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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (12/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de noviembre de 2009 405963 Artículo Quinto.- BENEFICIOS La exoneración de multa según el numeral 2 del artículo 2º de la presente ordenanza, condona el 100% del pago de las multas administrativas por no contar con licencia de obra. Las multas impuestas por dicho concepto hasta antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza seguirán su proceso administrativo correspondiente. Artículo Sexto.- PAGO EFECTUADO Los administrados que hayan realizado el pago, al contado o en forma fraccionada, de las multas administrativas impuestas, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no podrán solicitar su devolución y deberán cumplir con sus obligaciones asumidas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Obras Privadas, el fi el cumplimiento de la presente ordenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, proceda a aprobar la prórroga de la vigencia de la presente ordenanza, de ser necesario. Tercera.- Deróguese cualquier disposición municipal que se oponga a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 420822-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de resolución que aprueba la Norma “Procedimiento de Cálculo de la Prima para la Generación con Recursos Energéticos Renovables” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 208-2009-OS/CD Lima, 10 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, dentro de su ámbito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el Diario Ofi cial El Peruano, por un plazo no menor de 15 días calendario, a fi n de que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias a la misma, sin que ello tenga carácter vinculante ni dé lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN el proyecto de resolución que aprueba la Norma “Procedimiento de Cálculo de la Prima para la Generación con Recursos Energéticos Renovables”; Que, fi nalmente se han expedido los Informes Nº 0403- 2009-GART y N° 0451-2009-GART de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN: www. osinerg.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la Norma “Procedimiento de Cálculo de la Prima para la Generación con Recursos Energéticos Renovables”, Anexo de la presente resolución, conjuntamente con su exposición de motivos. Artículo 2°.- Defi nir un plazo de quince (15) días calendarios, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 224 0491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: CalculoPrima@ osinerg.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Srta. Ana Rosa Vallejos Cordero. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de modifi caciones, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Artículo 4°.- La presente resolución, conjuntamente con su Anexo, deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada con los Informes Nº 0403- 2009-GART y N° 0451-2009-GART en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo