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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de noviembre de 2009 405948 y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta “Registro de Ocupaciones en Lima Metropolitana”, dirigida a empresas de 10 a más trabajadores seleccionadas por actividades económicas, que no han sido cubiertas por la EROE, la misma que será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE, considerándose en la II Etapa las actividades de Comercio (al por mayor y menor); Electricidad, gas y agua; Transporte, almacenamiento y comunicaciones; Establecimientos fi nancieros y seguros y, en la III Etapa a los Servicios no gubernamentales (Servicios comunitarios, sociales y recreativos; servicios personales). La encuesta esta dirigida a una muestra de 760 empresas de la actividad privada a nivel nacional. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, el cual servirá para relevar información correspondiente al mes de agosto del 2009, y será remitido a las empresas por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 3º.- Los formularios debidamente diligenciados deberán ser entregados hasta el 17 de noviembre del 2009, a la Dirección Nacional de Promoción del Empleo del MTPE ubicada en Av. Salaverry N° 655 - Of. 1008 Jesús María- Lima o utilizando uno de los siguientes medios: vía fax: N° 3157127- 3156002; vía correo electrónico: eroeciudades@mintra.gob.pe. Asimismo, las consultas podrán efectuarse al teléfono N° 3157100- anexos 1082-1055-1069-1089. Artículo 4º.- Las empresas a que se refi ere el artículo 1° que incumplan con la presentación de la Encuesta “Registro de Ocupaciones en Lima Metropolitana”, en la fecha establecida, serán multadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87º, 89º y 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 421547-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Autorizan reducción de vacantes de las carreras profesionales de la Universidad Peruana del Centro RESOLUCIÓN N° 497-2009-CONAFU Lima, 15 de octubre de 2009 “Universidad Peruana del Centro” VISTOS: La Resolución Nº 167-2007-CONAFU de fecha 18 de junio de 2007, el Escrito recibido con fecha 1 de junio de 2009, el Ofi cio Nº 1122-2009-CONAFU- P de fecha 13 de julio de 2009, el Ofi cio Nº 039-2009/ PCO-UPeCEN recibido con fecha 19 de agosto de 2009, el Ofi cio Nº 825-2009-CONAFU-CDAA de fecha 10 de setiembre de 2009 y el Acuerdo N° 427-2009 de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 13 de octubre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento defi nitivo; en concordancia con el artículo 3° inciso b) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 3° del referido Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: e) Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, así como determinar el número de vacantes en las universidades con funcionamiento provisional; concordante con el artículo 10º inciso n) y t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, por Resolución Nº 167-2007-CONAFU de fecha 18 de junio de 2007, se resuelve aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de “Universidad Peruana del Centro”, presentado por la Promotora Universidad Peruana del Centro, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermería, 2) Derecho y Ciencia Política, y 3) Obstetricia; Que, con escrito recibido con fecha 1 de junio de 2009, el doctor Efraín Pedro Uribe Correa, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, solicita ante este Consejo Nacional se le autorice la reducción de las vacantes de las carreras profesionales de la mencionada Universidad, sustentando su pedido que el examen de admisión 2009 – I, sólo lograron ingresar a Enfermería 27 de 100 vacantes, en Obstetricia 24 de 100 vacantes, en Derecho 54 de 100 vacantes, proponiendo la reducción de la siguiente manera: Enfermería de 100 a 40 vacantes por semestre académico, en Obstetricia de 100 a 40 vacantes por semestre académico, en Derecho de 100 a 80 vacantes por semestre académico; Que, por Ofi cio Nº 1122-2009-CONAFU-P de fecha 13 de julio de 2009, el Presidente del CONAFU remite a la Universidad Peruana del Centro las observaciones a la solicitud de reducción de vacantes de las carreras profesionales de la referida Universidad, advertidas por la Consejería de Asuntos Académicos para que en el plazo de ocho (08) días hábiles cumpla con la correspondiente subsanación; Que, con Ofi cio Nº 030-2009/PCO-UPeCEN recibido con fecha 19 de agosto de 2009, el doctor Efraín Pedro Uribe Correa, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, presenta el levantamiento de observaciones con relación a la reducción de las vacantes de las Carreras Profesionales de la mencionada Universidad, remitidas mediante el Ofi cio Nº 1122-2009-CONAFU-P; Que, por Oficio Nº 825-2009-CONAFU-CDAA de fecha 10 de setiembre de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro, solicita la reducción del número de vacantes en las carreras profesionales de la mencionada Universidad, manifestando que en su PDI la Carrera Profesional de Enfermería tiene 100 vacantes por semestre académico proponiendo a reducir a 40 vacantes por semestre, en Obstetricia de 100 vacantes a 40 vacantes, en Derecho de 100 a 80 vacantes cada una por semestre académico; sustentando su pedido presenta un nuevo estudio de mercado donde se advierte que en la actualidad, la demanda de postulantes en las carreras profesionales que ofrecen es mucho menor