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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2009 (28/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de mayo de 2009 396570 respectivamente, resaltando el hecho de que la publicación de temas como la Violación sexual de menores, siempre resulta orientadora para la población en general. Décimo Segundo: Que, de lo actuado en el proceso de evaluación y ratifi cación ha quedado establecido que el Fiscal Luis Magin Gavancho Hernández, reúne los parámetros esperados en su conducta, puesto que carece de antecedentes policiales, judiciales y penales, no registrando medida disciplinaria, que si bien registra veinte (20) denuncias en su contra ante la Fiscalía Suprema de Control Interno, diecinueve (19) de éstas han concluido y sólo una (01) se encuentra en trámite, por lo que prevalece a este respecto el principio de presunción de licitud. De otro lado, no registra denuncias vía participación ciudadana. Registra cartas de apoyo a la labor que viene desarrollando por diversas entidades públicas y privadas que forman parte de la sociedad civil. En cuanto a su evaluación patrimonial no se evidencia ningún desbalance. Se verifi có que el evaluado ha mantenido una buena asistencia y puntualidad a su centro de labores. Se evidencia en los Referéndums de los años 2003 y 2005, la aceptación y valoración del gremio de abogados sobre la labor que viene desarrollando en el ejercicio de sus funciones. Con relación a su idoneidad, ha demostrado una buena producción fi scal. En cuanto a su capacitación profesional, se advierte también que ha mantenido una capacitación y actualización sostenida durante el tiempo de evaluación habiendo realizado estudios de maestría y encontrarse estudiando el doctorado, lo que se materializa en las califi caciones efectuadas por el especialista con respecto a sus dictámenes y resoluciones analizadas y la forma acertada que respondió las diversas preguntas formuladas en la entrevista pública, por todo lo cual debe continuar en el desempeño de la función que ejerce. Décimo Tercero: Que, este Consejo también tiene presente el examen psicológico y psicométrico practicado al Fiscal Luis Magin Gavancho Hernández, cuyas conclusiones le son favorables. Décimo Cuarto: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta únicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el proceso de evaluación y ratifi cación que nos ocupa, se ha determinado por unanimidad de los señores Consejeros votantes del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, el renovar la confi anza al fi scal evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154º de la Constitución Política del Perú, artículo 21º inciso b) y artículo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 29º del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución Nº 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de fecha 23 de abril del 2009; SE RESUELVE: Primero.- Renovar la confi anza al Fiscal Luis Magin Gavancho Hernández y, en consecuencia, ratifi carlo en el cargo de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Huaytará del Distrito Judicial de Ica. Segundo.- Notifíquese personalmente al Fiscal ratifi cado y remítase copia certifi cada a la señora Fiscal de la Nación, de conformidad con el artículo trigésimo segundo del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de jueces del Poder Judicial y fi scales del Ministerio Público, y remítase copia de la presente resolución a la Ofi cina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARLOS ARTURO MANSILLA GARDELLA EDWIN VEGAS GALLO FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ EFRAÍN ANAYA CÁRDENAS MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ LUIS EDMUNDO PELÁEZ BARDALES 352505-4 CONTRALORIA GENERAL Designan Vicecontralor General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 004-2009-CG Lima, 27 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 33° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Vicecontralor General de la República es el segundo funcionario en rango del Sistema y es designado por el Contralor General de la República; Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Vicecontralor General de la República, por lo que resulta necesario designar al funcionario que asumirá las funciones de dicho cargo; En uso de las facultades conferidas por los artículos 32° y 33° de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Carlos Alberto Lezameta Escribens en el cargo de confi anza de Vicecontralor General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 353550-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 023-2009/DP Mediante Ofi cio Nº 019-2009-DP/GA, la Defensoría del Pueblo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Defensorial Nº 023-2009/DP, publicada en nuestra edición del día 19 de mayo de 2009. DICE: En el Primer Considerando: (...) Por su parte, el artículo 26º de la Constitución confi ere a la Defensoría (...) DEBE DECIR: En el Primer Considerando: (...) Por su parte, el artículo 26º de la Ley Nº 26520 confi ere a la Defensoría (...) DICE: En el Artículo Quinto: (...) ENCARGAR el seguimiento de las recomendaciones del Informe Defensorial Nº 143 a la Administración Estatal (...) DEBE DECIR: En el Artículo Quinto: (...)