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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (12/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de noviembre de 2009 405956 del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos institucionales. Que, de conformidad con el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37°, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 06.NOV.2009; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio a la ciudad de Manaos – Brasil, por los días 22 al 30 de noviembre del presente año, para participar en la V Feria Internacional de la Amazonía en Manaos – V FIAM, de los profesionales Ing. Rosa Meléndez Malatesta, Gerente Regional de Desarrollo Económico; Ing. Estuardo Díaz Alvarado, Jefe de la División de Promoción de Inversiones y Cooperación Internacional; y, Econ. Luis García Sandoval, Especialista en Promoción de Inversiones, todos de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos que demande el viaje en comisión de servicios de los funcionarios de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lambayeque a que se refi ere el Artículo Primero de la presente disposición regional serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 452 – Gobierno Regional de Lambayeque, conforme a la escala de asignaciones de viáticos contenida en la Directiva Nº 001-2009-GR.LAMB/PR, “Normas Sobre Otorgamiento y Rendición de Viáticos”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 092-2009-GR.LAMB/ PR, modifi cada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 117- 2009-GR.LAMB/PR, según el siguiente detalle: Ing. Rosa Meléndez Malatesta Pasajes : Chiclayo-Lima-Chiclayo S/. 450.00 Lima-Manaos-Lima 1800.00 Impuestos : 135.00 Viáticos : 2718.30 Ing. Estuardo Díaz Alvarado Pasajes : Chiclayo-Lima-Chiclayo S/. 450.00 Lima-Manaos-Lima 1800.00 Impuestos : 135.00 Viáticos : 2718.30 Econ. Luis García Sandoval Pasajes : Chiclayo-Lima-Chiclayo S/. 450.00 Lima-Manaos-Lima 1800.00 Impuestos : 135.00 Viáticos : 2040.00 Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE ALEJANDRO HUAMÁN CASTILLO Consejero Delegado Consejo Regional 420980-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el Plano de Zonificación del Cercado de Lima ORDENANZA N° 1307 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de noviembre del 2009 el Dictamen Nº 185-2009-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CERCADO DE LIMA Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 893-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27 de diciembre del 2005, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Industria Liviana (I2), de los predios de propiedad de la Compañía Inmobiliaria Santa Teresa S.A., Empresa Nadlan S.A., Transporte Pereda S.R.L. y José Enrique Araujo Quintana (Papelera Liz S.A.), ubicados en la Calle Víctor Reynel Nos. 181, 187, 277, 295 y la Av. Materiales Nº 2198 que forman parte de la Manzana 005 del Sector 08. Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso de Licencia para Habilitación Urbana y de Edifi cación, los propietarios deberán cumplir con: 2.1 Defi nir franjas de separación de usos para las futuras actividades industriales a localizarse en los predios colindantes con el Asentamiento Humano 4 de Enero. 2.2 Presentar un Estudio de Impacto Ambiental que sustente principalmente, la no afectación de las áreas de vivienda con las nuevas actividades industriales a localizarse. 2.3 Orientar los accesos a los lotes industriales preferentemente hacia la calle Víctor Reynel, de carácter netamente industrial, a fi n de reducir los impactos del funcionamiento de las actividades industriales en el frente de vivienda de la Calle Velasco Alvarado, debiéndose respetar los módulos viales de la vía local secundaria industrial (mínimo 16.80 ml.) 2.4 El predio de propiedad de la Compañía Inmobiliaria Santa Teresa S.A., debe mantener el alineamiento de la Av. Materiales, según las edifi caciones de las manzanas ubicadas hacia la Av. Nicolás Dueñas.