aprobación del plan de actividades Taller Diagnóstico y Rendición de Cuentas y PDRC Identifi cación y priorización de problemas y criterios de priorización de alternativas de solución Identifi cación de proyectos concertados con GLP